Protocolo de actuación interinstitucional para la aplicación del registro y recepción [DS 010-2018-JUS]

Mediante el Decreto Supremo 010-2018-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 25 de agosto de 2018, se aprobó un conjunto de nuevos protocolos (13) que reemplazan a los aprobados en el año 2014 (Protocolos de actuación interinstitucional de carácter sistémico y transversal para la aplicación del Código Procesal Penal).

A continuación compartimos el Protocolo de actuación interinstitucional para la aplicación del registro de personas, vehículos y equipaje o bultos; así como, del procedimiento a seguir cuando se recepcionan efectos o elementos vinculados al delito, durante las intervenciones realizadas en el marco de la investigación.


PROTOCOLO DE ACTUACION INTERINSTITUCIONAL PARA LA APLICACIÓN DEL REGISTRO Y RECEPCIÓN

1. Conceptos:

El registro es aquella injerencia con el propósito de buscar o hallar efectos o elementos vinculados al delito, sin que ello implique el examen del cuerpo.

La recepción se produce ante la entrega voluntaria y espontánea de los efectos o elementos vinculados al delito, o como consecuencia de la solicitud de la autoridad competente.

2. Objetivo:

Fortalecer la actuación policial y fiscal en la aplicación de los diversos tipos de registros, así como, definir los procedimientos a seguir en la recepción de los efectos o elementos vinculados al delito.

3. Base Legal:

a) Constitución Política del Perú.

b) Decreto Legislativo N° 957 – Código Procesal Penal.

c) Decreto Legislativo N° 1267 – Ley de la Policía Nacional del Perú.

4. Alcance:

El presente protocolo tiene como alcance definir la actuación policial y fiscal en la aplicación del registro de personas, vehículos y equipaje o bultos; así como, del procedimiento a seguir cuando se recepcionan efectos o elementos vinculados al delito, durante las intervenciones realizadas en el marco de la investigación.

[Continúa…]

Descargue la resolución aquí

Comentarios: