El congresista Isaac Mita Alanoca (Perú Libre) propone la creación de una Comisión Especial Multipartidaria encargada de elaborar un nuevo Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes.
Esta iniciativa responde al aumento de delitos graves cometidos por menores y busca adecuar el marco normativo a las nuevas realidades criminológicas que involucran a este grupo etario.
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La comisión tendrá como función central coordinar con instituciones del Estado, sectores especializados y actores sociales para recoger opiniones y propuestas en torno a un nuevo enfoque penal juvenil.
El objetivo es generar un texto legal que equilibre medidas socioeducativas, privación de libertad cuando sea necesario y una estrategia real de reinserción social de los adolescentes infractores.
Según el proyecto, la comisión estará compuesta por un congresista representante de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos —quien la presidirá— y un congresista por cada grupo parlamentario.
Además, contará con un secretario técnico designado por el presidente de la comisión. Entidades como el Poder Judicial, el Ministerio Público y el Ministerio de Justicia estarán obligadas a colaborar con este grupo de trabajo.
El plazo para la entrega del anteproyecto de ley no podrá superar el actual Periodo Parlamentario (2021–2026). Una vez concluido, el documento será remitido a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso para su evaluación y eventual aprobación. Los gastos que genere esta labor serán cubiertos con el presupuesto del propio Congreso.

FÓRMULA LEGAL
LEY QUE CREA LA COMISIÓN ESPECIAL MULTIPARTIDARIA ENCARGADA DE ELABORAR UN NUEVO CÓDIGO DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES
Artículo 1. Creación de la Comisión Especial Multipartidaria
Se crea la comisión especial denominada Comisión Especial Multipartidaria encargada de elaborar un Nuevo Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes, en respuesta a la alta incidencia y evolución criminológica vinculada a la edad de quienes cometen graves hechos delictivos.
Artículo 2. Atribuciones de la Comisión Especial Multipartidaria
La Comisión Especial Multipartidaria tiene la atribución de coordinar con los diversos sectores, o instituciones involucrados o personas que tuvieran interés en hacer conocer sus opiniones o sugerencias sobre la materia relacionada, para adecuar el marco legal a las nuevas dinámicas delictivas y al perfil criminológico emergente en los adolescentes, garantizando un enfoque equilibrado entre prevención, medidas socioeducativas privativas de libertad y una efectiva reinserción social del adolescente.
Artículo 3. Conformación de la Comisión Especial Multipartidaria
3.1 La Comisión Especial Multipartidaria se conforma por los siguientes miembros:
a) Un congresista representante elegido por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, quien lo preside.
b) Un congresista representante de cada grupo parlamentario.
3.2 Cada Comisión Especial Multipartidaria cuenta con un secretario técnico que es designado por su presidente.
3.3 El Poder Judicial, el Ministerio Público, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y demás instituciones involucradas se encuentran obligadas a cooperar con dicha comisión
Artículo 4. Plazo de entrega del anteproyecto
El plazo para que la Comisión Especial Multipartidaria cumpla con la entrega del trabajo encomendado no debe exceder del Periodo Parlamentario 2021-2026. El plazo se computa a partir de la entrada en vigor de la presente ley.
Artículo 5. Presentación del anteproyecto
La Comisión Especial Multipartidaria pone a disposición de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República el ante proyecto para su dictamen y aprobación.
Artículo 6. Presupuesto
Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente ley son con cargo al presupuesto del Congreso de la República.
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