Artículo 30.- [Requisitos para la ciudadanía]
Son ciudadanos peruanos mayores de dieciocho años. Para el ejercicio de la ciudadanía se requiere la inscripción electoral.
Concordancias
C: arts. 2.17, 24, 31, 33, 35, 42, 52, 107, 124, 147, 153, 162, 176, 183; CADH: art. 23.2.
Jurisprudencia del artículo 30 de la Constitución
-
Tribunal Constitucional
- Derechos constitucionales como la obtención de pasaporte y la inscripción en el registro electoral están sujetos a requisitos legales, estos deben ser viables para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos ciudadanos [Exp. 0264-97-AA/TC, f. j. 2]. Link: lpd.pe/NDmVv
- Fundamento de voto: La falta de inscripción en el registro electoral impide el ejercicio de los derechos derivados de la ciudadanía, pese al cumplimiento de la mayoría de edad [Exp. 05324-2015-PHC/TC, ff. jj. 1-5]. Link: lpd.pe/z43kZ
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Comentarios:
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