Club de la construcción: Incorporan a estas 12 empresas como terceras civiles responsables [lea la resolución]

La jueza María de los Ángeles Álvarez Camacho, a cargo del Primer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios (SEDCF), declaró fundada en parte la solicitud presentada por la Procuraduría Pública Ad Hoc y dispuso incorporar como tercero civilmente responsable a 12 empresas, en el caso “Club de la Construcción”.

Las empresas incorporadas son las siguientes: Cosapi S.A., GYM S.A., Obras de Ingeniería S.A., Ingenieros Civiles y Contratistas Generales S.A., Construcción y Administración S.A., Hidalgo e Hidalgo S.A., Constructora Málaga Hnos. S.A., Johe S.A., Constructora OAS S.A., Constructora Queiroz Galvao S.A., Andrade Gutiérrez Engenharia S.A. y Mota-Engil Perú S.A., debido a que, según la jueza Álvarez Camacho, existen suficientes elementos de convicción que constatan que dichas empresas corresponden a Provías y al marco temporal imputado.

La solicitud de la Procuraduría Ad Hoc, representada por el procurador Jorge Miguel Ramírez, se basó en las imputaciones y elementos de convicción descritos por la Fiscalía, y realizó el requerimiento respecto de 14 empresas; sin embargo, la citada jueza desestimó la incorporación de 2: San Martín Contratistas Generales S.A. y Grupo Plaza S.A., por falta de pruebas.

De acuerdo a la resolución emitida, el tercero civilmente responsable “es el sujeto procesal que interviene en el proceso penal por tener alguna vinculación o relación con el imputado del delito y que coadyuva con el pago de la reparación civil si es que aquel es considerado. Viene a ser responsable, siempre solidario, por los daños cometidos por los autores y partícipes del hecho punible”.

Según el Ministerio Público, los hechos versan en que, entre los años 2011 y 2014, existió una organización criminal llamada “El Club”, que se encontraba compuesta por empresas de construcción, peruanas y extranjeras, las cuales se reunían eventualmente y acordaban distribuirse el otorgamiento de la buena pro de diversas obras de carreteras en Provías Nacional. Todo ello con participación de representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y empresas privadas. Los beneficiados de estas obras tenían que pagar el 2.92 % del valor referencial de cada obra a los encargados de realizar los acuerdos.

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Fuente: Sistema Nacional Especializado en delitos de Corrupción de Funcionarios

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