El Vigésimo Primer Juzgado de Familia de Lima ordenó este lunes medidas de protección a favor de la periodista que denunció al congresista Yonhy Lescano de Acción Popular por presunto acoso sexual. La mencionada dependencia se encuentra a cargo del juez Sacha Félix Rivas Figueroa.
Legis.pe tuvo acceso a la resolución completa que dicta medidas de protección a favor de la periodista.
Entre las medidas de protección consignadas, la resolución ordena impedimento de acercamiento de Yonnhy Lescano a la presunta agraviada. El parlamentario tampoco podrá develar la identidad ni hacer mención o dar referencias de la periodista.
La resolución le prohíbe a Lescano dirigirse en «términos humillantes, denigrantes y ofensivos hacia la persona con CLAVE 001 (la periodista)»
Líneas más abajo, el documento consigna que Yonnhy Lescano deberá llevar terapias psicológicas en un consultorio particular o entidad pública o privada y también se exhorta a los medios de comunicación a que se abstengan de difundir la identidad de la presunta agraviada y de cualquier mujer que sea vinculada con la presente denuncia. «Bajo responsabilidad penal, civil y administrativa», consigna el documento. Aquí la resolución completa.
21° JUZGADO DE FAMILIA
(…)
DENUNCIANTE: FISCALIA ESPECIAL TRANSITORIA ESPECIALIZADA EN VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR DE LIMA
DENUNCIADO: YONNHY LESCANO ANCIETA
AGRAVIADO: CLAVE 001
MATERIA: VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR
JUEZ: SACHA FELIZ RIVAS FIGUEROA
ESPECIALISTA: CHRISTIAN JAIR MUNDO ABRIOJO
ACTA DE AUDIENCIA
En la ciudad de Lima, siendo las dos de treinta de la tarde del día once de marzo de dos mil diecinueve, ante el Vigésimo Primer Juzgado de Familia de Lima que despacha el señor juez SACHA FÉLIX RIVAS FIGUEROA, Juez Especializado Titular de Familia, se deja constancia de la asistencia de don Yonhy Lescano Ancieta identificado con DNI N° 012111014, quien concurrió en compañía de su señor abogado doctor Carlos Alejandro Garnica Alata con registro del CAA N° 120 y de la señoras abogadas de la persona con CLAVE 001, Brenda Ibette Álvarez Álvarez con registro del CAL N° 68266 y Claudia Lucía Castro Barnechea con registro del CAL N° 77613, quienes concurrieron a fin de participar en la audiencia programada en la fecha y hora.
En este acto, considerando que no se cuenta con la declaración de don Yonhy Lescano Ancieta, el señor juez procede a tomarle su declaración con el objeto de que realice sus descargos respecto a la denuncia en su contra y contar con mayores elementos de juicio al momento de resolver.
DECLARACIÓN DE DON YONHY LESCANO ANCIETA:
PREGUNTAS DEL SEÑOR JUEZ:
1.- PARA QUE DIGA: ¿QUÉ VÍNCULO HA TENIDO USTED CON LA SEÑORA IDENTIFICADA CON CLAVE 001? Dijo: Amistad, simplemente amistad, no hay ninguna relación de periodista – fuente, simplemente una relación de amistad. Inclusive esta señora me hacía pasar a la cabina de Radio Exitosa, pero nada más, nunca me ha hecho ninguna entrevista y usted si gusta puede pedir los archivos de Radio Exitosa la señora era locutora no era periodista. Incluso dice que hacia trabajo de reportera en el Congreso, situación que no es cierta porque ella nunca ha hecho ese trabajo en el congreso.
2.- PARA QUE DIGA: ¿DESDE CUÁNDO CONOCE A LA PERSONA CON CLAVE 001 Y DESDE CUÁNDO ESTABLECIÓ UNA AMISTAD CON ELLA? Dijo: Desde hace años aproximadamente el año 2014 o 2015, no recuerdo porque hay tantas personas con las que nos interrelacionamos a los parlamentarios. He tenido amistad con ella un poquito más adelante aproximadamente desde el año 2016.
3.- PARA QUE DIGA: ¿SI USTED SE COMUNICABA CON LA PERSONA CON CLAVE 001 MEDIANTE SU TELÉFONO CELULAR O A TRAVÉS DE LA RED SOCIAL WHASTAPP? Dijo: Sí.
4.- PARA QUE DIGA: ¿QUÉ TIPO DE MENSAJES O INFORMACIÓN INTERCAMBIABA USTED CON LA PERSONA CLAVE 001? Dijo: Variado, me contaba de su trabajo, de los problemas que tenía en el Municipio de Chorrillos, de sus pretensiones que tenía de ser alcaldesa del mismo distrito, me pedía el apoyo para ayudarle en la actividad política, tal como aparece en los mensajes, después le hacía bromas entre adultos, eso fundamentalmente.
5.- PARA QUE DIGA: ¿SI USTED LE REMITIÓ A LA PERSONA CON CLAVE 001 LOS MENSAJES DE LA RED SOCIAL WHASTAPP QUE FIGURAN EN EL ACTA NOTARIAL DE CONSTATACIÓN DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA Y EN LAS CAPTURAS DE PANTALLA QUE SE LE HAN NOTIFICADO A USTED? Dijo: Sí le he remitido esos mensajes excepto el publicado por el señor Erick Sánchez con la que se inicia la grave difamación que se está cometiendo, incluso ni fecha de ese mensaje han comunicado la denunciante y sus representantes y que ha cambiado varias veces de versión particular, porque dicen que estos mensajes comenzaron en octubre de 2018, tal como consta en el acta del Congreso de la República, y el día de ayer en un reportaje del programa Cuarto Poder han cambiando de fecha a setiembre. Es el mensajes que publicó el señor Erick Sánchez donde dice “la camita… estas calatita”, los demás, eso sí hemos conversado, para que el interlocutor le haya respondido “haber si es cierto muéstramelas”, a la denunciante ha debido de decirle algo antes. Eso no aparece, eso va a ser materia de peritaje, todo lo demás en la fiscalía.
6.- PARA QUE DIGA: ¿SI USTED SABE QUIÉN LE REMITIÓ EL MENSAJE QUE USTED NO RECONOCE A LA PERSONA CON CLAVE 001? Dijo: Desconozco. Ese día estuvo la policía con mi celular y al parecer lo descuidaron, a veces le pasan un scanner al celular y se lo llevan, hay mil maneras de capturar una conversación. Pudiera haber ocurrido eso. Lo que yo sí hice en la mañana, la llamo a la señora por teléfono y le pongo un mensaje en el de whatsapp disculpándome y diciéndole que al parecer un tercero había manipulado mi celular y que me disculpe con lo cual la señora se quedó conforme.
7.- PARA QUE DIGA: ¿CÓMO SE LLAMA EL POLICÍA AL CUAL LE DEJÓ SU CELULAR? Dijo: Eran dos, José Sánchez y Ever Salazar, no tengo sus dos apellidos completos, ellos van a prestar su declaración en la fiscalía y en el Congreso también, incluso ellos han reconocido ante su comando que yo siempre les llamó la atención. Ya me los han retirado como seguridad.
8.- PARA QUE DIGA: ¿CUÁL DE LOS DOS POLICÍAS FUE LA PERSONA A LA CUAL LE PIDIÓ EXPLICACIONES SOBRE EL MENSAJE QUE REFIERE USTED NO LE REMITIÓ A LA PERSONA CON CLAVE 001? Dijo: A los dos les he dicho “¡¿Qué ha pasado con el teléfono?!’ o ‘¡Cuidado con el teléfono!’
9.- PARA QUE DIGA: ¿SI ALGUNA VEZ LA PERSONA CON CLAVE 001 LE HA MANDADO A USTED MENSAJES DE TEXTO POR LA VÍA WHATSAPP CONTENIENDO MENSAJES EN DOBLE SENTIDO O DE CONTENIDO SEXUAL? Dijo: No, pero en la conversación ella me respondía. Yo le hacía la broma y ella me contestaba. No se mostraba en ningún momento con incomodidad, había pleno consentimiento.
10.- PARA QUE DIGA: ¿CON QUÉ FRECUENCIA USTED INTERCAMBIABA MENSAJES CON LA PERSONA DE CLAVE 001? Dijo: De meses, por ejemplo una vez al mes, o cada tres meses, no era una amistad frecuente.
(…)
Lea aquí la declaración de Yonnhy Lescano

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