A fin de solucionar determinados conflictos jurídicos y evitar acudir al Poder Judicial, existen otras vías idóneas alternas, que conllevarían a solucionar los mismos con mayor eficiencia. Lo mencionado, considerando que la búsqueda de la solución se desarrollaría en un ambiente que permitiría a las partes involucradas a expresar sus pretensiones, a efectos de concluir con el conflicto en el menor tiempo posible y evitar sumergirse en un proceso judicial que podría tardar años en encontrar una solución, la cual muchas veces es tardía.
Estas vías idóneas son los denominados mecanismos alternativos de resolución de conflictos. Para tal efecto, se debe considerar que solamente se resolverá en dichas vías, las materias de derecho disponible que puedan ser negociados, sea de carácter civil, comercial e incluso laboral; entre ellos: pensión de alimentos, indemnización por daños y perjuicios, incluso por accidentes de trabajo, incumplimiento de contrato, entre otros.
Así, entre los mecanismos alternativos de resolución de conflictos tenemos a la negociación, mediación, conciliación, arbitraje y transacción.
Alcances generales
Sobre la Conciliación:
Las partes pueden acudir a un Centro de Conciliación autorizado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a efectos de que un Conciliador les asista en la propuesta de la solución de su conflicto. Por tanto, las partes decidirán si arriban o no a un acuerdo conciliatorio. En caso hayan acordado la solución de su conflicto, mediante el acuerdo conciliatorio correspondiente, se expedirá el Acta de Conciliación, lo cual tiene valor de una sentencia y puede ser ejecutada.
Actualmente, existen diversos Centros de Conciliación en el Perú, por lo que es una práctica muy recurrente y conocida de resolución de conflictos, especialmente, en temas de familia como pensión de alimentos, tenencia y régimen de visitas.
Es de precisar que la conciliación se encuentra regulada por la Ley N° 26872, Ley de Conciliación, y su Reglamento, Decreto Supremo N° 014 – 2008 -JUS.
Sobre el Arbitraje:
Solo si las partes han convenido, de forma previa al origen de un posible conflicto, someterse a la competencia de un Tribunal Arbitral, compuesto por uno o tres árbitros, suscribiendo el Convenio Arbitral en el contrato correspondiente, renunciarán a recurrir al Poder Judicial para someterse a la competencia de los mismos, quienes expedirán el Laudo Arbitral definitivo, con valor de sentencia, a fin de resolver su conflicto.
Existen diversos centros de arbitraje; no obstante, entre los más recurrentes, se encuentran el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, el Centro de Arbitraje y Resolución de Conflictos de la Pontifica Universidad Católica del Perú, el Centro Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio American del Perú (AMCHAM), entre otros.
Es de mencionar que el arbitraje se encuentra regulado por el Decreto Legislativo N° 1071, Decreto legislativo que norma el Arbitraje, así como el Reglamento de la institución arbitral.
Sobre la Transacción:
Mediante esta figura, las partes se otorgan concesiones recíprocas, a fin de concluir un conflicto en dos supuestos: (i) evitar iniciar un litigio o (ii) finalizar aquel que se haya iniciado. Así, la transacción tiene valor de una sentencia. Para tal efecto, las partes deberán redactar el contrato correspondiente, en el cual se indiquen expresamente las concesiones mutuas a las que hayan arribado, mediante el acuerdo oportuno.
Esta figura se encuentra regulada desde los artículos 1302 hasta el artículo 1312 del Código Civil y, al igual que la Conciliación, su práctica es muy frecuente, especialmente, a efectos de concluir los procesos judiciales en curso.
Fuente: BDO Perú.

![Investigado que pagó la deuda tributaria en fecha posterior a la acusación penal pierde la oportunidad del ser eximido de la investigación penal por regularización tributaria [Casación 3641-2024, Lambayeque, f. j. 5.17]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Juez que utiliza un elemento de conocimiento público, objetivo y accesible, como la búsqueda en Google, para contrastar el lugar consignado en las actas con lo declarado por los policiales, no implica la incorporación de una nueva prueba [Casación 424-2023, Amazonas, f. j. 10]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BALANZA-LIBROS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La no efectiva y válida notificación de la sentencia condenatoria al imputado genera indefensión, pues se le habría imposibilitado conocer el contenido de dicha sentencia y, por tanto, impugnarla [Exp. 01649-2024-PHC/TC, f. j. 11] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)






![[VÍDEO] Aplica el «ne bis in idem» en San Valentin: nadie puede ser celado dos veces por el mismo hecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/aplica-principio-ne-bis-in-idem-san-valentin-LPDERECHO-218x150.png)

![[Balotario notarial] La función notarial y los instrumentos públicos notariales: estructura, límites y naturaleza administrativa](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/FUNCION-NOTARIAL-GESTION-PERU-LPDERECHO-218x150.jpg)


![[Balotario notarial] Gestión documental notarial: protocolo notarial, registros notariales, traslados instrumentales (testimonios, partes, boletas y copias)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/PROTOCOLO-REGISTRO-GESTION-LPDERECHO-218x150.jpg)
![¿Es válido el despido del trabajador por miccionar en una bolsa dentro del área de trabajo y dejarla expuesta a la vista de sus compañeros? [Cas. Lab. 8119-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/Trabajandor-LPDerecho-218x150.png)

![Las medidas correctivas adoptadas tras un accidente laboral no liberan de responsabilidad al empleador [Resolución 0036-2026-Sunafil/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/accidente-laboral-construccion-indemnizacion-caida-lesiones-dano-LPDerecho-218x150.png)
![Contrato de suplencia es fraudulento cuando el trabajador no realiza las labores del trabajador al que supuestamente sustituye [Exp. 04386-2013-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/dormir-trabajo-despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-extras-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Luz Pacheco sobre caso Cerrón: TC acordó que casos con repercusión política se verían antes de elecciones](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/Luz-Pacheco-Zerga-tribunal-constitucional-tc-LPDerecho-218x150.png)


![Reglamento de la Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado [DS 038-2026-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-economia-finanza-mef-2-LPDerecho-218x150.jpg)
![Reniec prorroga vigencia de DNI vencidos para votar en las elecciones generales 2026 [Resolución 000030-2026/JNAC/Reniec] Reniec-dni](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Reniec-dni-LPDerecho-218x150.png)
![Declaran ilegal que municipalidad prohíba a personas naturales la organización de espectáculos públicos no deportivos [Res. 0043-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-218x150.jpg)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
















![Crean grupo técnico para reformar normativa del arbitraje comercial [RM 0460-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![La acreditación de la experiencia en la ejecución de obras como requisito de calificación en el marco de un procedimiento de selección, así como, aquella que se presenta ante el RNP debe regirse, cada una por las reglas que le son propias, incluyendo las restricciones que resulten aplicables [Opinión D000009-2026-OECE-DTN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/OECE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Declaran ilegal que municipalidad prohíba a personas naturales la organización de espectáculos públicos no deportivos [Res. 0043-2026/SEL-Indecopi]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/fachada-indecopi-10-anos-LPDerecho-100x70.jpg)


![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)







