Jurisprudencia del artículo 346 del Código Penal.- Rebelión

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].

Artículo 346.- Rebelión*
El que se alza en armas para variar la forma de gobierno, deponer al gobierno legalmente constituido o suprimir o modificar el régimen constitucional, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de veinte años.

*Artículo modificado por la Ley 29460, publicada el 27 de noviembre de 2009 (link: bit.ly/3YsOjof)


Concordancias

C: arts. 2.11, 3, 45, 46, 90, 110, 138, 169; CP: arts. 12, 23, 29, 30.1, 92, 93, 351, 352, 353; NCPP: arts. 262, 268.


Jurisprudencia del artículo 346 del Código Penal

  • Corte Suprema

    1. NUEVO: Desarrollo típico del delito de rebelión y análisis del elemento «alzamiento armado» [AV 13-2014, Lima]. Link: lpd.pe/0QKvm
    2. NUEVO: El elemento «alzamiento armado» genera la distinción entre el delito de rebelión y una simple manifestación [AV 13-2014, Lima]. Link: lpd.pe/pZ4b6
    3. Delito de rebelión: Definición, naturaleza, teorías y aplicación práctica (caso Antauro Humala) [RN 890-2010, Lima]. Link: bit.ly/3F2WMWO
    4. NUEVO: La rebelión es un delito de «consumación anticipada» (de resultado cortado), cuya consumación se produce sin necesidad de que, en el plano subjetivo, se haya materializado el propósito último de los autores (caso Antauro Humala) [RN 890-2010, Lima]. Link: lpd.pe/kjVPX
    5. NUEVO: La rebelión es un delito de peligro, pues se perfecciona típicamente cuando comienza el alzamiento de armas y no cuando termina la extinción o modificación de los poderes constitucionales del Estado (caso Antauro Humala) [RN 890-2010, Lima]. Link: lpd.pe/k8Edg
    6. NUEVO: La rebelión no se caracteriza por la acción misma, colectiva y hostil, sino que debe ser expresión de los fines típicos (variar la forma de gobierno, deponer al gobierno legalmente constituido, suprimir o modificar el régimen constitucional) (caso Antauro Humala) [RN 890-2010, Lima]. Link: lpd.pe/pnYeR
    7. NUEVO: Aprobar el mensaje presidencial no es propiamente un acto de intervención delictiva del tipo legal de rebelión (caso Pedro Castillo) [Apelación 242-2024, Suprema]. Link: lpd.pe/13KK3Y
    8. [NUEVO] Bien jurídico protegido y naturaleza típica del delito de rebelión (caso Pedro Castillo) [Apelación 171-2023, Suprema]. Link: lpd.pe/peq71
    9. NUEVO: El delito de rebelión requiere, además del dolo, elementos subjetivos tendenciales: levantarse desobedeciendo o resistiendo colectivamente a alguien; el alzamiento debe apoyarse en la disposición de armas por los alzados o parte de ellos; e idoneidad para salir airosos en el objetivo perseguido (caso Pedro Castillo) [Apelación 171-2023, Suprema]. Link: lpd.pe/SxmB5M
    10. NUEVO:  La conducta típica del delito de rebelión «alzarse en armas » implica que el alzamiento debe manifestarse en armas sin que resulte necesario que lleguen a utilizarse (caso Pedro Castillo) [Apelación 171-2023, Suprema]. Link: lpd.pe/2G911
    11. NUEVO: El alzamiento armado puede asumir formas externamente tranquilas, siempre y cuando se configure como idóneo (riesgo real para poner realmente en peligro el bien jurídico protegido) (caso Pedro Castillo) [Apelación 171-2023, Suprema]. Link: lpd.pe/pJK1A
    12. NUEVO: La rebelión no importa que todos los que pluralmente intervengan deban portar armas; basta con que estén integrados en el alzamiento mismo y tengan encomendadas labores de cualquier naturaleza (financiamiento, organización, coordinación, relaciones exteriores, inteligencia, etc.) (caso Pedro Castillo) [Apelación 256-2022, Suprema]. Link: lpd.pe/kAfnyV
    13. Anunciar públicamente un autogolpe, sin que se consuma, puede considerarse como ejecución imperfecta (caso Pedro Castillo) [Apelación 248-2022, Lima]. Link: bit.ly/3z2UBze
    14. NUEVO: La calificación de politicidad del hecho nuclear (rebelión o sedición) en nada afecta la legitimidad de su persecución y represión (caso Antauro Humala) [Revisión de Sentencia 4-2014]. Link: lpd.pe/pAQ1z
    15. El delito de rebelión no solo tiene un carácter jurídico-penal, sino también «político» [Expediente AV 13-2014, Lima]. Link: bit.ly/3Z9Yhda
  • Tribunal Constitucional

    1. NUEVO: Reconocer un delito de rebelión para policías y militares, distinto del aplicable al resto de ciudadanos, implicaría afirmar que estos tienen un deber de diferente intensidad respecto de la fidelidad al orden constitucional [Exp. 00022-2011-PI/TC]. Link: lpd.pe/peJMK
    2. El TC es el primer garante del «orden constitucional» y «gobierno legítimamente constituido» [Exp. 03203-2008-PHC/TC]. Link: bit.ly/3TBcxKN
  • Derecho comparado

    1. NUEVO: La estructura típica del delito de rebelión o sedición exige la presencia de un sujeto plural que pretende, por la vía de las armas, derrocar un régimen o interrumpir su normal funcionamiento (Colombia) [Sentencia C-577-14]. Link: lpd.pe/2MK1Z
    2. NUEVO: La rebelión comporta un hecho punible de menor entidad respecto de la financiación del terrorismo y la administración de recursos relacionados con actividades terroristas (Colombia) [SP13938-2014]. Link: lpd.pe/2yMPB8
    3. La sola pertenencia del sujeto al grupo subversivo configura el delito de rebelión (Colombia) [Radicación 50874]. Link: bit.ly/3JI8rvS
    4. El delito de rebelión es de consumación anticipada y de resultado cortado (España) [STS 459/2019]. Link: bit.ly/42E8Wjh
    5. NUEVO: La violencia penalmente relevante en el delito de rebelión es solamente aquella que se vincula al tiempo de producirse directamente con el objetivo que constituye la finalidad típica (España) [STS 459/2019]. Link: lpd.pe/2MK1gp
    6. NUEVO: • El vocablo «alzamiento» en el delito de rebelión no se vincula de modo exclusivo con el empleo de la violencia (España) [STC 46/2022]. Link: lpd.pe/pxVEW
    7. NUEVO: El carácter plurisubjetivo del delito de rebelión hace perfectamente explicable un reparto de cometidos en el que la coincidencia en la finalidad anima la acción (España) [STC 184/2021]. Link: lpd.pe/ppYW18
    8. NUEVO:  La sección 3 de la décimo cuarta Enmienda no puede ser empleada para definir los límites de la aplicación federal de la insurrección y la rebelión, dado que dicha labor le corresponde al Congreso (Estados Unidos) [Trump vs. Anderson]. Link: lpd.pe/k4ELz

LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected]
Comentarios: