Aprueban dictamen para que adultos mayores solo paguen medio pasaje

Con el objetivo de modificar la Ley de la Persona Adulta Mayor (Ley 30490) y fortalecer los derechos de este grupo, el Congreso aprobó el dictamen de los Proyectos de Ley 3180/2022-CR, 3530/2022-CR, 3547/2022-CR, 3920/2022-CR, 5128/2022-CR y 7281/2023-CR.

El aspecto resaltante detrás de la decisión es la modificación en el precio del pasaje tanto urbano como interurbano: el abono será solo de un 50%. Este paso beneficioso para la población mayor de 70 años se llevó a cabo durante la Décimo Segunda Sesión Extraordinaria de la Comisión de Mujer y Familia. 

El avance busca reforzar la dignidad, el respeto y la plenitud en los servicios públicos de atención destinados a las personas adultas mayores. Asimismo, el dictamen promueve que el Ministerio de Salud y EsSalud brinden una asistencia móvil y diferenciada en todo el territorio nacional, así lo detalló la presidenta de la comisión, la congresista Milagros Jáuregui. 

Los cambios, enmarcados en un contexto ético y legal, tienen como objetivo fundamental garantizar que nuestros adultos mayores vivan con dignidad, respeto y plenitud. 

Cabe recordar que el dictamen debe ser debatido y aprobado en el Pleno del Congreso para que recién pueda ejecutarse.

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¿Cuáles son los derechos del adulto mayor?

En el artículo 5 de la Ley 30490, más conocida como la Ley de la Persona Adulta Mayor, se detallan los derechos humanos y libertades fundamentales de este sector: 

a) Una vida digna, plena, independiente, autónoma y saludable.

b) La no discriminación por razones de edad y a no ser sujeto de imagen peyorativa.

c) La igualdad de oportunidades.

d) Recibir atención integral e integrada, cuidado y protección familiar y social, de acuerdo a sus necesidades.

e) Vivir en familia y envejecer en el hogar y en comunidad.

f) Una vida sin ningún tipo de violencia.

g) Acceder a programas de educación y capacitación.

h) Participar activamente en las esferas social, laboral, económica, cultural y política del país.

i) Atención preferente en todos los servicios brindados en establecimientos públicos y privados.

j) Información adecuada y oportuna en todos los trámites que realice.

k) Realizar labores o tareas acordes a su capacidad física o intelectual.

l) Brindar su consentimiento previo e informado en todos los aspectos de su vida.

m) Atención integral en salud y participar del proceso de atención de su salud por parte del personal de salud, a través de una escucha activa, proactiva y empática, que le permita expresar sus necesidades e inquietudes.

n) Acceder a condiciones apropiadas de reclusión cuando se encuentre privada de su libertad.

ñ) Acceso a la justicia.

 

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Periodista piurana especializada en los géneros interpretativo –entrevista y crónica– y argumentativo –columnas de opinión en diario Correo y La República–. Correctora de estilo, freelancer en periodismo narrativo –ahora con la Fundación Premio Esteban Campodónico– y profesora de gramática española y redacción por temporadas.