Artículo 881.- Noción de Derechos Reales
Son derechos reales los regulados en este Libro y otras leyes.
Concordancias
C: arts. 2.16, 70-73; CC: arts. 1026, 1030, 1035, 2088, 2092, 2093; CPC: art. 24
Jurisprudencia del artículo 881 del Código Civil
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Tribunal Registral
- Constitución de derecho de subsuperficie resulta admisible al permitirse constituir derechos sobre derechos [Resolución 1180-2010-Sunarp-TR-L] Link: lpd.pe/2MP48
- Carga de índole personal es de naturaleza real si garantiza obligación de propietario de efectuar aportes [Resolución 2926-2022-Sunarp-TR] Link: lpd.pe/0B7dZ
- Cesión de derechos procesales no se constituye en acto inscribible al carecer contenido real [Resolución 487-2019-Sunarp-TR-T] Link: lpd.pe/pxzRM
- Discordia: Coordenadas UTM de predio no constituyen actos inscribibles al no generar mutación jurídico real del predio [Resolución 032-2018-Sunarp-TR-L] Link: lpd.pe/0YNBB
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
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