Estimados colegas, nos complace invitarlos a participar en el evento académico intitulado «Curso personalizado Uso de declaraciones previas en juicio oral», que se desarrollará este sábado, 13 de setiembre.
En el evento participarán, desde Colombia, el doctor Andrés García Fernández, desde Perú, el maestro Dalmiro Huachaca Sánchez, y, el maestro Napoleón Salas Velásquez, quienes disertarán sobre el Uso de declaraciones previas en juicio oral.
Curso gratuito «personalizado Uso de declaraciones previas en juicio oral»
1. Público
Abogados, jueces, fiscales, procuradores, profesores y estudiantes de derecho, profesionales, funcionarios y servidores de la administración pública.
2. Modalidad presencial
Las clases serán transmitidas en vivo y en directo a través de la plataforma de Zoom (el link será compartido antes de cada sesión).
Inscripciones hasta el 13 de setiembre o hasta cubrir el aforo máximo de 40 vacantes.
Esta capacitación no aplica para descuentos posteriores.
Las sesiones no quedarán grabadas.
3. Horario
El curso se desarrollará en vivo el sábado 13 de setiembre de 9:00 a. m. a 12:00 m.
4. Expositores
- Andrés García Fernández es abogado de la Universidad Autónoma Latinoamericana, con estudios en Extinción del Derecho Real de Dominio de la Universidad Javeriana, cursando estudios de diplomado en docencia y didáctica universitaria, especialista en Derecho Penal de la Universidad EAFIT, actualmente cursando maestría en derecho penal en la misma casa de estudios, con experiencia en el litigio en derecho penal y derecho disciplinario, director del Departamento de Derecho Penal de Trespalacios Defensa Corporativa, asimismo he sido abogado de diferentes Secretarías de Despacho del Departamento de Sucre. Capacitador del Ministerio Público Panameño en la aplicación práctica de la teoría del delito. Capacitador la Personería Distrital de Medellín en derecho penal especial y procesal penal. Profesor del Centro de Estudios Socio Jurídicos Latinoamericanos – CESJUL en derecho procesal penal y disciplinario. Profesor de derecho penal general y derecho procesal penal en la Escuela Nacional de Criminalística en Medellín.
- Dalmiro Huachaca Sánchez es abogado. Maestro en Derecho Procesal y Solución de Conflictos por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC). Egresado con distinción máxima del Diplomado Latinoamericano sobre Reforma Procesal Penal de la Universidad Diego Portales (UDP) y el Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA) ambas instituciones con sede en Santiago de Chile. Ha realizado el taller avanzado para el desarrollo de habilidades en Litigación Oral de la Universidad de San Diego. Curso básico en litigación oral y un curso avanzado en contraexamen en la California Western School Of Law. Curso en Litigación Oral en la Alianza Interamericana de Abogacía Oral de San Diego. Curso en Litigación Oral en el Centro de Estudios Socio Jurídicos Latinoamericanos (CESJUL). Curso sobre Competencias Pedagógicas para el Nuevo Sistema de Justicia Penal, desarrollado por el Centro de Estudios Sobre la Enseñanza y el Aprendizaje del Derecho A.C.(CEEAD). El 2020 ha sido incluido como colaborador de la Alianza Interamericana de Abogacía Oral de San Diego. Profesor de la escuela de capacitación TLO (Taller de Litigación Oral), Chile (2023). Especialista en Seguimiento, Monitoreo y Adecuación Normativa de la Secretaria Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.Ha publicado textos sobre su especialidad en México, Argentina y Perú. Jurado de los concursos interuniversitarios de litigación oral, coorganizado por la Secretaria Técnica de la Comisión Especial de Implementación del CPP Y ABA ROLI Perú. Es Coordinador de la Guía Operativa de Litigación Oral con el Código Procesal Penal y Guía de Litigación en Audiencias Preliminares, ambas publicaciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y es coautor del Libro; Las Técnicas de Litigación en Juicio Oral, publicación del Instituto Pacifico, Reglas del sistema acusatorio y Reglas de Litigación oral, entre otros.
- Napoleón Salas Velásquez Máster en Derecho con Especialización en Litigación Oral, por la Universidad California Western School of Law, de San Diego – California, EE.UU. Instructor Internacional de Litigación Oral en “California Western School of Law”, “American Bar Associatión” ABA Roli – Perú e “Inocentes Perú”; Director de la Firma de Abogados “Justicia Justa Abogados & Expertos”, Docente de la Escuela de Posgrado en Derecho Penal de la UCV, y Docente invitado de la Universidad California Western School of Law. Con estudios de posgrado en el Programa de Gobernabilidad, Gerencia Política y Gestión Pública, en la Pontificia Universidad Católica del Perú; “Program on Innovations in Justice in the United States” en el Center for Court Innovatión y el Centro de Estudios de Justicia de las Américas, en Nueva York – EE.UU.; Litigación Oral con Especialidad en Ciencias Forenses, Técnicas Especiales de Contrainterrogatorio y Destrezas de Litigación Oral, todas en California Western School of Law – EE.UU.; en las Pasantías Internacionales en Técnicas Especiales de Interrogatorio y Contrainterrogatorio y en Estrategias de Litigación Penal, ambos realizados en la Universidad Autónoma Latinoamericana y CESJUL, de Medellín – Colombia; en el Programa Interamericano de Formación de Capacitadores para la Reforma Procesal Penal, del Centro de Estudios de Justicia de las Américas – CEJA, Santiago – Chile; y Litigación Oral en la Asociación Unidos por la Justicia de Buenos Aires – Argentina.
5. Certificación
El certificado de asistencia se les expide con el nombre de curso personalizado Uso de declaraciones previas en juicio oral, lo emite un Colegio de Abogados , siempre y cuando añadan el pago de 50 soles por gastos administrativos de trámite (válido para cualquier convocatoria pública o privada a nivel nacional por un valor 6 horas lectivas.
6. Medios de pago
DEPÓSITO O TRANSFERENCIA BANCARIA
Titular: Escuela de Derecho LP
- Ahorros BCP: 193-70642051-0-05
CCI 002-193-170642051005-10
Titular: Elizabeth Rebeca Mayta Iquise
- Ahorros Scotiabank: 700-8956513
CCI 00931020700895651340 - Plin: +51 958 733 225
IMPORTANTE: Los estudiantes y el publico en general podrán
realizar sus inscripciones mediante el formulario dando
clic AQUÍ.
Para más información puede dejar su WhatsApp en la caja de comentarios o enviar directamente un mensaje al 937912197. También puede escribirnos a [email protected].
Este programa académico se encuentra sujeto a nuestro reglamento académico, revíselo AQUÍ.

![La cuestión prejudicial es el único medio de defensa que no puede promoverse en la etapa intermedia, sino únicamente durante la investigación preparatoria, pues, aunque el artículo 350 permite la interposición de excepciones e incluso de la cuestión previa en dicha etapa, no contempla tal posibilidad respecto de aquella [Casación 79-2020, Puno, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/05/POST-antinomia-LPderecho-218x150.png)
![Cuando la libertad de expresión se ejerce mediante críticas a funcionarios públicos afectando su derecho a la honra, la sanción penal debe ser de carácter excepcional, por lo que los Estados deben recurrir a mecanismos alternativos como la rectificación o la reparación civil [Baraona Bray vs. Chile, ff. jj. 109-111, 115]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![La declaración de nulidad del traslado de la acusación suspende el inicio del control de acusación, pero no retrotrae el proceso a la etapa de investigación preparatoria (recurrente sustenta su solicitud de aclaración en la consideración de que, al disponerse la integración de la acusación, resultaba coherente también dejar sin efecto la acusación) [Apelación 102-2024, Corte Suprema, f. j. 4.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-DOCUMENTO-ESCRITORIO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC ordena la emisión de nuevos pronunciamientos debidamente motivados en caso sobre desigualdad salarial (PJ no motivó adecuadamente la decisión de fijar una remuneración inferior a la solicitada por la trabajadora, en comparación con los demás trabajadores homólogos) [Exp. 04852-2023-PA/TC, ff. jj. 4, 6-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-5-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Padres (Testigos de Jehová) no pueden impedir transfusión sanguínea a su hijo recién nacido si su vida está en peligro [Exp. 04819-2026-0-0412-JR-FT-01, ff. jj. 6-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
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![El contrato bajo la modalidad de temporada sirve para atender incrementos «anormales» o «sustanciales» respecto de actividades propias al giro de la empresa, siempre que sean susceptibles de repetirse en periodos determinados del año [Casación 38514-2022, La Libertad, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)











![Tres requisitos del principio de imputación suficiente en la fundamentación de la acusación: fáctico (relato circunstanciado y preciso de los hechos); lingüístico (lenguaje claro, sencillo y entendible, sabiendo que va a ser conocida por ciudadanos imputados); y normativo (fijar la modalidad típica, individualizar la imputación, fijar el nivel de intervención, y establecer los indicios y elementos de juicio que sustentan cada imputación) [RN 2823-2015, Ventanilla, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-justicia-LPDerecho-218x150.jpg)
![Nulidad de condena por vulneración del principio de imputación necesaria: acusación no indicó medio típico (violencia, amenaza o entorno) del delito de violación sexual [Exp. 3192-2023-92]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/04/Giammpol-Taboada-Pilco-LPDerecho-218x150.png)

![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)


![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-100x70.jpg)
![[VÍDEO] Erwin Siccha: «Martín Vizcarra sigue siendo inocente y solo está privado de su libertad por una medida cautelar»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_entrevista-a-Erwin-Siccha_LP-324x160.jpg)


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![Cuando la libertad de expresión se ejerce mediante críticas a funcionarios públicos afectando su derecho a la honra, la sanción penal debe ser de carácter excepcional, por lo que los Estados deben recurrir a mecanismos alternativos como la rectificación o la reparación civil [Baraona Bray vs. Chile, ff. jj. 109-111, 115]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-100x70.png)

![[VÍDEO] Erwin Siccha: «Martín Vizcarra sigue siendo inocente y solo está privado de su libertad por una medida cautelar»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_entrevista-a-Erwin-Siccha_LP-100x70.jpg)
