Fundamento destacado: 82. Además, las autoridades no tomaron medidas activas para averiguar las consecuencias que las acciones de C.P. habían tenido en la demandante. A este respecto, teniendo en cuenta la relevancia que el elemento de intimidación o humillación de la víctima tiene para establecer la existencia del delito de acoso sexual en el derecho interno (véase el párrafo 29 supra), las autoridades podrían haber ordenado una evaluación psicológica de la demandante con el fin de obtener un análisis especializado de sus reacciones después de sus encuentros con C.P. y determinar la existencia de posibles consecuencias psicológicas del supuesto acoso (véase, mutatis mutandis, M.G.C. c. Rumanía, núm. 61495/11, § 70, 15 de marzo de 2016). También podrían haber verificado si existían motivos para que la demandante formulara acusaciones falsas contra C.P., ya que así lo insinuaban algunas de las declaraciones de los testigos. Sin embargo, el Tribunal observa que nada de lo anterior se hizo en ninguna fase de la investigación en el presente caso (véase, mutatis mutandis, I.C. c. Rumanía, n.º 36934/08, § 54, 24 de mayo de 2016).
Tribunal Europeo de Derechos Humanos
CUARTA SECCIÓN
CASO DE C. c. RUMANÍA
(Solicitud nº 47358/20)
En el asunto C. contra Rumanía,
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (Sala Cuarta), integrado por los Sres:
Gabriele Kucsko-Stadlmayer, Presidenta,
Tim Eicke,
Faris Vehabović,
Iulia Antoanella Motoc,
Yonko Grozev,
Armen Harutyunyan,
Ana Maria Guerra Martins, jueces,
e Ilse Freiwirth, Secretaria Adjunta de Sección,
Teniendo en cuenta:
la demanda (n.º 47358/20) contra Rumanía presentada ante el Tribunal en virtud del artículo 34 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales («el Convenio») por una nacional rumana, la Sra. C. («la demandante»), el 8 de octubre de 2020; la decisión de notificar la solicitud al Gobierno rumano («el Gobierno»); la decisión de no divulgar el nombre del demandante; las
observaciones de las partes; Habiendo deliberado en privado los días 7 de junio y 5 de julio de 2022,Dicta la siguiente sentencia, que fue adoptada en esa fecha:
INTRODUCCIÓN
1. La demanda se refiere a las obligaciones positivas del Estado en relación con las denuncias de acoso sexual en el lugar de trabajo. Se notificaron al Gobierno las quejas de la demandante en virtud del artículo 8 del Convenio, considerado aisladamente y junto con el artículo 14.
LOS HECHOS
2. La demandante nació en 1970 y vive en Fibiş, condado de Timiş. Estaba representada por la Sra. B.I. Radu, abogada en ejercicio en Timişoara.
3. El Gobierno estuvo representado por su Agente, la Sra. O.F. Ezer, del Ministerio de Asuntos Exteriores.
4. Los hechos del caso pueden resumirse del siguiente modo.
5. La demandante era empleada de la empresa D., que prestaba servicios de limpieza. En 2014 fue destinada a trabajar en la estación de ferrocarril de Timişoara Este, que pertenecía a la empresa ferroviaria estatal CFR Călători (véase el apartado 34 infra), donde permaneció hasta el 25 de octubre de 2017 (véase el apartado 8 infra, in fine).
[Continúa…]
![La falta de notificación al imputado del auto que concede el recurso de casación planteado por el fiscal lesiona su derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 8] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)

![[VIVO] Clase modelo sobre exclusión probatoria en juicio. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/CLASE-MODELO-DIEGO-VALDERRAMA-MACERA-BANNER-218x150.jpg)
![[VIVO] Clase modelo sobre prueba nueva en juicio. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/CLASE-MODELO-JUAN-ORTIZ-BENITES-BANNER-218x150.jpg)
![A pesar de que no le corresponde a la Sala Penal de la Corte Suprema notificar el auto que concedió el recurso de casación, sí le es exigible verificar que ello se haya realizado, pues existe un especial deber de protección del derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![El trabajador que solicita la nulidad del despido no se encuentra liberado de su carga probatoria, sino que tiene la obligación de aportar indicios razonables del despido [Casación Laboral 18431-2023, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi multa a BBVA con más de S/1.5 millones por realizar llamadas spam [Resolución Final 083-2025/CC3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/banner-bbva-logo-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[Balotario notarial] Registros notariales: registro de testamentos, de protestos, de bienes muebles, de asuntos no contenciosos](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/REGISTROS-NOTARIALES-ESPECIALIZADOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[Balotario notarial] Escritura pública, minuta y protocolización: concepto, estructura y formalidades esenciales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Escritura-Publica-en-el-Peru-218x150.jpeg)



![La indemnización por daños y perjuicios ocasionados por un despido incausado, no puede equiparse a las remuneraciones que se dejaron de percibir por esta causa de despido [Casación 18589-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Qué ocurre si una entidad no entrega la información solicitada por el portal de transparencia o no responde dentro del plazo legal? [Informe Técnico 002766-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)





![Lineamientos sobre la designación y funciones del oficial de integridad electoral [Resolución 000021-2026-P/JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/JNE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)







![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![[Balotario notarial] Registros notariales: registro de testamentos, de protestos, de bienes muebles, de asuntos no contenciosos](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/REGISTROS-NOTARIALES-ESPECIALIZADOS-LPDERECHO-324x160.jpg)
![[Balotario notarial] Escritura pública, minuta y protocolización: concepto, estructura y formalidades esenciales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Escritura-Publica-en-el-Peru-100x70.jpeg)
![La falta de notificación al imputado del auto que concede el recurso de casación planteado por el fiscal lesiona su derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 8] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-100x70.jpg)
![A pesar de que no le corresponde a la Sala Penal de la Corte Suprema notificar el auto que concedió el recurso de casación, sí le es exigible verificar que ello se haya realizado, pues existe un especial deber de protección del derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-100x70.jpg)


![[Balotario notarial] Registros notariales: registro de testamentos, de protestos, de bienes muebles, de asuntos no contenciosos](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/REGISTROS-NOTARIALES-ESPECIALIZADOS-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Si no subsisten las razones de la prisión preventiva se debe disponer la libertad del investigado [Rosadio Villavicencio vs. Perú]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/07/CIDH-LP-324x160.png)