Jurisprudencia del artículo 1357 del Código Civil.- Garantía y seguridad del Estado

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Artículo 1357.- Garantía y seguridad del Estado
Por ley, sustentada en razones de interés social, nacional o público, pueden establecerse garantías y seguridades otorgadas por el Estado mediante contrato.


Concordancias

C: art. 62.


Jurisprudencia del artículo 1357 del Código Civil

  • Corte Suprema

  1. Procede la renuncia al régimen de estabilidad tributaria mediante contrato privado, quedando subsistente los regímenes de estabilidad administrativa y cambiaria [Casación 10744-2014, Lima]. Link: lpd.pe/Pv6mJ

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