LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre nulidad del acto jurídico. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected]
Los actos nulos tienen la naturaleza de insubsanables. De acuerdo con el artículo 219 de nuestro Código Civil (en adelante CC):
Artículo 219.- Causales de nulidad
El acto jurídico es nulo:
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- Cuando falta la manifestación de voluntad del agente.
- Derogado
- Cuando su objeto es física o jurídicamente imposible o cuando sea indeterminable.
- Cuando su fin sea ilícito.
- Cuando adolezca de simulación absoluta.
- Cuando no revista la forma prescrita bajo sanción de nulidad.
- Cuando la ley lo declara nulo.
- En el caso del artículo V del Título Preliminar, salvo que la ley establezca sanción diversa.
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Bajo una ardua labor de búsqueda y análisis, el Observatorio de Jurisprudencia Civil de LP Pasión por el Derecho ha logrado extraer casuística relevante sobre nulidad del acto jurídico:
Sumario:
- Cónyuge que no participó en disposición de bien social no puede alegar nulidad por falta de manifestación de voluntad [Casación 3254-2012, Lima]. Link: lpd.pe/k1wxV
- Compraventa de bien social es nula por falta de manifestación de voluntad si firma consignada no corresponde a cónyuge demandante [Casación 6657-2019, Lima Norte]. Link: lpd.pe/k4mxQ
- Contrato con firmas falsificadas del vendedor no es nulo por fin ilícito sino por falta de manifestación de la voluntad [Casación 1241-2018, Lambayeque]. Link: lpd.pe/2rQG8
- Que vendedor firme contrato de compraventa sin saber su contenido no sustenta nulidad por falta de manifestación de voluntad [Exp. 00034-2016-0]. Link: lpd.pe/0beKW
- Venta efectuada por copropietario de parte de inmueble dividido de hecho no es nula por falta de manifestación de voluntad [Exp. 00037-2015-0]. Link: lpd.pe/0zBzK
- Venta no es nula por falta de manifestación de voluntad si sucesores no acreditan que su causante no tenía discernimiento [Exp.00878-2014-0]. Link: lpd.pe/kw5Ag
- Es nula por objeto jurídicamente imposible venta realizada por herederos respecto a bien transferido en vida por su causante. [ Casación 4367-2019, Arequipa]. Link: lpd.pe/0JG5x
- Es nula por objeto jurídicamente imposible la venta de parte material del bien indiviso, si es desaprobada por los demás coherederos [Casación 2907-2019, Arequipa]. Link: lpd.pe/k5wmV
- Compraventa de bien de dominio común es nula por objeto jurídicamente imposible si no es aprobada por junta de propietarios [Casación 915-2012, Lima]. Link: lpd.pe/k89LM
- Objeto imposible: es nula la donación del 50% de derechos de la totalidad del bien liquidado tras divorcio [Exp. 3035-2018-0]. Link: lpd.pe/0B9Vq
- Sucesión intestada con apellido rectificado tras fallecimiento de causante es nula si existía otra con el apellido inicial [Exp. 00311-2017-0]. Link: lpd.pe/kd5mL
- Existencia de dos actas de nacimiento respecto de una misma persona no genera nulidad por objeto físicamente imposible de la primera [Exp. 00229-2021 0]. Link: lpd.pe/0LJQ
- Compraventa realizada incumpliendo cláusula voluntaria de derecho de preferencia a favor de arrendatario no es nula por fin ilícito [Casación 4404-2015, Del Santa]. Link: lpd.pe/2w5V7
- Compraventa de bien social realizada entre un solo cónyuge y compradora de mala fe es nula por fin ilícito [Casación 4842-2015, Tumbes]. Link: lpd.pe/kvObn
- Compraventa orientada a obtener la propiedad de un bien transferido anteriormente por la municipalidad es nula por fin ilícito [Casación 31-2016, Lima]. Link: lpd.pe/pNZm4
- Compraventa que incluye área que ya no pertenece al vendedor es nula por fin ilícito si comprador es su hijo [Casación 12708-2017, Lambayeque]. Link: lpd.pe/kXbqN
- Tracto sucesivo celebrado entre familiares para despojar del bien a uno de ellos configura nulidad por fin ilícito [Casación 801-2018, Lima]. Link: lpd.pe/0ZxVE
- Compraventa es nula por fin ilícito si transferencia anterior no fue invalidada judicialmente y es reconocida por copropietario vendedor [Casación 2187-2019, Del Santa]. Link: lpd.pe/pQeW4
