Artículo 1681.- Obligaciones del arrendatario
El arrendatario está obligado:
1. A recibir el bien, cuidarlo diligentemente y usarlo para el destino que se le concedió en el contrato o al que pueda presumirse de las circunstancias.
2. A pagar puntualmente la renta en el plazo y lugar convenidos y, a falta de convenio, cada mes, en su domicilio.
3. A pagar puntualmente los servicios públicos suministrados en beneficio del bien, con sujeción a las normas que los regulan.
4. A dar aviso inmediato al arrendador de cualquier usurpación, perturbación o imposición de servidumbre que se intente contra el bien.
5. A permitir al arrendador que inspeccione por causa justificada el bien, previo aviso de siete días.
6. A efectuar las reparaciones que le correspondan conforme a la ley o al contrato.
7. A no hacer uso imprudente del bien o contrario al orden público o a las buenas costumbres.
8. A no introducir cambios ni modificaciones en el bien, sin asentimiento del arrendador.
9. A no subarrendar el bien, total o parcialmente, ni ceder el contrato, sin asentimiento escrito del arrendador.
10. A devolver el bien al arrendador al vencerse el plazo del contrato en el estado en que lo recibió, sin más deterioro que el de su uso ordinario.
11. A cumplir las demás obligaciones que establezca la ley o el contrato.
Concordancias
CC: arts. 1673, 1674, 1679, 1681.
Jurisprudencia del artículo 1681 del Código Civil
-
Corte Suprema
- Club Universitario de Deportes no está obligado a pagar por alquiler de edificio al acreditarse entrega de llaves del inmueble al propietario [Casación 2232-1997, Lima]. Link: lpd.pe/0NWD9
- Empresa arrendataria debe indemnizar a arrendador, pues su empleado usó imprudentemente el vehículo alquilado, quedando destruido en accidente de carretera [Casación 63-2018, Lambayeque]. Link: lpd.pe/pLW9e
-
Corte Superior
- Arrendataria debe pagar rentas vencidas al no acreditar con prueba idónea que devolvió inmueble a arrendadora antes del vencimiento del contrato [Exp. 470-99-0]. Link: lpd.pe/pAXBe
- Arrendatario debe restituir inmueble a anticipada que asumió condición de arrendadora al haberse vencido plazo del contrato de arrendamiento [Exp. 18304-2018-0]. Link: lpd.pe/28RoP
- Desalojo: No corresponde reembolsar a arrendatario por mejoras realizadas sin asentimiento del arrendador, debiendo reclamarlo en la vía correspondiente [Exp. 01696-2016-0]. Link: lpd.pe/2oojW
- Empresa constructora actuó con dolo al incumplir obligación, pues subarrendó camioneta alquilada y la destinó para uso distinto al pactado [Exp. 02205-2013-0]. Link: lpd.pe/27ONM
- Empresa arrendataria indemnizará a arrendador que no devolvió vehículo alquilado a causa de uso imprudente, pues quedó siniestrado en accidente por trabajador [Exp. 01794-2013-0]. Link: lpd.pe/0mD41
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Comentarios:
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