Publicado en el diario oficial El Peruano, el 13 de agosto de 2019.
Aprueban el Reglamento de la Escuela Nacional de Control
RESOLUCIÓN DE CONTRALORIA 240-2019-CG
Lima, 9 de agosto de 2019
VISTOS:
La Hoja Informativa N° 000012-2019-CG/ENC, de la Escuela Nacional de Control; el Memorando N° 000351-2019-CG/GMPL, de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; y, la Hoja Informativa N° 000326-2019-CG/GJN, de la Gerencia Jurídico Normativa, de la Contraloría General de la República;
CONSIDERANDO:
Que, el literal d) del artículo 15° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, establece que es atribución del Sistema Nacional de Control propugnar la capacitación permanente de los funcionarios y servidores públicos en materias de administración y control gubernamental, con el objetivo de consolidar, actualizar y especializar su formación técnica, profesional y ética. La Contraloría General de la República, a través de la Escuela Nacional de Control, ejerce un rol tutelar en el desarrollo de programas y eventos de esta naturaleza;
Que, la Tercera Disposición Final de la Ley N° 27785, señala que la Escuela Nacional de Control, en su condición de entidad educativa, está facultada para otorgar grados académicos de Maestro y de Segunda Especialización en Control Gubernamental, y que la Contraloría General de la República define su funcionamiento académico, administrativo y económico;
Que, la Contraloría General de la República se encuentra en un proceso de fortalecimiento institucional, con la finalidad de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y eficiente del control gubernamental, así como de optimizar sus capacidades orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción, es necesario que la Escuela Nacional de Control también desarrolle sus actividades académicas en sintonía con dichas exigencias;
Que, mediante Resolución de Contraloría N° 030-2019-CG, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, el mismo que en el literal b) del artículo 154, establece como función de la Escuela Nacional de Control proponer entre otros documentos su Reglamento; asimismo, el artículo 155 señala que la organización y funciones de la Dirección General, Dirección y subdirecciones, se desarrollan en el respectivo documento de gestión aprobado por Resolución de Contraloría;
Que, mediante Resolución de Contraloría N° 216-2017-CG, se aprueba el Reglamento de la Escuela Nacional de Control, que tiene como objeto establecer las disposiciones que regulan la gestión académica y administrativa de la Escuela Nacional de Control;
Que mediante Hoja Informativa N° 000012-2019-CG/ENC, la Escuela Nacional de Control propone un proyecto de “Reglamento de la Escuela Nacional de Control”, señalando en el numeral 2.9 de la citada hoja informativa, que dicho documento permitirá a la Contraloría General de la República, cumplir con su rol tutelar de propugnar la capacitación de los funcionarios y servidores públicos en materia de gestión pública y control gubernamental, dentro de un marco de modernidad y eficiencia en el manejo de los recursos públicos, contando con una organización administrativa y académica acorde con las exigencias de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, y al normativa interna de esta Entidad Fiscalizadora Superior, esto a efectos de cumplir con la potestad de otorgar el grado académico de Maestro y el Título de Segunda Especialidad Profesional en Control Gubernamental; así como satisfacer la demanda educativa del mercado para el desarrollo de servicios educativos y complementarios;
Que, el proyecto de Reglamento de la Escuela Nacional de Control cuenta con la conformidad de la Gerencia de Modernización y Planeamiento, tal como ha sido expuesto en el Memorando N° 000351-2019-CG/GMPL;
Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto resolutivo que apruebe el Reglamento de la Escuela Nacional de Control, cuyas disposiciones regulan su organización y actividades académicas, acorde con el proceso de fortalecimiento institucional en el que se encuentra la Contraloría General de la República, la demanda educativa y las exigencias contenidas en la normativa aplicable;
Que, conforme a lo informado por la Gerencia Jurídico Normativa mediante Hoja Informativa N° 000326-2019-CG/GJN, sustentada en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000334-2019-CG/AJ de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera viable jurídicamente la emisión de la Resolución de Contraloría que aprueba el Reglamento de la Escuela Nacional de Control, documento de gestión sustentado en la Hoja Informativa N° 000012-2019-CG/ENC de la Escuela Nacional de Control y en el Memorando N° 000351-2019-CG/GMPL de la Gerencia de Modernización y Planeamiento;
En uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Reglamento de la Escuela Nacional de Control, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría N° 216-2017-CG, así como todas aquellas disposiciones que se opongan al Reglamento que se aprueba en el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), así como en el Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELSON SHACK YALTA
Contralor General de la República
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