El 8 de marzo del 2023, el Juzgado Mixto-Nauta de la región de Loreto declaró al Río Marañón y sus afluentes como sujetos de derechos. El fallo también reconoció a las comunidades indígenas como guardianes, defensores y representantes del río.
No obstante, la defensa legal de Petroperú, la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y el Ministerio del Ambiente apelaron la decisión. La audiencia se lleva a cabo en la Corte Superior de Justicia de Loreto este jueves 9 de mayo.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) cuestionó la apelación ya que considera la medida como un avance en la protección del territorio y los derechos indígenas.
El Río Marañón como sujeto de derecho
La contienda legal inició en 2021 con una acción de amparo presentada por la presidenta de la Federación Huaynakana Kamatahura Kana y organismos de defensa ambiental internacionales.
De acuerdo a este recurso, la cosmovisión de la comunidad Kukama tiene la necesidad de proteger al Río Marañón porque «el río es sagrado, tiene espíritu, es un ser vivo y nos da la vida».
Además, señalan que ha sufrido diferentes daños a su ecosistema desde 1997 hasta el 2019. Hasta el momento, se ha registrado más de 60 derrames de petróleo atribuidos al Oleducto Norperuano administrado por Petroperú, según el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin).
Mira la transmisión completa aquí:
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![No se vulnera el derecho de defensa si la acusación contiene una calificación alternativa de un mismo delito en forma «dolosa» y «culposa» (Ministerio Público efectuó imputación principal por el delito de homicidio simple por dolo eventual y, como pretensión subsidiaria, por el delito de homicidio culposo contra el médico que inyectó aceite de silicona líquida en los glúteos de la agraviada, conociendo los efectos nocivos de esta sustancia) [Casación 82-2012, Moquegua, f. j. 6] Homicidio - cuchillo - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/Homicidio-cuchillo-LPDerecho-218x150.jpg)
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