Artículo 310.- Orden de inhibición
1. El Fiscal o el actor civil, en su caso, podrán solicitar, cumplidos los requisitos establecidos en el artículo 303°, que el Juez dicte orden de inhibición para disponer o gravar los bienes del imputado o del tercero civil, que se inscribirá en los Registros Públicos.
2. Rige, en lo pertinente, lo dispuesto en el Título anterior.
Concordancias
NCPP: arts. 45, 302, 303 y ss.
Jurisprudencia del artículo 310 del Código Procesal Penal
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Corte Suprema
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- Para imponer una medida de coerción real se necesitan los presupuestos fumus delicti comissi y periculum in mora (doctrina legal) [AP 7-2011/CJ-116]. Link: bit.ly/3dF5b8d
- Proporcionalidad: Valor del bien embargado o inhibido no puede ser mayor al monto de la reparación civil [Casación 564-2019, Arequipa]. Link: bit.ly/3TfH5RL
- Lavado de activos: Diferencia entre incautación, inhibición y embargo (caso Melgar) [Casación 564-2019, Arequipa]. Link: bit.ly/3d7lKcB
- Diferencia entre la «inhibición» e «incautación» [Casación 1100-2019, Apurímac]. Link: bit.ly/3QjXfaf
- Procede orden de inhibición, cuando el embargo no es efectivo, por desconocerse los bienes concretos del obligado o si estos no cubren el daño [Casación 864-2017, Nacional]. Link: bit.ly/3UmrwHp
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Corte Superior
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- Diferencia entre embargo e inhibición [Exp. 00007-2020-19]. Link: bit.ly/3zAFsVw
- Orden de inhibición para disponer de bienes sí puede ser dictada en diligencias preliminares (caso Pedro Kuczynski) [Exp. 00019-2018-4]. Link: bit.ly/3P04tza
- Duración de la orden de inhibición está sujeta al término del proceso (caso Pedro Kuczynski) [Exp. 00019-2018-4]. Link: bit.ly/3NsJLJ4
- Orden de inhibición no está limitada a un monto determinado, el embargo sí (caso Odebrecht) [Exp. 00017-2017-2]. Link: bit.ly/3Q0b1zi
- El trámite de medidas cautelares reales —desalojo preventivo, embargo u otras— debe ser notificado al afectado [Acuerdo 5-2018-SPS-CSJLL]. Link: bit.ly/3P4YedH
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Procesal Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
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