Sunarp: servicio gratuito «Conoce aquí» te permitirá acceder a la información de las partidas registrales [Res. 064-2023-Sunarp/SN]

Publicado en el diario oficial El Peruano el 24 de abril de 2023

A través de la Resolución 064-2023-Sunarp/SN, aprueban el servicio gratuito «Conoce aquí» que te permitirá acceder a la información contenida en las partidas registrales de la Sunarp.


Aprueban el servicio gratuito “CONOCE AQUÍ”, que permite acceder a la información contenida en las partidas registrales de los registros jurídicos a cargo de la SUNARP

RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 064-2023-SUNARP/SN

Lima, 20 de abril de 2023

VISTOS; el Informe Técnico N° 030-2023-SUNARP/DTR del 20 de abril de 2023 de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 00670-2023-SUNARP/OA del 19 de abril de 2023 de la Oficina de Administración; el Memorándum N° 00501-2023-SUNARP/OPPM del 18 de abril de 2023 de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Memorándum N° 00473-2023-SUNARP/OTI del 19 de abril de 2023 de la Oficina de Tecnologías de la Información; el Memorándum N° 00214-2023-SUNARP/OAJ del 19 de abril de 2023 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y;

CONSIDERANDO:

Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;

Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que en virtud del principio de servicio al ciudadano, las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad, y actúan en función de sus necesidades así como del interés general de la Nación, asegurando que su actividad se realice, entre otros, con arreglo a la eficiencia; por lo que, su gestión debe realizarse optimizando la utilización de los recursos disponibles, procurando la innovación y la mejora continua;

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, se dispone de un régimen jurídico para el uso y adopción de tecnologías digitales en la administración pública con la finalidad de prestar servicios digitales seguros y sencillos que generen valor para el ciudadano;

Que, la SUNARP viene desarrollando un proceso de modernización integral con la finalidad de asegurar la mejor calidad en la prestación de sus servicios a la ciudadanía, encontrándose dentro de esta línea de acción el desarrollo de nuevos productos registrales;

Que, en el marco del desarrollo e implementación de nuevos servicios registrales, se encuentran aquellos de acceso gratuito, los cuales, si bien no constituyen servicios de prestación en exclusividad o procedimientos registrales, ambos sujetos al pago de tasa registral, brindan determinada información de interés para el ciudadano que coadyuve a la realización de su trámite o gestión administrativa, tal es el caso de la “Consulta Vehicular”, “Consulta de Propiedad”, “Directorio Nacional de Personas Jurídicas”, entre otros;

Que, en efecto, el artículo 127 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos, precisa que no forma parte de la publicidad registral formal aquella información que de manera gratuita se brinde a través de Internet o telefonía móvil, cuyas características serán determinadas mediante Resolución de Superintendente Nacional; que concuerda con lo señalado en el artículo 12 del Reglamento del Servicio de Publicidad Registral;

Que, considerando que toda información que posee el Estado se presume pública, salvo las excepciones que señale la ley de la materia, se ha evaluado favorablemente la posibilidad de brindar a la ciudadanía un nuevo servicio gratuito que permite acceder, de forma rápida y sencilla, a la información contenida en las partidas registrales, a través del portal institucional de la Sunarp (www.gob.pe/sunarp), y con ello puedan iniciar los trámites registrales de inscripción y publicidad que requieran o, en su defecto, los actos extra registrales que consideren pertinentes;

Que, el servicio de acceso a la información de partidas registrales denominado: “CONOCE AQUÍ”, tendrá ciertas características técnicas dado su gratuidad, las mismas que están asociados al número de consultas por documento nacional de identidad, tiempo de visualización, restricciones de impresión, indicación expresa que tales imágenes no constituyen publicidad registral, entre otros elementos propios del servicio, que se detallarán en los términos y condiciones del mismo;

Que, la Oficina de Tecnologías de la Información ha culminado con el desarrollo técnico del servicio gratuito “CONOCE AQUÍ”, el cual permite acceder a la información de las partidas registrales de los registros jurídicos a cargo de la Sunarp, no obstante, sugiere la implementación progresiva, según los registros jurídicos, que permita conocer el adecuado funcionamiento del servicio y, de ser el caso, corregir eventuales dificultades técnicas;

Que, atendiendo a las consideraciones antes aludidas, la Dirección Técnica Registral ha elevado a esta Superintendencia el proyecto de Resolución que aprueba el servicio gratuito denominado “CONOCE AQUÍ”, para su evaluación y aprobación respectiva, la cual cuenta con la opinión favorable de la Oficina de Administración, Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Tecnologías de la Información;

De conformidad con la facultad conferida por el literal x) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Sunarp, aprobado por Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 035-2022-SUNARP-SN; el artículo 127 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos y, contando con el visado de la Gerencia General, de la Dirección Técnica Registral, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Tecnologías de la Información;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de servicio gratuito denominado “CONOCE AQUÍ”

Aprobar el servicio gratuito “CONOCE AQUÍ”, que permite acceder, mediante el portal institucional (www.gob.pe/sunarp), a la información contenida en las partidas registrales de los registros jurídicos a cargo de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp; cuyas características técnicas en el uso de indican en los términos y condiciones del citado servicio.

Artículo 2.- Entrada en Vigencia

El servicio que se aprueba en el artículo 1 de la presente resolución, entra en vigencia según el registro jurídico establecido en el siguiente cronograma:

– El 24 de abril de 2023, para las partidas del registro de personas jurídicas, del registro de personas naturales y del registro de predios con excepción de las partidas provenientes del ex registro predial urbano (SARP).

– El 27 de abril de 2023, para las partidas provenientes del ex registro predial urbano (SARP).

– El 03 de mayo de 2023, para las partidas del registro de propiedad vehicular y del registro mobiliario de contratos.

– El 05 de mayo de 2023, para las partidas del registro de propiedad inmueble con excepción del registro predios, del registro de naves, aeronaves y embarcaciones pesqueras.

Artículo 3.- Periodo de adaptación y mejora

Disponer un periodo inicial de adaptación y mejora, del 24 de abril al 15 de mayo de 2023, a efectos de supervisar el adecuado funcionamiento del mismo, el cual estará a cargo de la Dirección Técnica Registral y de la Oficina de Tecnologías de la Información.

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO
Superintendente Nacional de los Registros Públicos
Sede Central -SUNARP

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