Corte Suprema se declara en sesión permanente por demora en aprobación de leyes de la Junta Nacional de Justicia

825

Comunicado oficial publicado por el Poder Judicial.


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA

COMUNICADO OFICIAL

La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la República, máximo órgano de deliberación del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha acordó declararse en sesión permanente y así expresar su preocupación respecto a:

Primero. La demora en la aprobación de las leyes que regularán el funcionamiento de la Junta Nacional de Justicia, en adelante la Junta, y su Comisión Especial.

En ese sentido, la Sala Plena considera urgente el funcionamiento de la Junta, cuya misión institucional es básica dentro del marco de un proceso de reforma del sistema de justicia como el que reclama la ciudadanía y que debe inscribirse bajo los parámetros constitucionales, legales y técnicos que exige el Poder Judicial.

A tal efecto, además del compromiso del Poder Judicial, los titulares de la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República y el Ministerio Público, en calidad de miembros de la Comisión Especial de la Junta, han brindado su posición institucional y aportes al Congreso de la República con el objeto que las leyes en cuestión sean aprobadas con la urgencia y responsabilidad que las circunstancias demandan.

Segundo. La necesidad que el Congreso de la República apruebe el proyecto de Ley N° 3602/2018-PJ, propuesta legislativa que crea la Autoridad Nacional de Integridad y Control del Poder Judicial, remitida al Congreso en octubre del año pasado y que en aras de resguardar la autonomía e independencia del ejercicio de la función jurisdiccional, la referida responsabilidad debe recaer en un juez o jueza titular de la Corte Suprema. A su vez, esta propuesta incide en la necesidad de especialización, naturaleza y funciones del juez contralor, figura que permitirá un control disciplinario más eficaz y eficiente.

Tercero. El Ministerio de Economía y Finanzas, mediante una interpretación equivocada e ilegal de las disposiciones complementarias finales 128 y 135 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y de los artículos 186 y 187 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, está recortando las remuneraciones reales de los magistrados del Poder Judicial de todas las instancias y especialidades, sobre todo de los jueces y juezas provisionales y supernumerarios.

Ante esta situación y, considerando que en el mes de diciembre del año pasado, las consecuencias de esta incorrecta interpretación fueron advertidas al titular del mencionado ministerio, la Sala Plena ha decidido solicitar la intervención directa del Señor Presidente Constitucional de la República para que el Estado garantice una solución inmediata compatible con los principios constitucionales y convencionales de orden laboral de progresividad y proscripción del recorte de derechos adquiridos. La decisión del MEF constituye una medida inaceptable de exceso de poder.

Lima, 17 de enero de 2019

Comentarios: