Las pistas y otras obras públicas en tu barrio podrían ejecutarse más rápido. La nueva Ley de Contrataciones Públicas (Ley 32069) permitirá a los municipios encargar la ejecución completa de una obra a una sola empresa. Así, un mismo contratista podría diseñar, construir y mantener la pista, evitando retrasos en su culminación.
La abogada Sharon Grados, especialista en contrataciones públicas, explicó que la nueva ley ayudará a reducir demoras en la construcción de obras como pistas y puentes. Destacó que permite a una misma empresa asumir varias las etapas de un proyecto, desde el diseño hasta la operación y el mantenimiento.
Antes, el contratista solo construía. Ahora, puede hacer el diseño y la construcción de esta pista. Además, ya no será necesaria otra contratación para la operación, sino que, en una primera contratación, el contratista ofertará el diseño, la construcción, la operación y el mantenimiento.
Así explicó que antes las municipalidades realizaban múltiples contrataciones para una misma obra. Así se advierte en el artículo 158.C de la nueva Ley de Contrataciones con el Estado:
Artículo 158. Tipos de sistemas de entrega de obras
La entidad contratante determina uno de los siguientes sistemas de entrega de obra:
c) Diseño, construcción, operación y mantenimiento: el contratista es responsable de la elaboración del expediente técnico, la ejecución de la obra, así como de la operación y mantenimiento durante el periodo que la entidad contratante determine, considerando la vida útil del activo.
Inscríbete aquí Más información
Obra paralizada por falta de un responsable único
Sharon Grados señaló que los errores en los expedientes técnicos han sido una de las principales causas de retraso en las obras públicas. Antes, si se detectaba un fallo en el diseño de una pista, la municipalidad debía iniciar un proceso para determinar responsabilidades, lo que paralizaba la construcción y alargaba los plazos.
Si no se corregían esos errores, la obra quedaba paralizada porque había que determinar quién era responsable y, en algunos casos, iniciar un proceso de controversia con el proyectista. Ahora, si se contrata a un solo responsable para diseñar y construir, estos problemas ya no tendrán que ser trasladados a otro proyectista, lo que reducirá la burocracia y agilizará los plazos.
La especialista explicó que la nueva norma permitirá a las municipalidades contratar empresas que también gestionen todo el proceso de la obra. Cuando se construye una pista u otra obra pública, pueden surgir retrasos por la cantidad de empresas involucradas en distintas etapas.
Cuando hablamos de un gestor de gestión de diseño y construcción por riesgo, el contratista tiene la responsabilidad por resultados. Ya no se trata de una responsabilidad de medios ni de obligaciones de medios, sino de obligaciones de resultado. ¿Qué quiere decir? El contratista tendrá que asumir la responsabilidad de la coordinación y administración de los subcontratistas para que la obra se entregue en los términos que la entidad plantea.
Así advierte el artículo 158.D sobre tipos de sistemas de entrega de obras. En este caso, gestiona todo el proceso. El contratista buscará contrata a los especialistas, supervisa cada etapa y se asegura de que el proyecto avance sin interrupciones.
Para acceder al video clic AQUÍ:

![La falta de notificación al imputado del auto que concede el recurso de casación planteado por el fiscal lesiona su derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 8] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)


![A pesar de que no le corresponde a la Sala Penal de la Corte Suprema notificar el auto que concedió el recurso de casación, sí le es exigible verificar que ello se haya realizado, pues existe un especial deber de protección del derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![El trabajador que solicita la nulidad del despido no se encuentra liberado de su carga probatoria, sino que tiene la obligación de aportar indicios razonables del despido [Casación Laboral 18431-2023, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi multa a BBVA con más de S/1.5 millones por realizar llamadas spam [Resolución Final 083-2025/CC3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/banner-bbva-logo-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[Balotario notarial] Registros notariales: registro de testamentos, de protestos, de bienes muebles, de asuntos no contenciosos](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/REGISTROS-NOTARIALES-ESPECIALIZADOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Balotario notarial] Escritura pública, minuta y protocolización: concepto, estructura y formalidades esenciales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Escritura-Publica-en-el-Peru-218x150.jpeg)



![La indemnización por daños y perjuicios ocasionados por un despido incausado, no puede equiparse a las remuneraciones que se dejaron de percibir por esta causa de despido [Casación 18589-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Qué ocurre si una entidad no entrega la información solicitada por el portal de transparencia o no responde dentro del plazo legal? [Informe Técnico 002766-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)





![Lineamientos sobre la designación y funciones del oficial de integridad electoral [Resolución 000021-2026-P/JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/JNE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)





![[Entrevista] Hay indicios de falsedad ideológica: abogado sobre denuncia contra funcionario del INPE por donación irregular de terreno de Challapalca](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/BANNER-GENERICO-ABOGADOPENALISTA-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)


![[Balotario notarial] Registros notariales: registro de testamentos, de protestos, de bienes muebles, de asuntos no contenciosos](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/REGISTROS-NOTARIALES-ESPECIALIZADOS-LPDERECHO-100x70.jpg)
![[Balotario notarial] Escritura pública, minuta y protocolización: concepto, estructura y formalidades esenciales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Escritura-Publica-en-el-Peru-100x70.jpeg)
![La falta de notificación al imputado del auto que concede el recurso de casación planteado por el fiscal lesiona su derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 8] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-100x70.jpg)
![A pesar de que no le corresponde a la Sala Penal de la Corte Suprema notificar el auto que concedió el recurso de casación, sí le es exigible verificar que ello se haya realizado, pues existe un especial deber de protección del derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-100x70.jpg)

