La muerte es un hecho que afrontaremos todos en algún momento. La propia o la de nuestros seres queridos, y, por supuesto, el derecho no es ajena a ella. El derecho de sucesiones, rama que se encarga de definir cómo y a quién se transmiten los derechos, obligaciones y bienes de una persona al fallecer, es más cercana de lo que parece.
Así pues, términos como herencia, testamento, herederos, entre otros, son muy comunes en el lenguaje popular. Tan comunes como los conflictos familiares por los bienes de la persona fallecida.
Por eso, Juris.pe, la primera plataforma jurídica 100 % virtual, ha lanzado un accesible y didáctico «Curso sobre derecho de sucesiones», certificado por el Ilustre Colegio de Abogados de Cañete, con una duración de 20 horas académicas.
¿Quiénes pueden matricularse en este curso?
El curso es útil para estudiantes y abogados; pero lo es también para la ciudadanía en general, ya que todos podemos ser susceptibles de las consecuencias jurídicas de la muerte de un familiar.
¿Cuándo inicia el curso?
No hay fechas ni horarios. Una de las características más interesantes de este curso es que es asincrónico, las clases y los materiales académicos ya están disponibles y pueden ser estudiados al ritmo de cada estudiante. Mayor información al Whatsapp 900 977 645.
El acceso al curso para el alumno que se matricule es de 6 MESES.
Características del curso
- Duración: 20 horas académicas
- Certificación digital: Ilustre Colegio de Abogados de Cañete y Juris.pe
- Modalidad: Asincrónico
- Inicio: Inmediato (desde que completa correctamente su matrícula)
- Acceso: El periodo de acceso al aula virtual es de 6 meses.
¿Qué encontraré en este curso?
Este curso está estructurado en 9 módulos y 34 cápsulas (27 teóricas y 7 prácticas). Cada cápsula está grabada en calidad HD y podrás pausar, retroceder o adelantar para repasar el contenido. Amén de las didácticas clases, en el aula virtual de Juris.pe encontrarás jurisprudencia y lecturas complementarias en PDF y cuestionarios por cada cápsula, que te permitirán poner a prueba lo aprendido y hacer seguimiento de tu proceso de aprendizaje.
Sobre el docente
Juan Carlos del Aguila Llanos es abogado especialista en derecho de familia y sucesiones con más de once años de experiencia. Autor de artículos y libros de la especialidad, reconocido por su didáctico método de enseñanza.
Inversión
En todos los casos se trata de un pago único, que incluye el derecho de certificación.
- Precio regular: 79.90 soles
- Precio de lanzamiento: 69.90 soles (válido hasta el 31 de agosto de 2022)
- Precio corporativo: 69.90 soles por participante (a partir de tres personas)
- Precio de alumno frecuente: 69.90 soles (a quienes se matriculen simultáneamente en dos o más cursos de Juris.pe).
Métodos de pago
- Método 1: Usando tu tarjeta de crédito y débito en la pasarela de pagos de nuestra plataforma (este vídeo instructivo te ayudará). El acceso al curso es inmediato.
- Método 2: Mediante “PagoEfectivo”, también en la pasarela de pagos de nuestra web. Si seleccionas esta forma de pago, se generará un código que te permitirá hacer el depósito en efectivo en cualquier banco, agente o app móvil. El acceso al curso es inmediato.
- Método 3: A través de nuestro Yape oficial al número de 910 098 461, a nombre de Juris.pe. En este caso, el alumno deberá enviar la captura de pantalla o imagen del voucher al Whatsapp 900977645. Podrás acceder al curso cuando el equipo de Juris.pe verifique el depósito.
- Método 4: A través de nuestro Paypal haciendo clic en este enlace.
Ante alguna duda o de surgir un problema, escríbenos al Whatsapp 900 977 645.
¿Cómo registrarme en Juris.pe?
Recuerda que antes de adquirir cualquier curso debes registrarte en nuestra plataforma.
Para ello, primero ingresa a tu navegador y busca Juris.pe. En la parte superior encontrarás un botón que dice «Registro». Haciendo clic en él irás a una nueva ventana en la debes colocar tu nombre de usuario, tu correo electrónico y tu contraseña dos veces. O también puedes conectarte a través de tu cuenta de Google o Facebook. Luego, haz clic en “regístrate aquí”.
Una vez concluido tu registro, espera un momento y cargará tu perfil en Juris.pe. Desde allí podrás matricularte a cualquiera de nuestros accesibles y dinámicos cursos virtuales. Si requieres ayuda, puedes ver el vídeo instructivo aquí o escribirnos al Whatsapp 900977645.
Ante cualquier duda, puedes comunicarte a nuestro Whatsapp 900 977 645. También puedes dejar tu número en la caja de comentarios para enviarte la información detallada.
Conoce nuestros cursos aquí
- Curso sobre proceso de alimentos: https://wa.link/uji274
- Curso de derecho laboral: https://wa.link/n9s915
- Curso sobre derecho de sucesiones: https://wa.link/5pwdwr
- Curso de argumentación y razonamiento jurídico: https://wa.link/qo29wv
- Curso de derecho administrativo: https://wa.link/enuii5
- Curso de filiación, tenencia y régimen de visitas: https://wa.link/k8lz34
![Sujeto que afirma tener la condición de fiscal mostrando un carnet no incurre en un delito de falsedad genérica ni en el de ostentación de distintivos de función pública, pues la resolución administrativa que lo nombra generó ipso iure dicha condición, sin que la juramentación posterior altere lo que ya había adquirido formalmente (acto jurídico constitutivo) [Exp. 06342-2023-4, ff. jj. 18-20]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-BALANZA-DOCUMENTOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque las declaraciones previas conservan su valor probatorio, si el contenido no contribuye a esclarecer los hechos, juez debe agotar los mecanismos disponibles —como la notificación al domicilio Reniec y otros que haya proporcionado y, de ser necesario, la conducción compulsiva— para que los testigos comparezcan y aclaren la información brindada [RN 1260-2023, Puno ff. jj. 7.8, 7.10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-MAZO-ESPOSAS2-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Absuelven de violación sexual a sujeto acusado de introducir su dedo en el ano de la agraviada, cuando ejercía su oficio de curandero (conducta neutral), al intentar sanar un hueso de la columna que se le había movido según el resultado de la «limpia con cuy» practicado momentos antes [Exp. 49-2020-35]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/CURANDERO-PASANDO-CUY-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)

![El transfuguismo por su motivación se distingue entre: (i) transfuguismo legítimo, el cual responde a causas justificadas como el cambio de orientación ideológica del partido, mutación ideológica personal, crisis del partido, discrepancias con la dirección del partido; y (ii) transfuguismo ilegítimo el cual responde a causas reprochables éticamente como el oportunismo o la compensación económica [Exp. 0006-2017-PI/TC, f. j. 23]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/TRANSFUGUISMO-LEGITIMO-JUSTIFICADAS-IDEOLOGICA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El JNE vulneró el derecho a ser elegido y el principio de resocialización al denegar la inscripción de candidato condenado por peculado doloso, pese a encontrarse rehabilitado, pues incluso la “inhabilitación perpetua” puede ser revisable y revertida por lo que dicha restricción no resulta razonable [Exp. 01648-2023-AA/TC, ff. jj. 16-22]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/JNE-RESOCIALIZACION-CANDIDATO-CONDENADO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![Indecopi: Inmobiliaria debe probar que el porcentaje pactado como penalidad correspondió al efectivo perjuicio por la frustración de la venta (cláusula penal abusiva) [Cas. 15070-2018, Ica]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![¿Los beneficios del convenio colectivo alcanzan también a servidores no sindicalizados? [Informe Técnico 001992-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajador-confianza-companero-companerismo-ambiente-laboral-sindicato-LPDerecho-218x150.jpg)
![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)

![TC: Entidades jurisdiccionales están obligadas únicamente a emitir y/o entregar información (en caso se solicite) o a facilitar la ruta de acceso a la información indicada respecto de dicha función (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 02506-2022]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tribunal-constitucional-tc-precedente-LPDerecho-218x150.png)
![Modifican Reglamento de empadronamiento y amnistía por tenencia de arma de fuego de uso civil [Decreto Supremo 013-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tenencia-ilegal-armas-fuego-LPDerecho-218x150.png)
![Modifican reglamento para fortalecer funciones de la Autoridad Marítima Nacional [Decreto Supremo 014-2025-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/AUTORIDAD-MARITIMA-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)


![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Aprueban nueva escala remunerativa para los servidores de apoyo a la función fiscal y administrativo del Ministerio Público [DS 241-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2019/09/trabajador-ministerio-publico-fiscal-intervencion-LPDerecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)


![El transfuguismo por su motivación se distingue entre: (i) transfuguismo legítimo, el cual responde a causas justificadas como el cambio de orientación ideológica del partido, mutación ideológica personal, crisis del partido, discrepancias con la dirección del partido; y (ii) transfuguismo ilegítimo el cual responde a causas reprochables éticamente como el oportunismo o la compensación económica [Exp. 0006-2017-PI/TC, f. j. 23]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/TRANSFUGUISMO-LEGITIMO-JUSTIFICADAS-IDEOLOGICA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![El JNE vulneró el derecho a ser elegido y el principio de resocialización al denegar la inscripción de candidato condenado por peculado doloso, pese a encontrarse rehabilitado, pues incluso la “inhabilitación perpetua” puede ser revisable y revertida por lo que dicha restricción no resulta razonable [Exp. 01648-2023-AA/TC, ff. jj. 16-22]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/JNE-RESOCIALIZACION-CANDIDATO-CONDENADO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Modifican Reglamento de empadronamiento y amnistía por tenencia de arma de fuego de uso civil [Decreto Supremo 013-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tenencia-ilegal-armas-fuego-LPDerecho-100x70.png)

