Artículo 1327.- Liberación del resarcimiento
El resarcimiento no se debe por los daños que el acreedor habría podido evitar usando la diligencia ordinaria, salvo pacto en contrario.
Concordancias
CC: arts. 1314, 1326.
Jurisprudencia del artículo 1327 del Código Civil
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Corte Suprema
- Banco Scotiabank es responsable de asumir el pago de letras de cambio extraviadas, pues no fue diligente al contratar empresa de mensajería que no contaba con medidas de seguridad [Casación 934-2008, Lima]. Link: lpd.pe/p31oY
- Demandados no son responsables por la conducta omisiva de recurrentes que no observaron ni formularon contradicción por el monto alterado en la suscripción de hipoteca [Casación 547-2010, La Libertad]. Link: lpd.pe/25oN9
- Recurrente debe indemnizar al Estado frente a daños ocasionados por recepción del ascensor en desperfecto, pues no fue autorizado por asamblea universitaria ni participaron los jefes de almacén y abastecimiento [Casación 1533-2010, Puno]. Link: lpd.pe/2jEj6
- Ejecutado no puede atribuir la inejecución de la obligación al banco BBVA por apropiarse de dinero obrante en cuenta del deudor, pues ejecutante acreditó deuda con el pagaré [Casación 3009-2019, Selva Central]. Link: lpd.pe/kP4JM
- Banco Interbank que otorgó préstamo dinerario a demandante para pagarlo mediante descuentos por planilla es responsable por excesivas sumas descontadas y haberlo reportado como deficiente en Infocorp [Casación 4239-2009, Lima]. Link: lpd.pe/kvgA4
- Empresa de telefonía que arrendó vehículo al demandante debe resarcir los daños por no ser diligente al dejar conducir a choferes no profesionales y no contratar póliza de seguro para cubrir daños materiales [Casación 63-2018, Lambayeque]. Link: lpd.pe/29eKz
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Corte Superior
- Fiador es responsable solidario frente al acreedor por el incumplimiento contractual del deudor a quien, a través del contrato de fianza, garantizó su obligación [Exp. 00210-2019-0]. Link: lpd.pe/0egye
- Minedu no puede aspirar al resarcimiento si no ejecutó con diligencia el otorgamiento de carta poder en favor del consorcio para que pueda gestionar los certificados de depósito legal [Exp. 00261-2019-0]. Link: lpd.pe/2oNxx
- Debe imputarse el resarcimiento a Essalud por daños ocasionados a demandante que sufrió accidente en ambulancia, pues debió proporcionar medidas de seguridad sabiendo que conductor protagonizó otros accidentes [Exp. 08113-2017-0]. Link: lpd.pe/pRGJo
- Constructora no es responsable de los daños ocasionados a inversionistas demandantes por incumplir especificaciones de bienes entregados, pues actuó bajo la cláusula de libramiento de responsabilidad pactado en compraventa [Exp. 00294-2014-0]. Link: lpd.pe/031EY
- Minera es civilmente responsable frente a daños ocasionados al auxiliar de almacén que adquirió enfermedades de neumoconiosis e hipoacusia, pues no implementó las normas de seguridad para evitar riesgos [Exp. 13484-2019-0]. Link: lpd.pe/kjEb6
- Cencosud debe resarcir los daños ocasionados al demandante que sufrió accidente laboral al cargar un peso excesivo, pues, teniendo conocimiento de su enfermedad negligentemente, dispuso reubicarlo después de 2 años [Exp. 23813-2019-0]. Link: lpd.pe/2MGmv
- Trabajadora no puede exigir el resarcimiento por los daños ocasionados como consecuencia del despido arbitrario efectuado por empleadora, pues su derecho a obtener una indemnización había caducado [Exp. 13350-2020-0]. Link: lpd.pe/pnoBA
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Comentarios:

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