Corte Suprema de Justicia de la República
Lima, nueve de agosto de dos mil dieciocho.
VISTO: El Oficio N° 275-201 B-P.P.R.P.PP-CS/PJ, presentado por el Jefe de la Oficina de Protocolo y Relaciones Públicas de la Corte Suprema, mediante el cual emite informe sobre la recepción de entradas de cortesía que envió la Federación Peruana de Fútbol para los partidos de clasificación que disputó como local la selección peruana de fútbol.
CONSIDERANDO:
Primero. Que es una antigua práctica que algunas federaciones deportivas, municipalidades y/o el Instituto Nacional de Cultura, hayan remitido a entidades públicas y privadas, entradas de cortesía para espectáculos culturales y/o deportivos.
Segundo. Que, debido a la especial responsabilidad de administrar justicia que reconoce al Poder Judicial, la Constitución Política del Perú, y la independencia que debe garantizar la función jurisdiccional, resulta necesario dictar las directivas pertinentes para evitar que en lo sucesivo se continúen recepcionando entradas para espectáculos que para el público en general impliquen un costo económico; a efecto de evitar interpretaciones equivocadas que afecten la imagen institucional; por estos fundamentos, y estando al Acuerdo N° 38-2018 de la Décimo Tercera Sesión Extraordinaria de la Sala Plena Corte Suprema de Justicia de la República de la fecha, y de conformidad con lo señalado en el inciso 8 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
SE RESUELVE:
Primero.- Prohibir la recepción de entradas de cortesía para espectáculos culturales y/o deportivos, que para el público en general tengan un costo económico.
Segundo.- Precisar que la presente disposición se aplica a la Corte Suprema de Justicia de la República, sus órganos administrativos y Comisiones, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; Órgano de Control Institucional del Poder Judicial y Cortes Superiores de Justicia de la República; notificándose.
Dr. Víctor Roberto Prado Saldarriaga
Presidente