Fundamento destacado: 12. Conforme a lo expuesto, se ha concluido que las personas declaradas interdictas antes de la vigencia del Decreto Legislativo N° 1384 y que cuentan con curador designado judicialmente, como es el presente caso en que la designación fue realizada por resolución judicial del año 2013, deberán solicitar ante el juez correspondiente la declaración de restitución de su capacidad de ejercicio dejando sin efecto la declaración de interdicción civil y nombramiento de curador.
Si ello es así, no podría exigírsele que Estrella Tarsi Marcañaupa. Romero en su calidad de curadora del copropietario D.L.M.R., cuente con autorización judicial para la independización.
Consecuentemente, se revoca el extremo 1 de la observación.
Cabe aclarar que lo expuesto no importa que, D.L.M.R., pueda intervenir sin representación alguna en el acto, puesto que a tal efecto deberá inscribirse la resolución judicial que restituya su capacidad de ejercicio de ser el caso.
Con la intervención de los vocales (s) Karina Figueroa Almengor, designada mediante Resolución Nro. 037-2022-SUNARP/PT de 08/02/2022 y Fredy Hernando Ricaldi Meza designado mediante Resolución Nro. 047-2022- SUNARP/PT de 18.02.2022.
Estando a lo acordado por unanimidad;
TRIBUNAL REGISTRAL
RESOLUCIÓN N°. 707- 2022 – SUNARP-TR
Lima, 25 de febrero de 2022
APELANTE : ANYARITH TEODOMIRA ALVARADO FERNÁNDEZ
TÍTULO : Nº 2662074 del 27/9/2021.
RECURSO : HTD. N° 000916 del 30/12/2021.
REGISTRO : Predios de Lima.
ACTO : Declaratoria de fábrica e independización.
SUMILLA :
INDEPENDIZACIÓN COPROPIEDAD
A efectos de determinar la intervención de la unanimidad de los copropietarios en la independización, resulta necesario que se inscriba la transferencia por sucesión a favor de los sucesores de los copropietarios fallecidos.
I. ACTO CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DOCUMENTACIÓN PRESENTADA
Con el presente título se solicita la inscripción de la transferencia por sucesión, declaratoria de fábrica, independización y otros actos que involucran al predio inscrito en la partida N° P03219752 del Registro de Predios de Lima.
A tal efecto adjunta lo siguiente:
– FOR N° 1 suscrito por Ismael Roberto Márquez, Vilma Esther Marcañaupa Romero, Estrella Tarsi Marcañaupa Romero, Lila Victoria Marcañaupa Romero, Iris Cuaresma Marcañaupa con firmas certificada por notario de Lima Jorge Luis Lora Castañeda el 27/9/2021.
– Declaración jurada suscrita por el Arq. Ismael Roberto Márquez con firma certificada por notario de Lima Jorge Luis Lora Castañeda el 27/9/2021, en el que señala que el predio objeto de regularización no se encuentra comprendido en alguna de las causales de improcedencia de la Ley N° 30830.
– Declaración jurada suscrita por Arq. Ismael Roberto Márquez con firma certificada por notario de Lima Jorge Luis Lora Castañeda el 27/9/2021, en el que señala que el predio objeto de regularización cumple con los Parámetros Normativos y Edificatorios vigentes a la fecha de la construcción: Mayo 1999.
– Informe Técnico de Verificación Mz. B2 Lt. 13-E.
– Informe Técnico de Verificación Mz. B2 Lt. 13-A.
– Informe Técnico de Verificación Mz. B2 Lt. 13-F.
– Informe Técnico de Verificación Mz. B2 Lt. 13-C.
– Informe Técnico de Verificación Mz. B2 Lt. 13-B.
– Informe Técnico de Verificación Mz. B2 Lt. 13-D.
– Informe Técnico de Verificación Mz. B2 Lt. 13-G.
– Informe Técnico de Verificación Mz. B2 Lt. 13 de 996.10m2.
– Plano perimétrico, subdivisión, localización y ubicación. Lt. 13 Mz. B2 (Lámina U-01).
– Plano perimétrico, subdivisión, localización y ubicación. Lt. 13-A Mz. B-2 (Lámina U-01), con cuadro de áreas y cuadro normativo.
– Plano perimétrico, subdivisión, localización y ubicación. Lt. 13-G Mz. B-2 (Lámina U-01), con cuadro de áreas y cuadro normativo.
– Plano perimétrico, subdivisión, localización y ubicación. Lt. 13-¿ Mz. B-2 (Lámina U-01), con cuadro de áreas y cuadro normativo. (17)
– Plano perimétrico, subdivisión, localización y ubicación. Lt. 13-C Mz. B-2 (Lámina U-01), con cuadro de áreas y cuadro normativo.
– Plano perimétrico, subdivisión, localización y ubicación. Lt. 13-D Mz. B-2 (Lámina U-01), con cuadro de áreas y cuadro normativo.
– Plano perimétrico, subdivisión, localización y ubicación. Lt. 13-¿ Mz. B-2 (Lámina U-01), con cuadro de áreas y cuadro normativo. (20)
– Plano perimétrico, subdivisión, localización y ubicación. Lt. 13-F Mz. B-2 (Lámina U-01), con cuadro de áreas y cuadro normativo.
– Plano perimétrico, subdivisión, localización y ubicación. Lt. 13 Mz. B-2 (Lámina U-01), con cuadro de áreas y cuadro normativo.
– Plano Arquitectura 1er y 2do. Piso (Lámina A-01).
– Plano Arquitectura 3er y 4to. Piso (Lámina A-02).
Toda la documentación técnica se encuentra suscrita por el Arq. Ismael Roberto Márquez con firma certificada por notario de Lima Jorge Luis Lora Castañeda el 27/9/2021.
Al reingreso del 3/11/2021:
– Escrito de subsanación del 2/11/2021.
– Hoja con la firma de los solicitantes Víctor Raúl Berrío Huamaní y Anaís Rosario Cuaresma Marcañaupa con firma certificada el 2/11/2021 por notario Marco Antonio Villota Cerna quien firma en reemplazo del notario Jorge Luis Lora Castañeda.
– Copias simples de DNIS
– Plano perimétrico, subdivisión, localización y ubicación. Lt. 13-A Mz. B-2 (Lámina U-01), con cuadro de áreas y cuadro normativo.
– Plano perimétrico, subdivisión, localización y ubicación. Lt. 13-B Mz. B-2 (Lámina U-01), con cuadro de áreas y cuadro normativo.
[Continúa…]


![No se puede restringir la prueba por falta de formalidad en la absolución escrita de acusación (se limitó al imputado a ofrecer pruebas por defectos formales en su escrito de absolución, al haber sido consignados bajo el apartado de sobreseimiento y no como sustento de la absolución de la acusación) [Casación 864-2016, Del Santa, f. j. 5] Juez audiencia - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Juez-audiencia-LPDerecho-218x150.png)

![Defensa pública recién asignada en audiencia preliminar no puede observar la acusación en esa instancia, porque ello contraviene el principio de igualdad de armas y conlleva a desfavorecer recientemente en audiencia [I Pleno Jurisdiccional Distrital Penal y Procesal Penal de Pasco, 2016] Corte Superior de Justicia de Pasco](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Corte-Superior-de-Justicia-de-Pasco-LPDerecho-218x150.jpg)
![Las convenciones probatorias no constituyen una «verdad-negocial» sobre los hechos del delito, pues estos no son objeto de acuerdo entre las partes; solo recaen sobre el contenido de los medios probatorios, cuya valoración debe corresponder a la realidad objetiva [Exp. 935-2007-0, f. j. 3] hechos-pacificos-significa-verdaderos-falsos-LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/hechos-pacificos-significa-verdaderos-falsos-LP-218x150.png)
![La cuestión prejudicial es el único medio de defensa que no puede promoverse en la etapa intermedia, sino únicamente durante la investigación preparatoria, pues, aunque el artículo 350 permite la interposición de excepciones e incluso de la cuestión previa en dicha etapa, no contempla tal posibilidad respecto de aquella [Casación 79-2020, Puno, f. j. 11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/05/POST-antinomia-LPderecho-218x150.png)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Padres (Testigos de Jehová) no pueden impedir transfusión sanguínea a su hijo recién nacido si su vida está en peligro [Exp. 04819-2026-0-0412-JR-FT-01, ff. jj. 6-8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-DERECHO-PENAL-LPDERECHO-1-218x150.jpg)

