Plantean retiro voluntario de hasta 4 UIT de fondos de pensiones

El congresista Wilson Rusbel Quispe Mamani (Perú Libre) presentó un proyecto que autoriza a los afiliados, al Sistema Privado de Pensiones, a retirar hasta cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT) de sus fondos acumulados en las cuentas individuales de capitalización (CIC).

Este nuevo proyecto de ley fue permitiría a los afiliados acceder a hasta cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a aproximadamente S/21 400. Según el proyecto, el retiro será voluntario y podrá efectuarse en dos desembolsos, cada uno de hasta dos UIT, con un plazo mínimo de 45 días entre ambos.

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El proceso para solicitar el retiro será virtual o presencial, y deberá realizarse dentro de los 30 días calendario posteriores a la implementación del procedimiento que definan la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) y las AFP.

El texto establece que los fondos retirados estarán protegidos y no podrán ser embargados, salvo en caso de deudas alimentarias, limitadas al 30% del monto retirado.


PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA EL RETIRO EXTRAORDINARIO Y VOLUNTARIO DE HASTA CUATRO (4) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), DE LOS FONDOS PRIVADOS DE PENSIONES (AFP) EN EL CONTEXTO DE LA COYUNTURA ECONÓMICA

Los congresistas de la República que suscriben, a iniciativa del Congresista de la República WILSON RUSBEL QUISPE MAMANI, en ejercicio del derecho de iniciativa legislativa que les confiere el artículo 107 de la Constitución Política del Perú, y de conformidad con los artículos 67, 74, 75 y 76 del Reglamento del Congreso de la República, proponen el siguiente PROYECTO DE LEY:

FÓRMULA LEGAL 

El Congreso de la República;
Ha dado la siguiente Ley:

FÓRMULA LEGAL PROYECTO DE LEY QUE AUTORIZA EL RETIRO EXTRAORDINARIO Y VOLUNTARIO DE HASTA CUATRO (4) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS (UIT), DE LOS FONDOS PRIVADOS DE ENSIONES (AFP) EN EL CONTEXTO DE A COYUNTURA ECONÓMICA

Artículo 1. Objeto y Finalidad de la Ley
El objetivo de la presente Ley, es autorizar a los afiliados del Sistema Privado de administración de Fondos de Pensiones (AFP), el retiro extraordinario y voluntario de hasta cuatro (4) unidades impositivas tributarias (UIT) del total de fondos acumulados en sus cuentas individuales de capitalización (CIC).

Artículo 2. Autorización
Se autoriza de manera extraordinaria a los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (AFP) a retirar, de manera facultativa, hasta cuatro (4) unidades impositivas tributarias (UIT) del total de sus fondos acumulados en sus cuentas individuales de capitalización (CIC).

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Periodista, bachiller en Ciencias de la Comunicación y estudiante de Derecho. Cuento con experiencia en medios escritos, especialmente en la cobertura de temas de Actualidad. He desarrollado mi labor en redacciones enfocadas en el análisis noticioso y enfoque social. Actualmente formo parte del equipo periodístico de LP por el Derecho.