Si eres consultor de obra, puedes solicitar la ampliación de tu categoría según la experiencia que acredites ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP), previa evaluación.
Tipos de categorías
Debes acreditar tu categoría según lo siguiente:
- Categoría Formulación de fichas técnicas de inversiones o estudios de preinversión que contengan componente de edificación o infraestructura: Se otorga a los consultores de obras que acrediten experiencia, con al menos un trabajo de formulación de fichas técnicas de inversiones o estudios de preinversión.
- Categoría Elaboración del expediente técnico de obras: Se otorga a los consultores de obras que acrediten experiencia, con al menos un trabajo de elaboración del expediente técnico de obras.
- Categoría Supervisión de la elaboración de expediente técnico de obra: Se otorga a los consultores de obras que acrediten experiencia, con al menos un trabajo de supervisión de la elaboración de expediente técnico de obra.
- Categoría Supervisión de ejecución de obras: Se otorga a los consultores de obras que acrediten experiencia, con al menos un trabajo de supervisión de ejecución de obras.
Si no acreditas experiencia solo podrás suscribir contratos menores, a fin de que puedas ir acumulando experiencia.
Si has logrado acreditar experiencia en algunas de estas categorías podrás participar en cualquier tipo de procedimiento de selección.
Requisitos
- Contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores como consultor de obra.
- Tener actualizada la información legal y financiera en el RNP.
- Formulario de solicitud de Ampliación de categorías para consultores de obras debidamente llenado.
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Para acreditar experiencia en consultoría de obras culminadas en el Perú:
En el marco de la Ley General de Contrataciones Públicas (experiencia en el sector público):
- Copia de la Constancia de Prestación según formato del OECE u otro documento, emitido por la entidad contratante, con la siguiente información: entidad contratante, procedimiento de selección, nombre del contratista; el nombre y RUC de cada consorciado con su respectivo porcentaje de consorcio y obligaciones de ser el caso; ubicación de la obra proyectada o supervisada según corresponda; objeto de la consultoría, fecha de suscripción del contrato, monto del contrato, plazo contractual; días de ampliación de plazo otorgado (si los hubiera), fecha de culminación de la consultoría de obra, monto del presupuesto establecido en el expediente técnico. Adicionalmente, para el caso de supervisión de obra, número de adicionales de obra, monto de los adicionales y de los deductivos de obra y el monto total de obra (solo el componente de obra).
Fuera del marco de la Ley General de Contrataciones Públicas (experiencia en el sector privado):
- Copia del contrato de consultoría de obra.
- Copia del (o los) documento(s) emitido(s) por el contratante, donde indique el nombre del contratista y RUC; en caso de consorcio, realizar precisión respecto a cada uno de los consorciados con sus respectivos porcentajes de participación y la responsabilidad de cada uno de ellos; ubicación de la obra que se proyectó o que se supervisó, según corresponda; descripción de los trabajos efectuados en la obra que se proyectó o supervisó, según corresponda; monto del contrato; fecha de culminación de la consultoría; monto del presupuesto de obra establecido en el expediente técnico y adicionalmente, para el caso de supervisión de obra, el monto total de la obra ejecutada.
- Copia del documento de aprobación del expediente técnico, emitido por la autoridad competente u órgano técnico de la contratante, en caso corresponda, por la naturaleza de la consultoría de obra.
- Copia del presupuesto de obra, determinado en el expediente técnico.
- Copia de los comprobantes de pago emitidos por el proveedor.
Para acreditar experiencia en consultoría de obras culminadas en el extranjero:
- Copia del contrato de consultoría de obra.
- Copia del (o los) documento(s) emitido(s) por el contratante, donde indique nombre del contratista o consorcio, el porcentaje de consorcio de cada consorciado, objeto del contrato, el monto del contrato vigente, la fecha de culminación de la consultoría, el monto del presupuesto de obra establecido en el expediente técnico (o el que haga sus veces) y, adicionalmente, para el caso de supervisión de obra, el monto total de la obra ejecutada.
Fuente: OECE
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Comentarios:

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