¡Buenas nuevas! LP retransmitirá una clase gratuita a través de la plataforma YouTube sobre tutela de derechos. La clase estará a cargo del reconocido especialista Jefferson Moreno Nieves.
Jefferson Moreno Nieves es abogado por la Universidad de San Martín de Porres, magíster en Enseñanza del Derecho por la USMP, estudios de maestría en Ciencias Penales en la misma universidad y estudios de maestría en Derecho con mención en Sistema Acusatorio y Litigación Oral en la Universidad de Medellín – Colombia. Estudios de Litigación Oral y Sistema Acusatorio en la Universidad de California Western School Of Law San Diego – EEUU; estudios de Contrainterrogatorio Avanzado en la Academia Judicial Puertorriqueña.
No se pueden perder esta clase llena de consejos prácticos y útiles, algo que —estamos seguros— no encontrarán en otro sitio.
Asimismo, informarles que el docente Jefferson Moreno Nieves, formará parte del panel de expositores de nuestro Diplomado Código Procesal Penal y litigación oral, que inicia el 9 de enero de 2024. Hasta el 29 de diciembre puede pagar en dos partes y llevarse los libros Detención policial en flagrancia y proceso inmediato, del Dr. Giammpol Taboada y el Código Penal de LP. Más información aquí.
DOS LIBROS GRATIS HASTA EL 29 DE DICIEMBRE

El diplomado está dirigido a abogados, jueces, fiscales, profesores de derecho, funcionarios y servidores públicos (asistentes), estudiantes de derecho y público interesado.
Tendremos como ponentes a los más reconocidos abogados litigantes del Perú, así como a jueces y fiscales que trabajan con el nuevo modelo procesal penal, entre los cuales se encuentran: Ramiro Salinas Siccha, José Domingo Pérez, Celis Mendoza Ayma, Gonzalo del Río Labarthe, Giulliana Loza Avalos, Jefferson Moreno Nieves, entre otros.
La clase sobre tutela de derechos se desarrollará este jueves, 14 de diciembre de 2023 a las 11:30 a. m. Si desean recibir las diapositivas de esta clase pueden dejar su número de WhatsApp en los comentarios.
LA CLASE APARECERÁ EN YOUTUBE A LA HORA INDICADA
PARA VER LA CLASE, CLIC AQUÍ:
![Falta de licencia para conducir no genera, «per se», responsabilidad penal en un accidente de tránsito: Si bien el procesado no tenía licencia, también lo es que ello no fue un factor que contribuyó al accidente, toda vez que manejó dentro de los límites permitidos y realizó maniobras posibles para evitar el accidente [Apelación 287-2024, Apurímac, f. j. 13.26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)

![[VIVO] Conferencia magistral sobre proceso especial contra altos funcionarios. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-DELIA-ESPINOZA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Sí procede inscribir resolución judicial aunque, por su antigüedad, los nombres del juez y del auxiliar sean ilegibles; la autenticidad se garantiza si el nombre del juzgado es legible y si la resolución fue remitida por el juez actual a cargo del juzgado [Resolución Resolución 0388-2026-SUNARP-TR, ff. jj. VI.4-VI.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-registral-LPDerecho-218x150.jpg)
![Se vulnera el derecho a la motivación si el fiscal superior no se pronuncia sobre todos los agravios invocados en el recurso de elevación (principio de congruencia recursal) [Exp. 01574-2024-PA/TC, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/tribunal-constitucional-fachada-exterior-tc-1-LPDerecho-218x150.png)
![Si el interesado solicita la actuación de medios de investigación al borde del fin de la investigación preparatoria y no se trata de una obtención, identificación o ubicación obtenida en último momento y por causas no imputables a él, ya no será posible su actuación [Apelación 320-2024, Apurímac]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![[VIVO] Clase modelo Estándar de prueba en los procesos de prescripción adquisitiva. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/CLASE-MODELO-FORT-NINAMANCCO-BANNER-218x150.jpg)

![¿Qué régimen le corresponde a los inspectores municipales CAS o 276? [Informe Técnico 000502-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Servir-CAS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Trabajadores con licencia sin goce de haber pueden recibir beneficios de la negociación colectiva [Informe Técnico 000314-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)


![JNE establece que personas con sentencia condenatoria pueden postular a la presidencia de la República al cumplirse 10 años de cumplida la pena, siempre que no tengan pendiente la reparación civil y hayan obtenido la declaración judicial de rehabilitación [Resolución 0085-2026-JNE, 2.21-2.24]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-19-218x150.jpg)

![Revocan multa que se le impuso a abogado por recusar a jueza luego de que ella se molestara y le cortara el micro solo porque el letrado le pidió que el testigo no presencie la declaración del acusado [Exp. 03468-2023-6-1826-JR-PE-23]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-APAGA-AUDIO-AUDIENCIA-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)








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![Falta de licencia para conducir no genera, «per se», responsabilidad penal en un accidente de tránsito: Si bien el procesado no tenía licencia, también lo es que ello no fue un factor que contribuyó al accidente, toda vez que manejó dentro de los límites permitidos y realizó maniobras posibles para evitar el accidente [Apelación 287-2024, Apurímac, f. j. 13.26]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-100x70.jpg)




![La «disponibilidad potencial» distingue el robo consumado de la tentativa: agente tuvo disponibilidad del bien desde que huyó con él sin una persecución y luego cometió un segundo robo, anulando la capacidad de disposición de la víctima y evidenciando su dominio sobre la cosa [Casación 2183-2021, Tacna, ff. jj. 5-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/corte-suprema-palacio-justicia-LPDerecho-324x160.png)