![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)


![El contrato bajo la modalidad de temporada sirve para atender incrementos «anormales» o «sustanciales» respecto de actividades propias al giro de la empresa, siempre que sean susceptibles de repetirse en periodos determinados del año [Casación 38514-2022, La Libertad, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase de trabajadores CAS a partir de la vigencia de la Ley 32563 (8 ABR)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/CLASE-GRATUITA-JOSE-MARIA-PACORI-CARI-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Cuando la libertad de expresión se ejerce mediante críticas a funcionarios públicos afectando su derecho a la honra, la sanción penal debe ser de carácter excepcional, por lo que los Estados deben recurrir a mecanismos alternativos como la rectificación o la reparación civil [Baraona Bray vs. Chile, ff. jj. 109-111, 115]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-guinda-LPDERECHO-218x150.png)
![TC ordena la emisión de nuevos pronunciamientos debidamente motivados en caso sobre desigualdad salarial (PJ no motivó adecuadamente la decisión de fijar una remuneración inferior a la solicitada por la trabajadora, en comparación con los demás trabajadores homólogos) [Exp. 04852-2023-PA/TC, ff. jj. 4, 6-7]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-5-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC: Fiscalía no tiene facultades coercitivas para restringir o limitar la libertad personal, pues sus actuaciones son postulatorias, no decisorias (salvo la detención preliminar en flagrancia) [Exp. 00782-2023-PHC/TC] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)

![Norma para el prevenir lavado de activos y financiamiento del terrorismo en casinos, tragamonedas y apuestas deportivas [Resolución SBS 01015-2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/SBS-LPDerecho-218x150.jpg)
![Actualizan política de subsidios del transporte urbano de pasajeros de Lima y Callao [Decreto Supremo 009-2026-MTC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/transporte-publico-trafico-embotellamiento-LPDerecho-218x150.jpg)
![Reglamento de la Ley de gestión integral de sustancias químicas [DS 005-2026-MINAM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/Sustancias-quimicas-LPDerecho-218x150.jpeg)

![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)












![Las convenciones probatorias deben proponerse y resolverse en la etapa intermedia; solo excepcionalmente pueden plantearse y decidirse en la etapa de juzgamiento, antes de la actuación probatoria [Pleno Jurisdiccional Penal Distrital de La Libertad, 2014] Corte Superior de Justicia de La Libertad](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/12/Corte-Superior-de-Justicia-de-La-Libertad-LPDerecho-218x150.jpg)





![[VÍDEO] César Nakazaki: el derecho a la legalidad penal en la jurisprudencia del TC](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_DERECHO-A-LA-LEGALIDAD-PENAL-EN-LA-JURISPRUDENCIA_LP-324x160.jpg)



![No se puede restringir la prueba por falta de formalidad en la absolución escrita de acusación (se limitó al imputado a ofrecer pruebas por defectos formales en su escrito de absolución, al haber sido consignados bajo el apartado de sobreseimiento y no como sustento de la absolución de la acusación) [Casación 864-2016, Del Santa, f. j. 5] Juez audiencia - LPDerecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Juez-audiencia-LPDerecho-100x70.png)

![[VÍDEO] César Nakazaki: el derecho a la legalidad penal en la jurisprudencia del TC](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/04/BANNER_DERECHO-A-LA-LEGALIDAD-PENAL-EN-LA-JURISPRUDENCIA_LP-100x70.jpg)
![Procede reivindicación de bien transferido perteneciente a la masa hereditaria si vendedora no acreditó calidad de heredera universal [Casación 10919-2014, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/casa-desalojo-vivienda-renta-mazo-civil-posesion-bien-construccion-mala-fe-ocupacion-LPDerecho-324x160.png)