La Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, informa a la opinión pública que la justicia española (Sección Primera de la Sala Penal de Audiencia Nacional) confirmó la procedencia en vía judicial, de la ampliación de extradición a Cesar José Hinostroza Pariachi, para ser procesado por la Corte Superior de Justicia de Tumbes.
Mediante Resolución N° 24/2022 de fecha 28 de marzo de 2022, emitida por la Primera Sección Penal de Sala Penal de la Audiencia Nacional de España, se desestimó el Recurso de Súplica interpuesto por César José Hinostroza Pariachi, por los hechos descritos en el requerimiento de ampliación de Extradición respecto al pago de una coima a una servidora de Migraciones para salir del Perú por Tumbes, estando vigente una orden de impedimento de salida del país, debiendo ser procesado por la comisión del delito de Cohecho Activo Genérico.
Lo dispuesto en la citada resolución, confirma de manera incuestionable que, tanto para la justicia española como para la justicia peruana, no existe persecución política alguna.
La Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, reitera su compromiso en la defensa de los derechos e intereses del Estado Peruano, con altos criterios de calidad profesional y respeto por la Ley y el Derecho.
? Lo último. Justicia Española desestima Recurso de Súplica presentado por César Hinostroza Pariachi. Lea información aquí: https://t.co/s9qgyPN8p7 pic.twitter.com/zWrSsdBLjF
— Procuraduría Perú (@PGE_Peru) March 31, 2022
Fuente: Procuraduria General del Estado
[Nota previa 8.2.2022]
César Hinostroza: justicia española aprobó segundo pedido de extradición
La Sala Penal de la Audiencia Nacional de España declaró procedente la ampliación de la extradición de César Hinostroza Pariachi, para que sea procesado por el delito de cohecho activo genérico, y precisó que el ex juez supremo no es perseguido político.
Según informó la Procuraduría Anticorrupción, la ampliación de la extradición fue establecida mediante Resolución (auto) 00057-2022 del 1 de febrero, la cual fue notificada en la víspera.
Este caso corresponde a los hechos relatados en la demanda de extradición, remitida por la Fiscalía del Perú y formulada por el Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente Supraprovincial Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Corte Superior de Justicia de Tumbes.
Ello, a raíz de su fuga en octubre del 2018, por la frontera de Tumbes, cuando tenía impedimento de salida de Perú.
El documento de la justicia española menciona la importancia respecto del comportamiento de respeto a la libertad y la preeminencia del Derecho, ideales fuente en el tratado que vincula a ambos Estados contratantes, y que es respetado de manera incuestionable.
No es perseguido político
Aclara, además, que la condición de César Hinostroza no es de perseguido político, como afirma su defensa, puesto que han ocurrido tres cambios en el cargo de Presidente de la República en el Perú, cada uno de diferente adscripción política, lo cual no ha generado una variación en su posición procesal como Estado parte, respecto a la solicitud de extradición.
Por tanto, subraya, es totalmente claro para la justicia española como para la justicia peruana que no existe persecución política alguna.
El respeto a la tutela jurisdiccional efectiva del procesado está garantizado permanentemente, como lo han demostrado ambos sistemas de justicia con la debida atención de todos los recursos legales que los ordenamientos jurídicos garantizan a la defensa del procesado.
La Procuraduría ratificó su compromiso en la ejecución de todos los actos procesales en el proceso de extradición, con el más alto estándar de calidad profesional y respeto por el debido proceso.
Fuente: El Peruano.
[Nota original 11/03/2020]
César Hinostroza: gobierno español aprobó tramitar nuevo pedido de extradición
El gobierno de España aprobó tramitar en la vía judicial el segundo pedido de extradición contra el exjuez supremo, César Hinostroza Pariachi, por el presunto pago de sobornos en su fuga por la frontera de Tumbes, informó el procurador ad hoc del caso, Amado Enco Tirado.
Se aprobó también, en ese sentido, remitir el expediente de este nuevo pedido de extradición a la Audiencia Nacional de Madrid.
Precisó que el gobierno español evalúo la solicitud formulada por el Perú para procesar a Hinostroza por el presunto delito de cohecho activo genérico y determinó que el expediente cumple con los requisitos exigidos en la Ley de Extradición Pasiva de España a fin de continuar su trámite en instancias judiciales en ese país.
El segundo pedido de repatriación de Hinostroza Pariachi fue entregado al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España, tras ser aprobado por la Corte Suprema y el Consejo de Ministros de Perú, en enero del presente año, mediante la Resolución Suprema 016-2020-JUS.
Primer cuaderno de extradición
Respecto al primer cuaderno de extradición, Enco informó que, en las próximas semanas, las autoridades del Gobierno de España decidirán sobre la repatriación de Hinostroza, medida que fue aprobada en dos instancias de la Audiencia Nacional de Madrid, en octubre de 2019.
Sin embargo, se debe precisar, que ante una eventual aprobación de la extradición en el Poder Ejecutivo de España, la entrega física de Hinostroza se vería suspendida por una medida cautelar de la Sala de lo Contencioso – Administrativo de la Audiencia Nacional de Madrid, instancia que debe resolver el recurso presentado por la defensa legal de Hinostroza ante la denegatoria de su asilo en ese país.
Durante su estadía en España, del 24 al 28 de febrero, el procurador Ad Hoc sostuvo reuniones de trabajo con los representantes del Ministerio de Asuntos Exteriores de España, en las que también estuvo presente el ministro Eduardo Pérez del Solar por parte de la Embajada de Perú, con la finalidad de impulsar el trámite de las solicitudes de extradición de Hinostroza Pariachi.
Asimismo, el abogado del Estado se reunió con el equipo jurídico Pelayo, Clemente, Baos – Abogados, Sociedad Civil Profesional, quienes continuarán a cargo de la defensa del Estado Peruano en este segundo proceso de extradición.
Fuente: Andina
![Posesión de cuatro municiones configura el delito de tenencia ilegal de armas, pues al tratarse de un delito de peligro abstracto, no requiere de una lesión efectiva del bien jurídico [Casación 1325-2025, La Libertad, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Juez que utiliza un elemento de conocimiento público, objetivo y accesible, como la búsqueda en Google, para contrastar el lugar consignado en las actas con lo declarado por los policiales, no implica la incorporación de una nueva prueba [Casación 424-2023, Amazonas, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)

![[VIVO] Clase magistral sobre los problemas del control de acusación (17 marzo)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/CLASE-MAGISTRAL-CONTROL-DE-ACUSACION-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A través de la excepción de la improcedencia de la acción no es posible pretender el archivo del proceso, al determinarse que la disposición de formalización no vulneró el derecho de defensa y no constituye cosa decidida [Apelación 168-2025, Lima Este, f. j. 8.13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-JUZGADO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Que el art. 279-G (que tipifica expresamente, entre otros, el uso, porte o tenencia de armas) haya sido incorporado recién en 2016, no significa que antes de esa fecha la posesión era atípica, pues el art. 279 ya reprimía la tenencia sin autorización [Casación 693-2025, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/Sicariato-arma-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)

![[Balotario notarial] La función notarial y los instrumentos públicos notariales: estructura, límites y naturaleza administrativa](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/FUNCION-NOTARIAL-GESTION-PERU-LPDERECHO-218x150.jpg)


![[Balotario notarial] Gestión documental notarial: protocolo notarial, registros notariales, traslados instrumentales (testimonios, partes, boletas y copias)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PROTOCOLO-REGISTRO-GESTION-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Es válido el despido del trabajador por miccionar en una bolsa dentro del área de trabajo y dejarla expuesta a la vista de sus compañeros? [Cas. Lab. 8119-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/Trabajandor-LPDerecho-218x150.png)

![Las medidas correctivas adoptadas tras un accidente laboral no liberan de responsabilidad al empleador [Resolución 0036-2026-Sunafil/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/accidente-laboral-construccion-indemnizacion-caida-lesiones-dano-LPDerecho-218x150.png)
![Contrato de suplencia es fraudulento cuando el trabajador no realiza las labores del trabajador al que supuestamente sustituye [Exp. 04386-2013-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Luz Pacheco sobre caso Cerrón: TC acordó que casos con repercusión política se verían antes de elecciones](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/Luz-Pacheco-Zerga-tribunal-constitucional-tc-LPDerecho-218x150.png)



![Declaran ilegal que municipalidad prohíba a personas naturales la organización de espectáculos públicos no deportivos [Res. 0043-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)


![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
















![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)

![[VÍDEO] Luz Pacheco sobre caso Cerrón: TC acordó que casos con repercusión política se verían antes de elecciones](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/Luz-Pacheco-Zerga-tribunal-constitucional-tc-LPDerecho-324x160.png)

![Posesión de cuatro municiones configura el delito de tenencia ilegal de armas, pues al tratarse de un delito de peligro abstracto, no requiere de una lesión efectiva del bien jurídico [Casación 1325-2025, La Libertad, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Juez que utiliza un elemento de conocimiento público, objetivo y accesible, como la búsqueda en Google, para contrastar el lugar consignado en las actas con lo declarado por los policiales, no implica la incorporación de una nueva prueba [Casación 424-2023, Amazonas, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-100x70.jpg)


![[VÍDEO] Luz Pacheco sobre caso Cerrón: TC acordó que casos con repercusión política se verían antes de elecciones](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/Luz-Pacheco-Zerga-tribunal-constitucional-tc-LPDerecho-100x70.png)