- Donación de predio es nula si donatario conocía que prescripción adquisitiva notarial realizada por su hermano donante estaba viciada [Exp. 01220-2018- 0]. Link: lpd.pe/pLJ95
- Compraventa cuya escritura pública imperfecta sería inexistente es nula por «celebrarse» para impedir adjudicación de inmueble al único poseedor [Exp. 00091-2016-0]. Link: lpd.pe/0eOLJ
Lea también: Jurisprudencia relevante y actual sobre simulación del acto jurídico
21. Compraventas sucesivas del mismo bien ajeno entre padres e hijos a fin de alternarse la propiedad tienen fin ilícito [Exp. 00203-2016-0]. Link: lpd.pe/kGQv6
22. Compraventa es nula por fin ilícito si el papel sellado que la contiene fue distribuido años después de fecha falsamente atribuida [Exp.06071-2006-0]. Link: lpd.pe/pxQ75
23. Compraventa es nula por fin ilícito si hijastros enajenaron inmueble sin consentimiento de su madrastra copropietaria [Exp. 05179-2010-0]. Link: lpd.pe/pnxZD
24. Compraventa no es nula por fin ilícito si vendedora intentó solucionar vía conciliación transferencia de bien ajeno que realizó por error [Exp.00015-2019-0]. Link: lpd.pe/k6xA1
25. Compraventa de Kiosko es nula por simulación en tanto no se consignó el precio en el contrato ni se entregó la posesión [Casación 2602-2015, Junín]. Link: https://lpd.pe/0QevW
26. Juez, en aplicación del iura novit curia, puede aplicar nulidad por simulación absoluta al acto si no hay buena fe [Casación 1394-2015, Lima Norte]. Link: https://lpd.pe/pALr2
27. Diferencias entre simulación y acción pauliana son la voluntad fraudulenta y los efectos sobre la validez o eficacia del acto [Casación 1544-2017, Lima]. Link:
https://lpd.pe/pZxbj
28. Préstamo dinerario sin fecha cierta a favor de quien luego vende inmueble y allanamiento de una de las compradoras acreditan simulación [Casación 1211-2018, Lima Norte]. Link: https://lpd.pe/2rQy3
29. Compraventa es nula por simulación absoluta si fue realizada después de inscribirse sentencia que anuló donación a favor del vendedor [Casación 5867-2017, Lima Norte]. Link: https://lpd.pe/25wZV
30. Transferencias no autorizadas de terrenos de asociación de vivienda a favor del presidente de la junta y de su padre acreditan simulación [Casación 1344-2015, Apurímac]. Link: https://lpd.pe/k7Yvr
31. Sustitución de régimen patrimonial durante el matrimonio no es nula por inobservar forma prescrita si no se realiza mediante escritura pública [Casación 1345-98, Lima]. Link: lpd.pe/pNZze
32. Otorgamiento mediante escritura pública constituye forma ad probationem de la hipoteca, en tanto su inobservancia no es sancionada con nulidad [Casación 1276- 2001, Lima]. Link: lpd.pe/2D7R3
33. Reemplazar escritura pública por documento con firmas legalizadas basándose en ley especial no exonera del cumplimiento de formalidad de la hipoteca [Casación 217-2003, Lima]. Link: lpd.pe/kjZ6n
34. Declaratoria de heredero no es nula por duplicidad de partidas de nacimiento, pues la ley no declara nulidad de esta situación [Exp. 02628-2001-0]. Link: lpd.pe/037Nn
35. Inscripción de testamento común en dos partidas registrales separadas no convalida nulidad sancionada por el artículo 814 del Código Civil [Resolución 2590-2019- SUNARP-TR-L]. Link: lpd.pe/26xgG
36. VIII Pleno Casatorio Civil: Acto de disposición de bien social realizado por un solo cónyuge es nulo por ser contrario a norma imperativa de orden público [Casación 3006-2015, Junín]. Link: lpd.pe/kw5xO
37. Hipoteca es nula por contravenir el orden público respecto de parte del terreno destinada a relleno sanitario [Casación 2436-2021, Junín]. Link: lpd.pe/0B9gY
38. Procedimiento notarial de prescripción adquisitiva con notificaciones, declaraciones y comprobación de posesión defectuosas es nulo por contravenir normas de orden público [Casación 1979-2020, Lima]. Link: lpd.pe/0YzQO
39. Enajenación de un inmueble indiviso realizada por un condómino incurre en nulidad virtual [Casación 5056-2019, Arequipa]. Link: lpd.pe/pnxqm
40. No es nula disposición de bien adjudicado por Cofopri durante el matrimonio en mérito a posesión iniciada cuando era soltero [Exp. 00064-2020-0]. Link: lpd.pe/k89gv
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