¿Qué aspectos legales considerar antes de comprar una casa o departamento?

Claudia Lucena Mayorga, socia del área inmobiliaria en Miranda & Amado, destaca seis puntos a tener en cuenta con relación al vendedor y al inmueble, además de la importancia de contar con la asesoría legal oportuna.

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Lima, febrero de 2023.- Aunque la coyuntura política y la convulsión social vienen influyendo en la demanda y oferta de proyectos inmobiliarios, el potencial de este sector continúa siendo enorme, considerando el gran déficit habitacional existente en el mercado peruano, que supera largamente el millón y medio de viviendas a nivel nacional.

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Por ello, ya sea por necesidad o por inversión, es primordial saber qué aspectos legales considerar antes de adquirir un departamento o una casa. Claudia Lucena Mayorga, socia del área inmobiliaria en Miranda & Amado, destaca seis puntos a tener en cuenta, entre otras recomendaciones:

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  1. Sobre el vendedor, confirmar que sea el titular registral. En caso de personas naturales debe determinarse el estado civil y en caso de personas casadas que no contaran con un régimen de separación de patrimonios inscrito, y deben participar ambos cónyuges en el contrato. En el caso de personas jurídicas, se debe revisar que el representante cuente con las facultades suficientes para disponer del bien.
  2. Sobre el bien materia de compra, confirmar que el área y la construcción corresponda a lo que se está adquiriendo. En el caso de compra de bien futuro (en planos) la verificación se realiza posteriormente, por lo que deben revisarse los planos y demás documentos que contienen las características que tendrá el bien futuro.
  3. También debe asegurarse que no existan cargas o gravámenes, o que estos vayan a ser levantados antes o con la compra.
  4. La información registral debe necesariamente complementarse con la revisión física del inmueble que permita determinar la situación física y la posesión del mismo. “Se debe confirmar que el poseedor sea el propietario registral que estaría actuando como vendedor”, añade.
  5. Tratándose de inmuebles en edificios o condominios, es importante también revisar el Reglamento Interno y otros aprobados por la Junta de Propietarios. Ello permitirá conocer cuáles son las áreas y los bienes comunes, el porcentaje de participación que corresponde al inmueble que se adquiere y la existencia de restricciones (por ejemplo, respecto de mascotas). Asimismo, se conocerán cuáles son los gastos comunes y el porcentaje de participación en los mismos que le corresponderá asumir al adquirente, comenta.
  6. En el caso de adquisición de bienes futuros (en planos)las fechas de entrega deben estar bien estipuladas, porque es lo que determinará, de ser el caso, el incumplimiento del vendedor y la posibilidad del adquirente de activar las penalidades y las garantías que se hubiesen previsto en el contrato. “En este tipo de contratación, el problema más recurrente suele estar en los plazos de entrega y en que este se cumpla de acuerdo a lo pactado en el contrato y cumpliendo con todas las características ofrecidas”, dice la abogada.

En tanto, la forma de resguardar al comprador de estos riesgos de incumplimiento es a través de contratos que contemplen medidas disuasivas ante los eventuales incumplimientos del vendedor y cuenten con las garantías suficientes para la restitución de lo pagado frente a un supuesto de resolución de contrato por incumplimiento, asegura.

Asesoría legal

Claudia Lucena también recomienda que -atendiendo al grado de inversión que supone la compra de un inmueble y a que en la mayoría de los casos existe una gran asimetría en la información entre vendedor y comprador- los adquirentes se asesoren legalmente previo a la compra. “Es importante reconocer la asimetría en la información entre vendedor y comprador, que puede conllevar a que el segundo no pueda prever algunas seguridades y garantías importantes al adquirir un bien futuro”, señala.

Y, aunque la intervención de las entidades financieras -ya sea para financiar el proyecto u otorgar un crédito al adquirente- supone un análisis previo del proyecto o del bien que será materia de adquisición por su área legal, la especialista también aconseja al adquirente contar con la asesoría de un especialista.

Sanciones y multas a inmobiliarias

Según información del Indecopi con respecto al sector construcción e inmobiliario, en el 2021 se impusieron 403 sanciones, por un monto total aproximado de 1,286.16 UIT; mientras que, en el 2022, se impusieron 376 sanciones por un monto total aproximado de 878.17 UIT. Las multas impuestas oscilaron entre 0.50 UIT hasta, como máximo, 15 UIT, y con un promedio de 2 UIT por infracción.

Durante el período 2021-2022, la mayoría de las sanciones impuestas correspondieron a infracciones al artículo 19 de la Ley 29571 – Código de Protección y Defensa del Consumidor, que prevé que “el proveedor responde por la idoneidad y calidad de los productos y servicios ofrecidos (…)”.

La especialista en derecho inmobiliario, sostiene que dicha norma viene siendo aplicada a las inmobiliarias denunciadas, principalmente, por incumplimiento en los tiempos de entrega de los inmuebles adquiridos y en los referidos a la formalización de la propiedad (independización de las unidades inmobiliarias o inscripción de la Declaratoria de Fábrica, entre otras).

Finalmente, Lucena recuerda que, el año pasado la Comisión de Protección al Consumidor No. 3 del Indecopi, sancionó en primera instancia a 7 inmobiliarias y a sus gerentes con una multa total de 96.85 UIT; a estos últimos se les impuso la sanción en su calidad de representantes y responsables solidarios, al considerarse que participan del planeamiento, realización y/o ejecución de la infracción cometida por sus respectivas empresas.

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