El Ilustre Colegio de Abogados de Cajamarca menciona a través de un comunicado que los magistrados del TC están quebrantando la seguridad jurídica.
PRONUNCIAMIENTO
A LA OPINIÓN PÚBLICA EN DEFENSA DE LA INDEPENDENCIA DE PODERES
La Junta Directiva del Ilustre Colegio de Abogados de Cajamarca, ante la reciente resolución emitida por el Tribunal Constitucional peruano y en defensa de la independencia de poderes regulado en la Constitución Política del Estado, expresamos lo siguiente:
1) En todo Estado constitucional de derecho, prima la separación e independencia de los poderes públicos, de acuerdo a lo prescrito por el art. 3 de la Carta Democrática Interamericana de los Derechos Humanos, de la cual el Estado peruano forma parte.
2) Nuestra actual Constitución Política del Estado, regula en su art. 45 el principio de la separación de poderes, no permitiendo que ninguno de éstos debo tener preponderancia y/o influencia sobre los demás alcanzando así una verdadera independencia tanto orgánica como funcional
3) El Tribunal Constitucional peruano, a través de la resolución contenida en el Exp. 00004 2024-PCC/TC, de fecha 23 de abril del presente año suspendió la medida cautelar emitida por el Poder Judicial en el Exp. 01034-2024 y restableció la inhabilitación de los magistrados Inés Tello y Aldo Vásquez, integrantes de la Junta Nacional de Justicia; declarando fundada en parte la solicitud del Congreso de la República transgrediendo con ello el art. 139 de la Constitución Política, que impide a cualquier autoridad interferir en los procesos judiciales en trámite.
4) Ante la intromisión realizada por los magistrados del Tribunal Constitucional violando lo preceptuado en el artículo 139 inciso 2 de nuestra Carta Fundamental vulnerando la independencia de poderes alterando el procedimiento establecido, con respecto a que la apelación interpuesta sea resuelta en última instancia por la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema de la República, está quebrantando la seguridad jurídica en el sistema de administración de justicia en nuestro país.
5) Asimismo, se está afectando la composición y funcionabilidad de la Junta Nacional de Justicia, al retirar a dos miembros de su colegiado, imposibilitando el quórum que se requiere para iniciar procedimientos disciplinarios contra jueces y fiscales; por otra parte, se coloca en riesgo la elección de los que dirigen la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.
En tal sentido, exhortamos a la concretización de una verdadera independencia de los poderes públicos en nuestro país y que el Tribunal Constitucional sea el órgano de control de la Constitución defendiendo los derechos fundamentales en un Estado Constitucional de derecho.
Cajamarca, 27 de abril de 2024

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