Artículo 181-B.- Formas agravadas*
En los casos de los delitos previstos en los artículos 179, 181 y 181-A, cuando el agente sea el padre o la madre, el tutor o curador, en la sentencia se impondrá, además de la pena privativa de libertad que corresponda, la pena accesoria de inhabilitación a que se refiere el numeral 5) del artículo 36.
*Artículo incorporado por la Ley 29194, publicada el 25 de enero de 2008 (link: bit.ly/3qf3SDq).
Concordancias:
C: arts. 1, 2.1; CP: arts. 36.5, 179, 180, 181, 181-A.
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Penal. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
Comentarios: