Conclusión plenaria: POR UNANIMIDAD. Si se puede el agraviado interponer recurso impugnatorio contra la resolución de sobreseimiento o sentencia absolutoria, previa notificación, y pese a no haber estado presente en la audiencia a la que convocado.
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA NORTE
PLENO JURISDICCIONAL EN MATERIA PENAL Y PROCESAL PENAL
AÑO JUDICIAL 2022
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TEMA N° 2
EL DERECHO DEL AGRAVIADO NO RECURRIR A LA SEGUNDA INSTANCIA ANTE LA IMPUGNACIÓN DEL SOBRESEIMIENTO O SENTENCIA ABSOLUTORIA, NOTIFICADA LA RESOLUCIÓN POSTERIORMENTE A PESAR DE NO HABER CONCURRIDO A LA AUDIENCIA.
Formulación del problema
¿Puede el agraviado interponer recurso impugnatorio contra la resolución de sobreseimiento o sentencia absolutoria, previa notificación, y pese a no haber estado presente en la audiencia a la que fue convocado?
Ponencias
Primera Ponencia
Si se puede el agraviado interponer recurso impugnatorio contra la resolución de sobreseimiento o sentencia absolutoria, previa notificación, y pese a no haber estado presente en la audiencia a la que fue convocado.
Segunda ponencia
No se debe admitir el recurso de apelación planteado por la parte agraviada contra la resolución de Sobreseimiento, ello debido a que no concurrió a la audiencia de Sobreseimiento y no le interpuso en dicho acto oral.
[Continúa…]