Una tétrica e ilegal unión tuvo lugar en San Román, Puno. Wilfredo Coila, exjefe del Registro Civil de la Municipalidad de dicha región registró el matrimonio de una ciudadana con su difunto conviviente. Todo para que ella pudiera solicitar la herencia de este acaudalado minero.
Los hechos
El hecho ocurrió en junio del 2016 y, tras un largo proceso judicial, este culminó con una medida de prisión preventiva para los involucrados. El exfuncionario ‘casó’ a Noemy Herrera Challco, que fue a visitarlo a su oficina luego de la muerte de su pareja, Heriberto Tapia Hancco. Ella le explicó que quería registrar un matrimonio a pesar de la tragedia y ambos acordaron, luego de un trámite económico que no ha sido revelado, emitir un documento en el que figurara una fecha previa al deceso.
La autoridad realizó toda la documentación falsas y horas más tarde, en su condición de jefe de registro civil, se presentó en el cementerio de Juliaca junto a la «viuda». Ambos procedieron a abrir el féretro en insertaron las huellas dactilares del fallecido en los papeles que carecían de autenticidad. Esto último fue captado en video y sirvió como evidencia clave al momento de denunciar el hecho.
Cuando Noemy se presenta como la esposa del muerto, los familiares en duelo se mostraron extrañados y fueron a manifestar sus dudas al Registro Civil. Por la presión realizada y ante la evidencia audiovisual que fue encontrada por uno de los deudos, el exfuncionario reveló su falta y anuló el matrimonio.
El proceso
Pasaron más de cinco años del ‘matrimonio’ irregular y los familiares del fallecido obtuvieron finalmente justicia. La Sala Penal de Apelaciones de San Román, que preside el magistrado Hernán Layme Yépez y que es integrado por los jueces superiores Jesús Gallegos Zanabria y Roger Istaña Ponce, determinó el encarcelamiento de los involucrados.
El exfuncionario estará privado de su libertad durante 12 años mientras que la mujer recibió 6 años de cárcel por delito contra la fe pública en su modalidad de falsificación de documentos en general, en su forma de falsificación de documento público, previsto en el primer párrafo del artículo 427 del Código Penal.
Asimismo, se fijó una reparación civil de S/ 15.000 a favor de la Municipalidad Provincial de San Román y S/ 5.000 para Alexander Tapia Calcina, hermano del difunto.

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