¡Buenas nuevas! LP retransmitirá una clase gratuita para aspirantes a notarios: saneamiento registral. La clase estará a cargo del profesor Jorge Luis Gonzales Loli.
El profesor Jorge Luis Gonzales Loli. Licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Federico Villarreal, con una Maestría en Derecho Empresarial obtenida en la Universidad de Lima y un Doctorado en Derecho y Ciencias Políticas por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Ha desempeñado funciones como Registrador Público en la Oficina Registral de Lima y Callao, así como ocupado los roles de Gerente y Vocal en el Tribunal Registral de dicha entidad.
No se pueden perder esta clase llena de contenido práctico y enriquecedor, algo que —estamos seguros— será de gran utilidad.

Asimismo, queremos informarles que el profesor Jorge Gonzales Loli forma parte de la plana docente en nuestro Curso de preparación para el acceso a la función notarial que inicia el martes, 12 de marzo de 2024.
Además, es de nuestro agrado comunicarles que este curso está dirigido a abogados, jueces, fiscales, profesores de derecho, funcionarios y servidores públicos (asistentes) que desean participar en las convocatorias del Colegio de Notarios de Lima.
Dentro de nuestra plana docente se encuentran los docentes David Olegario Florián Vigo (juez superior), Oscar Pazo Pineda (asesor jurisdiccional del Tribunal Constitucional), Christian Donayre Montesinos (profesor de derecho constitucional), Carlos Alberto Sánchez Coronado (profesor en la UNPRG, UNT y UTP), Juan José Garazatua Nuñovero (ex superintendente adjunto de los Registros Públicos) entre otros destacados especialistas.
La clase gratuita para aspirantes a notarios sobre el saneamiento registral se desarrollará este lunes, 26 de febrero a la 1 p. m. Si desean recibir las diapositivas de esta clase pueden dejar su número de WhatsApp en los comentarios.
Aprovecha la oportunidad para matricularte a nuestro Curso de preparación para el acceso a la función notarial y acceder a nuestros beneficios.



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![Aun teniendo un poder formal como presidente de la República, si no se aprecia una mínima organizatividad de un alzamiento en armas —con suficientes medios materiales y personales para levantarse en armas—, no se configura el delito de rebelión (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-pedro-castillo-LPDerecho-218x150.jpg)
![La facultad de desvinculación comprende no solo la recalificación a un delito más grave, sino también a uno de menor gravedad cuando se presenta una degradación fáctica y jurídica, siempre que no se varie los hechos esenciales (caso Pedro Castillo) [Expediente 39-2022, f. j. 10.4.b]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PEDRO-CASTILLO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
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