Análisis jurídico sobre el juicio del Chavo del 8

El Chavo del Ocho es sinónimo de humor y sinónimo de Latinoamérica. Pero también puede aparecer en una conversación de tono jurídico, gracias a uno de sus episodios más memorables. Un capítulo que tiene un lugar especial en el corazón de todos los abogados gracias a una singular trama que incluye corrupción, asesinato y una sentencia controversial.

Antecedentes 

El episodio conocido como El juicio del Chavo es la secuela directa de un capítulo titulado El gato de Quico. Como bien spoilea el título, Quico recibe un gato de regalo por parte del profesor Jirafales. Pero la dicha no es mucha porque la mascota desaparece en extrañas circunstancias.

El hecho paraliza a la vecindad e inicia una búsqueda en la que participan todos los residentes de la zona, entre ellos el Chavo en la bicicleta del moroso Don Ramón. Pero su buen gesto se ve ensombrecido cuando atropella al animal y enluta a la familia de Doña Florinda.

Este grupo humano ya había demostrado anteriormente su vocación justiciera al exiliar al Chavo acusándolo de ratero, pero en esta oportunidad deciden elaborar un juicio que determine la inocencia o culpabilidad del huérfano. Se da el plazo de una semana para recaudar la evidencia que pueda asegurar o negar la condición del Chavo como «asesino» del gato.

Irregularidades del proceso 

La sala de Doña Florinda se vuelve la Sala en la que nuestros personajes decidirán el destino del popular niño. El docente antes mencionado se proclama juez y nadie parece oponerse debido a su preparación académica y a pesar de cortejar a la madre de Quico.

Como máxima autoridad, le asigna a todos los roles equivalentes a los de un proceso jurídico real. De esta forma, el Chavo es el acusado, Don Ramón es el abogado defensor y Quico es el fiscal. Doña Florinda y la Chilindrina, por su parte, vendrían a ser las testigos de cargo.

Aquí vemos la primera irregularidad que denota una posible emboscada contra el Chavo. Quico, en su calidad de dueño del gato asesinado, no debiera ejercer un rol que por obligación tendría que asignársele a alguien objetivo y sin interés en el resultado del caso.

Esto nos lleva a analizar también la naturaleza en la relación entre Jirafales y Florinda. Se sabe que ambos comparten un vínculo, pero se desconoce si han cruzado las líneas de lo platónico para acceder a lo carnal. Sin embargo, sigue siendo cuestionable que el juez y la madre del principal afectado sean tan cercanos.

Es más, fue Jirafales quien adquirió al animal y lo obsequió al hijo de su conquista, por lo que se generan más dudas sobre la nobleza con la que ejecutará la misión que él mismo decidió tener.

La estrategia de Don Ramón 

Algunos identifican a Roberto Gómez Bolaños como un ácido crítico de la sociedad mexicana y a través de sus programas realizó grandes comentarios sobre la situación sociopolítica de su país en esos años. Sobre todo, subrayó las desigualdades en los sectores más bajos. Pero aquí elabora un mordaz retrato sobre el sistema judicial y la figura de los abogados en lo que denominó como la estrategia de Don Ramón.

Primero, lo vemos intentando sobornar al juez de forma sutil, con una serie de gestos que los peruanos también conocemos muy bien. Y en el proceso, admite desconocer lo que es el cohecho, por lo que muchos sugieren que Chespirito vincula la corrupción con la ignorancia.

Luego de eso, procede a presentar a una testigo que ha sido manipulada bajo métodos que desconocemos como audiencia. Esto atenta contra todo el debido proceso; ya que, si bien los abogados deben preparar a los testigos, es completamente despreciable que se condicione de esta forma a una persona.

Luego de que Don Ramón descarta una defensa amparada en el engaño, decide optar por un cálculo arriesgado, pero inevitable. La conversación ya no gira alrededor de la responsabilidad del Chavo, luego de que este confesara torpemente que “no le pasó toda la bicicleta por encima, solo las ruedas”. Ahora, el abogado busca demostrar que el niño no actuó por odio a los felinos ni por ánimo de perjudicar a sus vecinos. Ahora, el argumento es que actuó en defensa propia, asustado de todas las mordidas que había sufrido por parte de esa mascota.

¿Una justa solución?

Finalmente, el Chavo sale a dar su declaración. Su versión concuerda con todo lo que sabemos hasta ahora, pero hay detalles que brindan una nueva dimensión al relato. La presencia de un varón adulto que contemplaba a una mujer circular las calles en mitad de su ruta es un dato nuevo. Y es fundamental porque el accidente fue una consecuencia de la intención del Chavo por no arrollar a este transeúnte supuestamente anónimo, pero que en realidad era Jirafales.

Esto nos recuerda a la aplicación en derecho penal del estado de necesidad justificante. El Chavo, sin ser consciente, valoró entre dos bienes jurídicos importantes, por un lado la integridad del gato o por otra la del transeúnte distraído. Así pues, el niño del barril optó por arrollar al felino antes que a su profesor, porque en su sistema de valores, la salud una persona prevalece sobre la de un animal. Aunque habrá quien alegue que profesor Firafales fue quien se colocó en esa situación riesgosa al caminar absorto por la figura de una señorita en la vía pública.

Así pues, la situación es perjudicial para el profesor de primaria porque demuestra que ha cometido una falta dentro de su relación no determinada con Doña Florinda, por lo que el juicio se termina de forma sorpresiva. El profesor declara la inocencia del Chavo para que él no concrete su relato y lo delate ante su amada, todo ante la sorpresa de Don Ramón y los reclamos de Quico.

¿Qué podemos entender de todo esto? Es irregular que un juez no explique las motivaciones de su sentencia, porque nos priva del razonamiento lógico que debe ser parte inherente de la justicia. Pero, es necesario mencionar también que la acción del Chavo está permitida por el ordenamiento penal, ya que evitó un atentado contra la integridad del juez/profesor reflejado en las lesiones que habría causado el impacto con la bicicleta (el famoso estado de necesidad justificante: cuando se afecta un bien jurídico de menor valía para salvar un bien de mayor valía). Y dentro del sistema judicial, la vida humana es una prioridad. Una vida gatuna, no tanto.

Y no está de más subrayar que el Chavo es un niño de ocho años, esto es, un inimputable y el proceso no tiene validez alguna. Pero sigue siendo un hilarante recuerdo de nuestras infancias, antes o después del lonche.

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