El Poder Judicial aprobó la nueva versión de la directiva que regula el uso del botón de Pánico, con el objetivo de optimizar el funcionamiento de este sistema de alerta dirigido a proteger a víctimas de violencia familiar y de género.
La nueva versión de la directiva actualiza la norma anterior del año 2022, en respuesta al aumento sostenido de casos de violencia registrados por el sistema judicial. Solo entre enero y noviembre de 2024, los juzgados otorgaron 14 873 medidas de protección a víctimas, en su mayoría mujeres.
Ante esta realidad, el Poder Judicial reconoce la necesidad urgente de fortalecer mecanismos de respuesta rápida como el botón de pánico, una aplicación que, al ser activada por la víctima, envía su ubicación en tiempo real a las autoridades competentes (policía o serenazgo), permitiendo una intervención inmediata.
Entre 2019 y 2024, se han instalado 17 663 aplicaciones del botón de pánico en los celulares de personas en situación de riesgo a nivel nacional. Según el Poder Judicial, esta herramienta supera las limitaciones de una llamada telefónica convencional, especialmente en situaciones de amenaza directa, inmovilidad o necesidad de discreción.
El anexo será publicado en la web institucional del PJ en el transcurso del día.
Aprueban la Directiva Nº 003-2025-CE-PJ, denominada “Disposiciones para la implementación del Servicio Judicial de Alerta: “Botón de Pánico” – Versión 002
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000134-2025-CE-PJ
Lima, 15 de abril del 2025
VISTOS:
El Oficio Nº 000463-2025-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial; y el Informe Nº 000398-2025-GAJ-GG-PJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Gerencia General del Poder Judicial, en atención a la Resolución Corrida Nº 000285-2025-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, tiene por objeto prevenir, erradicar y sancionar toda forma de violencia producida en el ámbito público o privado contra las mujeres por su condición de tales, y contra los integrantes del grupo familiar; en especial, cuando se encuentran en situación de vulnerabilidad, por la edad o situación física como las niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad. Para tal efecto, establece mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención y protección de las víctimas, así como reparación del daño causado; y dispone la persecución, sanción y reeducación de los agresores sentenciados con el fin de garantizar a las mujeres y al grupo familiar una vida libre de violencia asegurando el ejercicio pleno de sus derechos.
Segundo. Que, de acuerdo a lo manifestado por la Secretaria Técnica de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, en atención a la estadística del Poder Judicial, específicamente en los procesos judiciales en casos de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar, se otorgaron 14,873 medidas de protección (de enero a noviembre de 2024).
Tercero. Que, frente a esta situación resulta de imperiosa necesidad el uso del aplicativo “Botón de Pánico”, por constituir una herramienta tecnológica que permite que la persona violentada, al ejecutar la aplicación, envíe su ubicación geográfica en tiempo real a la central de monitoreo, a fin que la policía y/o serenazgo le brinde atención de manera efectiva, pronta y oportuna.
Cuarto. Que, la Secretaria Técnica de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, mediante el Informe Técnico Nº 000011-2025-ST-CJG-PJ de fecha 5 de marzo del 2025, propone efectuar algunas precisiones en la Directiva “Disposiciones para la implementación del servicio judicial Botón de Pánico” Versión 001, aprobada por Resolución Administrativa Nº 000443-2022-CE-PJ de fecha 22 de diciembre de 2022, para su mejor entendimiento.
Quinto. Que, la Subgerencia de Modernización a través de su Informe Nº 000056-2025-SM-GMPP-GG-PJ, manifiesta entre otros análisis que, entre el año 2019 a diciembre del 2024, se han efectuado 17,663 instalaciones del aplicativo del Botón de Pánico en los equipos móviles de las víctimas a nivel nacional, resultando una respuesta rápida en situaciones de emergencia que supera las limitaciones de una llamada telefónica tradicional, o cualquier otro medio de comunicación, que puede ser imposible en situaciones de inmovilidad, amenaza directa o cuando se requiere discreción.
Sexto. Que, la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto de la Gerencia General del Poder Judicial, a través del informe emitido por la Subgerencia de Modernización el que hace suyo, concluye que la propuesta de Directiva cumple con los requisitos establecidos en los numerales 6.4 y 6.7 de la Directiva Nº 004-2023-CE-PJ “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial” Versión 003”, emitiendo informe favorable para que se continúe con los trámites de aprobación de la propuesta de Directiva, ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
Sétimo. Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica después de evaluar los antecedentes presentados por el área técnica, así como por la Secretaría Técnica de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, de cuyo análisis emite opinión legal favorable, estableciendo que resulta necesario actualizar la Directiva “Disposiciones para la implementación del servicio judicial Botón de Pánico” Versión 001, teniendo en cuenta el alto índice de medidas de protección otorgadas en favor de mujeres violentadas, quienes requieren que la alerta Botón de Pánico sea atendida de manera inmediata por la magnitud de los hechos.
Octavo. Que el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del estado funcionen con celeridad y eficiencia; por lo que siendo así, resulta procedente aceptar la propuesta presentada;
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 571-2025 de la décima octava sesión continuada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 9 de abril de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 003-2025-CE-PJ, denominada “Disposiciones para la implementación del Servicio Judicial de Alerta: “Botón de Pánico” –Versión 002.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa Nº 000443-2022-CE-PJ, que aprobó la Directiva Nº 024-2022-CE-PJ, denominada “Disposiciones para la implementación del Servicio Judicial de Alerta: “Botón de Pánico”, Versión 001; así como cualquier otra disposición que se oponga a la presente resolución.
Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), para su difusión y cumplimiento.
Artículo Cuarto.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta