El Congreso de la República ha emitido resoluciones legislativas que formalizan la inhabilitación por diez años para ejercer cualquier función pública de los ex miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Luz Inés Tello de Ñecco y Aldo Alejandro Vásquez Ríos.
Estas resoluciones fueron publicadas mediante edición extraordinaria del Boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano el 8 de marzo.
La Resolución Legislativa del Congreso 008-2023-2024-CR declara la inhabilitación de Luz Inés Tello de Ñecco por un período de diez años, mientras que la Resolución Legislativa del Congreso 009-2023-2024-CR hace lo propio con Aldo Alejandro Vásquez Ríos.
Con 67 votos a favor, 23 en contra y 3 abstenciones, se decidió sancionar a Inés Tello por exceder el límite de edad de la JNJ (75 años). En el caso de Aldo Vásquez Ríos, tras una segunda votación, se lograron los 67 votos necesarios para removerlo. Ambos fueron destituidos de la JNJ. El pleno no pudo sancionar a Guillermo Thornberry, María Zavala, Imelda Tumialán y Antonio de la Haza, aunque este último renunció.
Descargue en PDF el documento completo
Descargue en PDF el documento completo
Así fue la votación sobre inhabilitación de magistrados en la Junta Nacional de Justicia:
- Pleno del Congreso aprobó inhabilitar y acusar a Aldo Vásquez, integrante de la JNJ
Con 67 votos a favor, el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de resolución legislativa que inhabilita por 10 años de toda función pública a Aldo Alejandro Vásquez Ríos, integrante de la Junta Nacional de Justicia.
- Con 52 votos a favor, no se alcanzan los votos para inhabilitar de la JNJ a Antonio de la Haza.
No se alcanzó el número de votos para destituir e inhabilitar a Antonio de la Haza. Fueron 52 votos a favor, 31 en contra y 8 abstenciones (lo necesario eran 67 votos).
- Congreso rechaza inhabilitación por 10 años a Imelda Tumialán de la JNJ
El Pleno del Congreso no logró obtener los votos necesarios para imponer una inhabilitación de 10 años a la magistrada Imelda Tumialán de la Junta Nacional de Justicia. En la votación, 52 congresistas apoyaron la medida, mientras que 30 se opusieron y 3 se abstuvieron.
- Con 67 votos a favor, 23 en contra y 3 abstenciones, Congreso aprueba inhabilitar a Inés Tello de la JNJ.
No se alcanzó el número de votos para destituir e inhabilitar a Aldo Vázquez. Fueron 65 votos a favor, 24 en contra y 3 abstenciones (lo necesario eran 67 votos).
No se alcanzó el número de votos para destituir e inhabilitar a Imelda Tumialán. Fueron 52 votos a favor, 30 en contra y 3 abstenciones (lo necesario eran 67 votos).
- Congreso aprueba destituir e Inhabilitar por 10 años de la función pública a Inés Tello.
Con una amplia mayoría de 67 votos a favor, el Pleno del Congreso dio luz verde al proyecto de resolución legislativa que establece una sanción de inhabilitación por 10 años para ejercer cualquier función pública a Luz Inés Tello de Ñecco, quien actualmente ocupa un cargo en la Junta Nacional de Justicia.
#CongresoInforma I Con 67 votos a favor, el #PlenoDelCongreso aprobó el proyecto de resolución legislativa que inhabilita por 10 años de toda función pública a Luz Inés Tello de Ñecco, integrante de la Junta Nacional de Justicia. pic.twitter.com/bqcs7w6Two
— Congreso del Perú ?? (@congresoperu) March 7, 2024
[Nota previa 7/03/2024]
A las 10:06 horas de este jueves 7, con la asistencia de 110 parlamentarios, el Pleno del Congreso reanudó su sesión con el fin de debatir y votar las conclusiones del informe final de la denuncia constitucional nro. 373 contra siete miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), que propone acusarlos e inhabilitarlos por 10 años del ejercicio de toda función pública.
A la sesión asisten también los siete miembros de la JNJ y sus respectivos abogados, con el fin de ejercer su derecho de defensa.
Cabe indicar que el pasado viernes 1 de marzo, el Consejo Directivo del Congreso, conducido por su titular, Alejandro Soto Reyes, estableció en tres horas el tiempo de debate, que será distribuido proporcionalmente entre los grupos parlamentarios.
El procedimiento de acusación constitucional que se lleva a cabo en estos momentos está enmarcado en el inciso i) del artículo 89 del Reglamento del Congreso.
En primer turno, la subcomisión acusadora ante el Pleno, integrada por los legisladores Lady Camones Soriano y Esdras Medina Minaya, sustenta el referido informe final de la denuncia constitucional nro. 373, aprobado por la Comisión Permanente el pasado 26 de febrero.
Para ver los incidentes en vivo clic aquí.
Continúa el debate en el pleno, mira las incidencias aquí:
![Cámara Gesell: El desarrollo desordenado y en momentos contrapuestos de la narración de la menor se encuentra justificado por sus limitaciones psicológicas y mentales, las que no la inhabilitan para percibir el mundo exterior al momento de dar cuenta de forma contundente del abuso sexual sufrido, aunque con un relato limitado pero efectivo [Casación 1211-2017, Ica, f.j. 14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/01/Camara-Gesell-3-LP-218x150.jpg)
![Las máximas de la experiencia no son hechos, sino definiciones o juicios hipotéticos de contenido general procedentes de la experiencia, pero independientes de los casos particulares de cuya observación se han inducido y que, por encima de esos casos, pretenden tener validez para otros nuevos; es obvio que, si tales máximas de la experiencia requieren de especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos, han de ser aclarados a través de la prueba pericial [AP 03-2023/CIJ-112, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![Requisitos de la ley penal en blanco propia: que el reenvío normativo sea expreso y esté justificado en razón del bien jurídico protegido por la norma penal; que la ley, además de señalar la pena, contenga el núcleo esencial de la prohibición para que la norma infralegal solo regule aspectos complementarios; y, que sea satisfecha la exigencia de certeza o se dé la suficiente concreción para que la conducta delictiva quede suficientemente precisada en el complemento indispensable de la norma a la que la ley penal se remite [Casación 1993-2021, Lambayeque, f. j. 3] PALACIO DE JUSTICIA-INTERIORES-1](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/01/PALACIO-DE-JUSTICIA-INTERIORES-1-218x150.jpg)

![La «imposibilidad de presentar los planos visados del bien por negativa de la municipalidad» no acarrea el rechazo de la demanda; en su defecto se debe adjuntar los planos firmados por un arquitecto o ingeniero colegiado, la solicitud de visación presentada al municipio, y la respuesta que deniega la solicitud de visación [Casación 599-2017, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-ABOGADO-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC ordena la reposición de Samuel Joaquín Sánchez Melgarejo en el cargo de juez superior [Exp. 04513-2022-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/01/Samuel-Sanchez-Melgarejo-LPDerecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)




![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)




![[Balotario notarial] Todo sobre el poder notarial, sus clases y formalidades](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/PODER-NOTARIAL-CONCEPTO-LPDERECHO-218x150.jpg)






![La interpretación constitucional del art. 29 y la Segunda Disposición Complementaria Final del NCPC —que establece la competencia del juez constitucional en los procesos de hábeas corpus— involucra que el PJ habilite provisionalmente a los juzgados ordinarios para conocer las causas cuando se exceda la capacidad operativa de los juzgados constitucionales (caso NCPC II) [Exp. 00030-2021-PI/TC, punto resolutivo 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/INTERPRETACION-CONTITUCIONAL-NCPC-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Delitos imputados a Daniel Urresti, cometidos antes de la vigencia en el Perú del Estatuto de Roma, no pueden ser calificados como delitos de lesa humanidad [Expediente 02939-2025-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/urresti-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Reglamento del registro electoral de encuestadoras [Resolución 0340-2026-JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/JNE-218x150.png)
![[VÍDEO] JNJ destituyó a juez superior por maltratar a juezas: «Usted ha aceptado un alto cargo sin saber leer ni escribir»](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-NOTICIA-JUEZ-DESTITUIDO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nueva conformación de salas de la Corte Suprema (salas constitucional y social, y salas civiles) [RA 000042-2026-P-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-2-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan a Pacífico Seguros y a empresa de peritaje por calcular indemnización con un valor menor al real de los bienes asegurados [Resolución 3228-2025/SPC-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)









![Delitos imputados a Daniel Urresti, cometidos antes de la vigencia en el Perú del Estatuto de Roma, no pueden ser calificados como delitos de lesa humanidad [Expediente 02939-2025-PHC/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/urresti-LPDERECHO-100x70.jpg)



![Cámara Gesell: El desarrollo desordenado y en momentos contrapuestos de la narración de la menor se encuentra justificado por sus limitaciones psicológicas y mentales, las que no la inhabilitan para percibir el mundo exterior al momento de dar cuenta de forma contundente del abuso sexual sufrido, aunque con un relato limitado pero efectivo [Casación 1211-2017, Ica, f.j. 14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/01/Camara-Gesell-3-LP-100x70.jpg)
![La «imposibilidad de presentar los planos visados del bien por negativa de la municipalidad» no acarrea el rechazo de la demanda; en su defecto se debe adjuntar los planos firmados por un arquitecto o ingeniero colegiado, la solicitud de visación presentada al municipio, y la respuesta que deniega la solicitud de visación [Casación 599-2017, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-ABOGADO-MAZO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Las máximas de la experiencia no son hechos, sino definiciones o juicios hipotéticos de contenido general procedentes de la experiencia, pero independientes de los casos particulares de cuya observación se han inducido y que, por encima de esos casos, pretenden tener validez para otros nuevos; es obvio que, si tales máximas de la experiencia requieren de especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos, han de ser aclarados a través de la prueba pericial [AP 03-2023/CIJ-112, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-100x70.jpg)
![TC ordena la reposición de Samuel Joaquín Sánchez Melgarejo en el cargo de juez superior [Exp. 04513-2022-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/01/Samuel-Sanchez-Melgarejo-LPDerecho-100x70.png)


