El reconocido profesor Raúl Canelo Rabanal acaba de publicar su reciente libro intitulado La prueba en el derecho procesal, que se presentará este miércoles 13 de setiembre, a las 7:00 p.m. en el Aula Magna de la Universidad de Lima.
Esta nueva publicación del distinguido procesalista comprende, en sus 630 páginas, un desarrollo integral de la finalidad de la prueba desde la óptica de diversos enfoques del conocimiento, valiéndose de la filosofía, la epistemología y de una mirada histórica para dar a conocer la “razón de ser de cada institución procesal”. Incluye, además, legislación procesal y jurisprudencia que contribuyen a una mejor lectura e identificación de las instituciones procesales reguladas en nuestro Código Procesal Civil.

Cabe mencionar que la presentación del libro estará a cargo del doctor Augusto Ferrero Costa, quien acaba de asumir la magistratura del Tribunal Constitucional, así como de las destacadas profesoras María Elena Guerra Cerrón, Elizabeth Mac Rae y Virginia Pardo Iranzo.
Están todos cordialmente invitados.
Augusto Ferrero Costa
Es abogado y profesor emérito en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y de la Universidad de Lima. Fue embajador del Perú en Italia y representante permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO). Actualmente es miembro del Tribunal Constitucional.

María Elena Guerra Cerrón
Abogada por la PUCP. Máster en Derecho Empresarial por la Universidad de Lima. Doctora en Derecho por la UNMSM. Con estudios de Maestría en Derecho Procesal Constitucional en la Universidad Lomas de Zamora, Buenos Aires. Docente de la UNMSM y de la Universidad de Lima. Fiscal Superior Civil.
Elizabeth Mac Rae
Abogada por la Universidad Católica del Perú. Magíster por la Universidad de Jaén- España, y por la Universidad San Martín de Porres. Actualmente se desempeña como jueza
suprema de la Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia. Docente de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima.
Virginia Pardo Iranzo
Profesora Titular de Derecho Procesal de la Universitat de València. Licenciada en derecho (1995) y Doctora en Derecho (2000) por la misma universidad.
Ha realizado estancias de investigación en las universidades de Friburgo, Florencia, Génova, Nueva York y Londres y estancias docentes en las Universidades de Toulouse (Francia), Varsovia (Polonia) y Santa Cruz de la Sierra (Bolivia).
![La calificación jurídica formulada en la acusación tiene carácter postulatorio o provisional, lo que permite su adecuación a través de la imputación alternativa, subsidiaria o la desvinculación procesal, mecanismo que faculta al juez a realizar una realineación de la calificación jurídica conforme a los hechos probados en el plenario [Casación 863-2022, Arequipa, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-TRIBUNAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![El título de intervención delictiva forma parte fundamental en la construcción del principio de imputación necesaria y resulta trascendente para la evaluación de la tipicidad, tanto objetiva como subjetiva, pues de dicha atribución depende la definición del objeto del proceso y el debate [Casación 2179-2023, Moquegua, f. j. 2]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/banner-audiencia-judicial-LPDerecho-218x150.jpg)

![El control de la acusación se estructura en dos niveles: un control formal, previo al análisis de mérito, orientado a verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 349.1 del NCPP; y un control sustancial, referido al análisis de fondo para determinar la viabilidad de la acusación respecto de los cargos objeto de investigación: elemento fáctico, elemento jurídico, elemento personal, presupuestos procesales vinculados a la vigencia de la acción penal y elementos de convicción suficientes (artículo 344.1 del NCPP) [Acuerdo Plenario 6-2009/CJ-116, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/palacio-de-justicia-fachada-pj-LPDerecho-218x150.jpg)
![Multan al BCP por incumplir con el beneficio «cashback» ofrecido a usuario de tarjeta de crédito [Res. Final 0014-2026/Indecopi-AQP]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/Indecopi-inicio-investigacion-preliminar-al-BCP-ante-reclamos-reportados-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)




![¿Cuál es la primera oportunidad que tiene el trabajador para rechazar la indemnización por despido arbitrario? [Cas. Lab. 41369-2022, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Para la configuración de una infracción insubsanable, el inspector debe demostrar que el incumplimiento ha generado un efecto irreversible [Resolución 0282-2026-SUNAFIL/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/sunafil-fachada-LPDerecho-218x150.jpg)

![¿Es válido el despido del trabajador por miccionar en una bolsa dentro del área de trabajo y dejarla expuesta a la vista de sus compañeros? [Cas. Lab. 8119-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/Trabajandor-LPDerecho-218x150.png)



![Dos características definitorias del ejercicio del derecho de resistencia: su carácter no violento, y la necesidad de que pretenda la pública exaltación de principios constitucionales establecidos (Colombia) [Sentencia T-571/08, f. j.16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![Sunarp aprueba la ampliación del servicio de certificado literal de título archivado vía SPRL [Resolución 00035-2026-Sunarp/SN] Cierres duplicidad partidas registrales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/BANNER-SUNARP-PLATAFORMA-VIRTUAL-LP-DERECHO-218x150.jpg)
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![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
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