Artículo 1244.- Tasa de interés legal
La tasa del interés legal es fijada por el Banco Central de Reserva del Perú.
Concordancias
CC: arts. 1245, 1252, 1269, 1324, 1663; CPC: arts. 419, 423, 568, 628, 654, 676, 807.
Jurisprudencia del artículo 1244 del Código Civil
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Corte Suprema
- Pensiones devengadas no pagadas oportunamente por el concepto de nivelación de pensiones generan interés conforme a la tasa fijada por el BCR [Casación 2107-2020, La Libertad]. Link: lpd.pe/k44DM
- Resolución de Osinergmin es válida, pues la tasa de interés aplicable a las contribuciones reembolsables estaba fijada por BCR [Casación 9713-2012, Lima]. Link: lpd.pe/5Fser
- Para efectos del pago de los intereses generados por adeudos de carácter previsional, la tasa aplicable que debe ordenar el juez es la fijada por el BCR [Casación 14747-2014, Lima]. Link: lpd.pe/Az8hJ
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo del Código Civil. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
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