Hace ya bastante tiempo que compartimos en este portal los consejos del exitoso abogado Francis Lee Bailey para que los abogados se ganen el respeto de los jueces. Manifestar respeto por el tribunal, tratar siempre de comprender su punto de vista, darle toda la ayuda que se pueda con cuadros esquemáticos y redacción clara, fueron algunos de ellos.
El éxito del post fue tan grande que inspiró lúcidos comentarios de los visitantes de nuestra página. Sin embargo, quedó un tema en el tintero, como nos lo recuerda Rony Villano, uno de nuestros seguidores de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa: «Cómo deben los jueces ganarse el respeto de los abogados». Pues bien dicho, aquí vamos.
1. Sea puntual
Por favor, sin importar cuál será el sentido de su fallo, sea puntual. A pesar de las dificultades logísticas y contratiempos (que todos tenemos), lo primero que deben hacer los jueces es comenzar la audiencia (o la diligencia que sea) a la hora establecida (¡una hora fijada por ellos mismos!). Les debe quedar claro que nuestro tiempo, así como el de ellos y el de todo el mundo, es valioso.
Al igual que ellos tenemos otros casos que atender y nos resulta bastante irritante, supremamente irritante, que nos hagan esperar durante la audiencia. Pero hay algo peor que eso: que el juez ni siquiera se disculpe con las partes por comenzar tarde. Cuando llegue la hora de recusarlo por cualquier razón se nos vendrá a la mente las veces que nos hizo esperar.
2. Escuche (tan simple como eso)
Por eso se llama «audiencia» ¿no? Escuchar es la tarea más importante del juez, pero escuchar atentamente y estar al tanto de las incidencias de la diligencia. No hay peor juez que el que no nos escucha, y peor aún, que ni siquiera tenga el menor reparo en hacer otras cosas mientras estamos hablando, como por ejemplo cuchichear con el secretario, contestar los wasaps de la familia, o revisar las redes sociales para ver sus likes. Nosotros, a pesar de estar concentrados en lo nuestro nos damos cuenta porque los tenemos enfrente.
No todos los abogados son actores de cine que están allí para entretener al juez. Al margen de que el abogado lo haga bien o mal en el alegato o en el interrogatorio, el juez tiene que estar atento para guardar bien los argumentos del abogado que lo hace bien y para advertir defensa ineficaz si el abogado lo hace mal. Y no se salva aquel juez soberbio que mira con desgana al abogado o con el ceño fruncido, como si fuera un padre presto a castigar a sus hijos.
3. Tome apuntes
Este consejo no falla y vale tanto para los jueces que tienen buena o mala memoria. Ver al juez anotando algunas ideas que vamos sosteniendo en el alegato o las respuestas del interrogatorio es reconfortante para nosotros, porque nos muestra que el juez está metido en el caso y le importa lo que está ocurriendo en sus narices. Ya no importa si en ese momento nos da o no la razón, eso es lo de menos. Lo importante es que el juez no solo preste atención, sino que demuestre con gestos que efectivamente es así. Y tomar apuntes lo es.
4. No bostece, ¡por favor!
Por favor, qué respeto le puede tener un abogado a un juez que bosteza y que ni siquiera lo disimula.
5. No tutee al abogado ni a su cliente
Ciertamente el abogado no es más que el juez (y es un pecado grave pretender tal cosa), pero tampoco es menos. Jueces, abogados, procuradores y abogados defensores somos parte del mismo equipo y estamos al mismo nivel. La única diferencia es que cumplimos diferentes roles, nada más.
Los jueces no deberían actuar como si fueran superiores o como si al frente tuvieran a sus empleados. Deben entender que antes que todo son servidores y no mandarines.
Lo peor es que hay jueces que creen que la sola condición de imputado de nuestro cliente le rebaja a este la dignidad y le llaman como si se tratara de sus hijos, con un tono de voz altanero. No. El respeto en un lugar tan sagrado como la audiencia comienza con el trato amable de «señor» o con la condición profesional del imputado si la tuviere («doctor», «ingeniero», «licenciado», etc.).
Hay jueces que incluso se permiten bromas con el acusado, como aquel episodio que nos recuerda el maestro Mario Pablo Rodríguez Hurtado, en el que un inefable juez, al llamar a una acusada de apellido Baca, haciéndose el gracioso, «esa Baca que pase». Lamentablemente hay jueces que creen todavía que nuestro cliente es un pobre pecador que va al confesionario.
![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)
![Que el fiscal acuse sin pronunciarse sobre las pruebas de parte aportadas en la investigación no viola debido proceso ni la tutela jurisdiccional efectiva, pues su admisión y actuación corresponde evaluar al juez en la etapa intermedia en audiencia preliminar [Casación 80-2010, Piura, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)


![El contrato bajo la modalidad de temporada sirve para atender incrementos «anormales» o «sustanciales» respecto de actividades propias al giro de la empresa, siempre que sean susceptibles de repetirse en periodos determinados del año [Casación 38514-2022, La Libertad, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Padres (Testigos de Jehová) no pueden impedir transfusión sanguínea a su hijo recién nacido si su vida está en peligro [Exp. 04819-2026-0-0412-JR-FT-01, ff. jj. 6-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)









![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)

![[VIVO] Clase de trabajadores CAS a partir de la vigencia de la Ley 32563 (8 ABR)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/CLASE-GRATUITA-JOSE-MARIA-PACORI-CARI-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Cuántos representantes puede designar un sindicato en la negociación colectiva descentralizada? [Informe Técnico 00541-2026-Servir-GPGSC] Trabajo-negociación colectiva-sindicato-reunión-equipo-laboral-LP Derecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/Trabajo-negociacion-colectiva-sindicato-reunion-equipo-laboral-LP-Derecho-218x150.png)

![Tercerización: Suprema declara ilegal prohibición de tercerizar actividades consideradas nucleo del negocio [Acción Popular 30989-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![De conformidad con lo establecido en el artículo 57 de la Ley, el mecanismo de la cancelación en los procedimientos no competitivos puede ser aplicado una vez que se haya configurado alguno de los supuestos para tales efectos, a partir de la aprobación del expediente de contratación y hasta antes de su adjudicación, que se da como efecto de la aprobación del procedimiento no competitivo [Opinión D000031-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Destituyen a jueza de paz por intervenir indebidamente en desalojo y exceder funciones notariales [Investigación Definitiva 4215-2022-Cusco]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)


![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-100x70.jpg)

![El contrato bajo la modalidad de temporada sirve para atender incrementos «anormales» o «sustanciales» respecto de actividades propias al giro de la empresa, siempre que sean susceptibles de repetirse en periodos determinados del año [Casación 38514-2022, La Libertad, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-100x70.jpg)

