SUMILLA: Incurre en muy grave conducta disfuncional el magistrado que incumple su deber judicial de justificar documentalmente los signos exteriores de riqueza, no obstante a los requerimientos efectuados por el Organo de Control del Poder Judicial, constituyendo circunstancia agravante que no se verifique la presentación posterior de documentos ni otros medios probatorios que acrediten mayores ingresos o ahorros que justifiquen el incremento patrimonial en los extremos determinados, y cuando omite declarar la propiedad de un bien inmueble y subsiste en la omisión de presentación de documentos respecto de otro bien, por lo que corresponde imponer la sanción de destitución y suspensión preventiva (Art. 34° incs 17 y 18 y art. 48 incs 6 y 13 de la LCJ)
MENSAJE DE LA ANC-PJ: Es deber de los jueces ceñir su actuación al pleno respeto del ordenamiento juridico, guardando en todo momento conducta intachable, así como actuar con absoluta transparencia en la declaración y justificación de sus ingresos y patrimonio, como mecanismo de prevención de la lucha contra la corrupción, caso contrario incurren en responsabilidad posible de sanción.
INVESTIGACIÓN DEFINITIVA 1362-2020-DEL SANTA
RESOLUCIÓN 25
Lima, 28 de diciembre de 2023.-
VISTOS: Puestos los autos a este Despacho en la fecha, con la resolución N° 20 del 11. de mayo de 2022 (folios 570 a 623), expedida por la entonces Jefatura de la Unidad de Investigación y Anticorrupción de la OCMA, en el extremo que propone a esta Jefatura de Control del Poder Judicial -se imponga ante la Junta Nacional de Justicia-, la medida disciplinaria de DESTITUCIÓN del magistrado SAMUEL JOAQUIN SANCHEZ MELGAREJO, en su actuación como Juez Superior de la Corte Superior de Justicia Del Santa; habiéndose programado audiencia de informe oral para el 22 de setiembre de 2023 e informado el investigado conforme a la constancia respectiva; con el reporte de medidas disciplinarias del sistema informático de la ANC-PJ que se incorpora; y,
CONSIDERANDO:
ANTECEDENTES Y CARGOS ATRIBUIDOS
Primero. A mérito del Informe Técnico Legal N° 43-2020-UIE-OCMA/PJ del 14 de octubre de 2020 (folios 50 a 64), emitido por la entonces Jefatura de la Unidad de Información e Investigaciones Especiales de la OCMA, con el que puso en conocimiento un presunto desbalance patrimonial, la entonces Jefatura Suprema de la OCMA por resolución No 1 del 27 de noviembre de 2020 (folio 65 a 72) designó a la magistrada contralora de la Unidad de Investigación y Anticorrupción de la OCMA, para que proceda de acuerdo a sus atribuciones, y recabados los medios probatorios respectivos, el magistrado contralor que asumió el caso emitió informe preliminar de fecha 25 de marzo de 2021 (folios 215 a 245), con los que la Jefatura Adjunta de dicha Unidad de Línea, por resolución No 05 del 12 de julio de 2021 (folios 248 a 285), abrió procedimiento administrativo disciplinario contra el magistrado Samuel Joaquin Sánchez Melgarejo, en su actuación como Juez Superior de la Corte Superior de Justicia Del Santa, atribuyéndole los cargos siguientes: