Conclusión plenaria. El Pleno adoptó por UNÁNIMIDAD la segunda ponencia que enuncia lo siguiente:
La resolución de requerimiento de pago basta que se notifique en el domicilio procesal, a excepción del caso de rebeldía que deberá efectuarse en el domicilio declarado en RENIEC.
Pleno Jurisdiccional Distrital Penal
Corte Superior de Justicia de Junín
Acta de Sesión Plenaria
En la ciudad de Huancayo, siendo las nueve horas del día martes veintinueve de diciembre de dos mil quince, se reunieron en el Auditorio de la Corte Superior de Justicia de Junín, ubicado en su sede central, los señores jueces de todos los niveles que integran este Distrito Judicial, cuya relación se detalla en el anexo 01 (Lista de Asistentes), con la finalidad de desarrollar los trabajos de talleres correspondientes al Pleno Jurisdiccional Distrital Penal de la Corte Superior de Justicia de Junín.
[…]
Tema N° 02:
Notificación del requerimiento de pago en domicilio real o procesal del denunciado
Ponencias:
Primera ponencia:
La resolución de requerimiento de pago debe notificarse en el domicilio real, no siendo necesaria la notificación en el domicilio procesal. En razón que disponerse la notificación en ambos domicilios produciría que los abogados planten cuestiones previas.
Segunda Ponencia:
La resolución de requerimiento de pago basta que se notifique en el domicilio procesal, a excepción del caso de rebeldía que deberá efectuarse en el domicilio real.
Señala que este proceso ha nacido en un proceso civil en el que se ha respetado el debido proceso; por tal sentido el emplazamiento deberá efectuarse en el domicilio procesal señalado en el proceso de alimentos o aumento o reducción de alimentos.
Debate:
Luego de leída las conclusiones arribadas en los grupos de trabajo, el Presidente de la Comisión de Actos Preparatorios, doctor César Proaño Cueva, concede el uso de la palabra a los jueces asistentes que deseen hacer uso de la palabra:
Doctor Neil Ávila: Indica que ahora en los procesos se exige la notificación en el domicilio real, procesal y electrónico
Doctor Nick Olivera: Indica que no se está tomando en cuenta los casos de rebeldía, ya que el procesado no cuenta con domicilio procesal, de ser así se debería notificar en su domicilio real.
Doctor Cleto Quispe: Indica que sea cual sea el domicilio donde se va a notificar, solo deberá efectuarse en un solo domicilio, más no en todos.
Doctor Miguel Ángel Maro: Señala que es obvio que si el obligado no cuenta con un domicilio procesal se le deberá notificar en su domicilio declarado en el RENIEC.
Momento de la votación:
Concluido el debate plenario, el Presidente de la Comisión de Actos Preparatorios, doctor César Proaño Cueva, invitó a los señores jueces superiores participantes a emitir su voto respecto de las ponencias propuestas, siendo el resultado siguiente:
- Primera ponencia: 0
- Segunda ponencia: Unánime
- Abstenciones: Ninguna
CONCLUSIÓN PLENARIA:
El Pleno adoptó por UNÁNIMIDAD la segunda ponencia que enuncia lo siguiente:
La resolución de requerimiento de pago basta que se notifique en el domicilio procesal, a excepción del caso de rebeldía que deberá efectuarse en el domicilio declarado en RENIEC.
[…]
![La exclusión de pruebas irregulares no conlleva una nulidad de la sentencia cuando existe suficiente caudal probatorio lícito [Casación 3737-2023, Amazonas]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre un proceso penal garantista en casos de violencia. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/CLASE-MODELO-SUSANA-CASTANEDA-OTSU-BANNER-218x150.jpg)
![Ley contra el Crimen Organizado (Ley 30077) [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-crimen-organizadoLEY-30077-lpderecho-218x150.jpg)

![TC: Seis reglas de interpretación constitucional sobre la duración y extinción del CAS, respecto de los artículos 5 y 10.f del DL 1057, modificados por la Ley 31131 [Exp. 00013-2021-PI/TC, f. j. 116]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-22-218x150.jpg)
![Interpretación sobre la Ley de Áreas Naturales Protegidas (Ley 26834): El establecimiento de una «zona de aprovechamiento directo» no implica que esté permitida la extracción a mayor escala de sus recursos, pues no se condice con el objetivo de evitar la extinción de especies de flora y fauna silvestre (caso Reserva Nacional de Paracas) [Acción Popular 19816-2024, Lima, ff. jj. 4.10-4.12]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-ARTICULO-CONSTITUCIONAL-23-218x150.jpg)


![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)













![Suspenden plazos procesales y administrativos en estos órganos jurisdiccionales y administrativos [RA 000031-2026-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/placio-de-justicia-pj-poder-judicial-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)

![TC ordena a ONP abonar a sucesión procesal de trabajador minero fallecido el pago de pensiones devengadas de invalidez a partir de 1972 [Exp. 01932-2025-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)


![Declaran reservada información de operativos durante estados de emergencia [Decreto Legislativo 1734]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/normas-legales-estado-de-emergencia-LPDerecho-218x150.png)
![Implementan el mecanismo de identificación de titularidades financieras [Decreto Legislativo 1732]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/SBS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TUO del Reglamento General de los Registros Públicos (Resolución 126-2012-Sunarp-SN) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/TUO-del-Reglamento-general-registros-publicos-LPDerecho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-REGLAMENTO-NOTARIAL2-218x150.jpg)
![Código de Responsabilidad Penal de Adolescentes [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/CODIGO-DE-RESPONSABILIDAD-PENAL-DE-ADOLESCENTES-DECRETO-LEGISLATIVO-1348-ACTU-LPDERECHO-218x150.jpg)









![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)
![Nombre del año 2026: Año de la Esperanza y el Fortalecimiento de la Democracia [Decreto Supremo 011-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/12/palacio-gobierno-1-LPDerecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)






![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Adquisición inscrita no puede oponerse a transferencia mediante escritura pública si comprador no realizó verificación posesoria [Casación 1634-2015, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/casa-desalojo-vivienda-renta-mazo-civil-posesion-bien-construccion-mala-fe-ocupacion-LPDerecho-324x160.png)