La Sala Primera del Tribunal Constitucional (TC) ordenó al Banco Central de Reserva (BCR) dar cumplimiento al mandato contenido en la Ley 32251 y en consecuencia, hacer uso correcto del escudo nacional y el uso del lema nacional “Firme y Feliz por la Unión” en la acuñación de las monedas y billetes que emite.
De esta forma, el Colegiado declaró fundada en parte la demanda de cumplimiento (EXP. 01303-2023-PC/TC), presentada por Carlos Tenicela Ninamango, al haberse acreditado la renuencia del BCR.
Incríbete: Congreso de Jurisprudencia Civil en Arequipa (sábado, 12 de abril)
En la demanda se señala que el BCR no viene cumpliendo con lo establecido en el artículo 7 del Decreto Ley 11323, del 31 de marzo de 1950, y la Resolución Legislativa del 25 de febrero de 1825, que prescriben, respectivamente, el uso correcto del escudo nacional y el uso del lema nacional “Firme y Feliz por la Unión” en la acuñación de las monedas y billetes que emite.
La sala consideró que se ha confirmado la renuencia del BCR para cumplir los mandamus establecidos en el Decreto Ley 11323 y en la resolución legislativa, los cuales se encuentran de manera continuada y vigentes en la Ley 32251, y corresponde ordenar a dicha institución que cumpla con lo dispuesto en los artículos 24 y 16 de la norma vigente, el mismo que deberá materializarse a partir de la emisión del próximo circulante de monedas y billetes por parte del BCR, de acuerdo con lo establecido en la Ley 32251.
En esta causa, la Sala Primera, estuvo conformada por los magistrados Pedro Hernández Chávez, quien la preside, Francisco Morales Saravia y César Ochoa Cardich, convocado por la abstención del magistrado Manuel Monteagudo Valdez.
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