Publicado en el diario oficial El Peruano, el 15 de mayo de 2019.
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 141-2019-CE-PJ
Lima, 3 de abril de 2019
VISTO:
El Oficio N° 1688-2018-GG-PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que la Gerencia General del Poder Judicial remitió el Informe N° 191-2018-GRHB-GG-PJ, elaborado por la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, por el cual se recomendó la creación del Registro Nacional de Licencias y Permisos Sindicales – RNLPS; con la finalidad de controlar y monitorear el otorgamiento de tales licencias en los Distritos Judiciales del país.
Segundo. Que, las licencias y permisos sindicales a los integrantes de la junta directiva de las organizaciones sindicales de primer y segundo grado, se otorgan en la entidad al amparo de las disposiciones establecidas en la Ley del Servicio Civil, Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo; y Resolución Administrativa N° 023-A-87- DIGA/PJ, según corresponda.
Tercero. Que, a efectos de gestionar, monitorear y controlar a nivel nacional el otorgamiento de las licencias y permisos sindicales a los representantes de los trabajadores del Poder Judicial, resulta necesario contar con una plataforma electrónica que facilite a la entidad el cumplimiento de tales fines.
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Cuarto. Que, la gestión de dicha información es de competencia de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, a través de su Subgerencia de Relaciones Laborales; por lo que corresponderá a esta última tener la administración y mantenimiento de la mencionada plataforma.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 424-2019 de la décimo tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidias Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Crear el Registro Nacional de Licencias y Permisos Sindicales del Poder Judicial – RNLPS; que estará a cargo de la Subgerencia de Relaciones Laborales de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial la conformación de la comisión de trabajo para la estructuración e implementación del mencionado registro con un/a representante de la Gerencia General, un/a representante de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar; y tres representantes de la Subgerencia de Relaciones Laborales, la que deberá conformarse en un plazo de cinco días hábiles a partir del día siguiente de notificada la presente resolución.
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Artículo Tercero.- Disponer que la creación del mencionado registro se efectúe, en un plazo no mayor a noventa días hábiles.
Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura de Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO
Presidente
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