Christian Homer Sosa Colana, de 35 años de edad, fue sentenciado a 20 años de pena privativa de libertad y al pago de S/ 40 000 soles por concepto de reparación civil, por haberle dado muerte a su madre en enero del año pasado.
Los hechos
Como se recuerda, el asesinato tuvo lugar en la casa del parricida, ubicado en la calle Cusco 451 del Cercado de Moquegua, el 17 de enero de 2016. Ese día por la tarde la víctima, Nora Victoria Colana Vizcarra, fue atacada con seis cuchillazos por su propio hijo. No satisfecho con ello, el parricida quiso acabar también con la vida de su padre, Juan Francisco Sosa Peñaloza, delito que no pudo concretar toda vez que el anciano pudo arrebatarle el arma blanca.
Luego de los hechos, los policías se constituyeron a la escena del crimen y encontraron el cuchillo de 30 centímetros de largo con el que Christian Homer asesinó a su progenitora. El asesino fue inmediatamente detenido y se le abrió proceso por los delitos de parricidio consumado y en grado de tentativa.
Luego de un año el asesino fue condenado, a pesar que su defensa alegará que este padecía de desórdenes psiquiátricos. Las pericias practicadas llevaron a la conclusión de que el criminal no tenía la condición de inimputable al momento de perpetrar el sangriento delito.
![Si el bien estatal se utilizó principalmente para el servicio público autorizado y la irregularidad consistió solo en una circunstancia incidental, sin intención de abuso ni beneficio relevante, la conducta carece de entidad penal (fiscal ordenó a conductor permitir llevar a cuatro personas en la tolva de la camioneta del Ministerio Público cuando este se trasladaba a una localidad donde tenía una diligencia) [Apelación 143-2024, Cañete]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cuando la calumnia se configura como delito continuado, el plazo de prescripción se computa desde el último acto delictivo [Apelación 288-2024, Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![La acusación fiscal debe ser motivada e íntegra, pues exige una fundamentación suficiente, lógica e integral de la pretensión fiscal; además, debe satisfacer un estándar mínimo de suficiencia que permita a la defensa preparar su teoría del caso en juicio (doctrina jurisprudencial) (caso César Acuña) [Casación 760-2016, La Libertad, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/11/Instituto-Medico-Legal-Ministerio-Publico-Fiscalia-LP-Derecho-218x150.jpg)

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