Comunicado en el Colegio de Abogados de Lima, publicado el 26 de mayo de 2020.
COMUNICADO
A través del Decreto Supremo N° 094-2020 PCM el Ejecutivo ha determinado las actividades económicas que se podrán realizar del 25 de mayo hasta el 30 de junio del presente año dentro del estado de emergencia nacional.
Una vez más se ven postergadas las actividades de los profesionales independientes, entre ellos los alagados los cuales no han sido considerados en ningún bono o auxilio respectivo, pese a ser uno de los primeros colegios profesionales en alcanzar la información correspondiente de los agremiados a la Presidencia del Consejo de Ministros – PCM a su solicitud.
Recientes declaraciones de la ministra de economía señorita María Antonieta Alva en un espacio periodístico mencionó que los abogados y otros profesionales no están considerados y sería normado en un próximo decreto Supremo.
Ante ello, EXIGIMOS una inmediata regulación toda vez que mas de 150,000 alagados en todo el país y 45,000 en Lima se han visto seriamente perjudicados en su economía sumado ello a la paralización de actividades del Poder Judicial, notarías, empresas y otras actividades vinculadas al que hacer profesional.
El Colegio de Abogados de Lima, no puede estar ajeno a la situación del país, sobre todo en el tema vinculado a la salud, razón por la cual vemos con preocupación como ha colapsado el sistema hospitalario a nivel nacional pese a los esfuerzos del gobierno, la población menos favorecida que es la mayoritaria, se ve diezmada día a día como lo podemos apreciar en la cifras oficiales; por ende urge adoptar medidas dentro del estado de emergencia, por lo cual PROPONEMOS que los sistemas privados de salud se pongan a disposición de la población cuyos costos deberán ser asumidos por el Estado, toda vez que la normativa vigente es insuficiente y no se está dando cumplimiento, exigiendo las clínicas privadas fuertes cantidades de dinero como garantía a una atención hospitalaria de la enfermedad, costos que no están al alcance de la población.
Para tal efecto se debe adoptar las medidas correctivas del caso, reservando el derecho de hacer llegar iniciativas legislativas en ese sentido al Congreso de la República, y que esta sea aprobada con la mayor celeridad del caso.
LA JUNTA DIRECTIVA
Miraflores, 26 de mayo del 2020




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