Mediante la Resolución 033-2022-Sunarp/SN, Sunarp dispone la eliminación de normativa no vigente sobre inscripción registral y servicio de publicidad.
DEPURACIÓN DE LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS QUE REGULAN EL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL Y EL SERVICIO DE PUBLICIDAD, EMITIDAS POR LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS – SUNARP ENTRE LOS AÑOS 1999 AL 2022
RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 033-2022-SUNARP/SN
Lima, 9 de marzo de 2022
VISTOS; El Informe Técnico N° 016-2022-SUNARP-SDNR/DTR del 03 de marzo de 2022 de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 00154-2022-SUNARP/OTI del 25 de febrero de 2022 de la Oficina de Tecnologías de la Información; el Memorándum N° 00157-2022- SUNARP/OAJ del 02 de marzo de 2022 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el arco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;
Que, la Ley 26366, Ley que crea el Sistema Nacional y la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, establece en su artículo 10 que la Sunarp está habilitada para regular procedimientos administrativos de inscripción registral y sus requisitos, que incluye también el establecimiento de plazos;
Que, conforme a la facultad normativa de la Sunarp, se han venido emitiendo reglamentos, directivas y lineamientos destinados a propiciar la eficacia y seguridad jurídica en la prestación de los servicios públicos registrales en el marco de sus objetivos institucionales establecidos en la citada Ley y en las políticas sectoriales;
Que, atendiendo las distintas materias objeto de regulación que comprenden a los servicios públicos registrales, se dispuso el proceso de depuración normativa a partir de la revisión, consolidación y sistematización de los reglamentos, directivas y lineamientos emitidos por la Sunarp cuyas materias comprenden el procedimiento de inscripción registral y el servicio de publicidad, a fin de contar con un conjunto de regulaciones registrales vigentes que facilite su acceso y difusión a los ciudadanos y operadores del sistema registral;
Que, en efecto, el proceso de depuración normativa registral responde a parámetros objetivos como derogaciones tácitas por la emisión de disposiciones legales de mayor rango, vigencias temporales, cumplimientos de objetivos institucionales y a casos de obsolescencia normativa atendiendo la implementación de nuevos procesos de gestión y al avance de los desarrollos informáticos implementados por esta Superintendencia en los servicios públicos registrales, en especial durante, la emergencia sanitaria a causa de la Covid-19;
Que, en ese contexto, la Dirección Técnica Registral, a través de su Subdirección de Normativa Registral, conforme a sus funciones previstas en el literal a) del artículo 64 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, ha elevado a esta Superintendencia, para la evaluación respectiva, el proyecto de resolución que aprueba la depuración normativa, conjuntamente con el Informe Técnico; proyecto que cuenta con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Tecnologías de la Información;
Que, el Consejo Directivo de la Sunarp, en su sesión virtual N° 429 del 08 de marzo de 2022, en ejercicio de la facultad conferida por el literal b) del artículo 9 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 002-2022-SUNARP/SN, acordó aprobar por unanimidad la resolución que dispone la depuración de las disposiciones normativas que regulan el procedimiento de inscripción registral y el servicio de publicidad, emitidas por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp entre los años 1999 al 2022;
Estando a lo acordado y, de conformidad con la facultad conferida por el literal x) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado por Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 002-2022-SUNARP/SN; contando con el visado de la Gerencia General, la Dirección Técnica Registral, la Oficina de Asesoría Jurídica, y la Oficina de Tecnologías de la Información;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Depuración normativa
Aprobar la depuración de las disposiciones normativas que regulan el procedimiento de inscripción registral y el servicio de publicidad, emitidas por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp entre los años 1999 al 2022.
Artículo 2.- Objetivo de la depuración
La depuración de las normas registrales tiene por objetivo identificar y difundir las disposiciones normativas registrales que, estando a lo señalado en el artículo 1 de la presente resolución, se encuentran vigentes, así como las que no se encuentran vigentes.
Artículo 3.- Alcances de la depuración normativa
La depuración de la normativa registral tiene los siguientes alcances:
– Comprende las normas expedidas por los órganos que cuentan con facultad normativa de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp.
– Comprende a los Reglamentos, Directivas y Lineamientos que regulan el procedimiento de inscripción y el servicio de publicidad registral.
– Al identificar las normas registrales vigentes se ha tenido en cuenta los artículos o disposiciones al interior de las mismas que pudieran haber sido modificadas o derogadas expresamente por otras disposiciones normativas emitida por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp.
– Para la identificación de las normas registrales no vigentes se ha tenido en cuenta las derogaciones tácitas por la emisión de disposiciones legales de mayor rango, el cumplimiento del objetivo o la vigencia temporal de las mismas, así como la obsolescencia normativa atendiendo la implementación de nuevos procesos de gestión o al avance de los desarrollos informáticos.
Artículo 4.- Identificación y difusión de la normativa registral vigente
Disponer la difusión de las disposiciones normativas registrales identificadas como vigentes en la depuración aprobada en el artículo 1; las que se encuentran listadas en el Anexo 1 de la presente resolución.
Artículo 5.- Identificación y difusión de la normativa registral derogada
Disponer la derogación expresa de las normas registrales identificadas como no vigentes en la depuración aprobada en el artículo 1; las mismas que se encuentran listadas en el Anexo 2 de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HAROLD MANUEL TIRADO CHAPOÑAN
Superintendente Nacional de los Registros Públicos
ANEXO 1
REGLAMENTOS VIGENTES
[Continúa…]

![La falta de notificación al imputado del auto que concede el recurso de casación planteado por el fiscal lesiona su derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 8] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)


![A pesar de que no le corresponde a la Sala Penal de la Corte Suprema notificar el auto que concedió el recurso de casación, sí le es exigible verificar que ello se haya realizado, pues existe un especial deber de protección del derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![El trabajador que solicita la nulidad del despido no se encuentra liberado de su carga probatoria, sino que tiene la obligación de aportar indicios razonables del despido [Casación Laboral 18431-2023, Cajamarca]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-vacaciones-desacanso-horas-libres-feriado-trabajador-formal-LPDerecho-218x150.jpg)
![Indecopi multa a BBVA con más de S/1.5 millones por realizar llamadas spam [Resolución Final 083-2025/CC3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/banner-bbva-logo-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![[Balotario notarial] Registros notariales: registro de testamentos, de protestos, de bienes muebles, de asuntos no contenciosos](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/REGISTROS-NOTARIALES-ESPECIALIZADOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![La indemnización por daños y perjuicios ocasionados por un despido incausado, no puede equiparse a las remuneraciones que se dejaron de percibir por esta causa de despido [Casación 18589-2023, Del Santa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/despido-desconcierto-trabajador-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Qué ocurre si una entidad no entrega la información solicitada por el portal de transparencia o no responde dentro del plazo legal? [Informe Técnico 002766-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/03/SERVIR-LPDERECHO-218x150.jpg)




![Lineamientos sobre la designación y funciones del oficial de integridad electoral [Resolución 000021-2026-P/JNE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/JNE-FACHADA-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)








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![Protocolo para el otorgamiento de medidas de protección en el marco de la Ley 30364 (Versión 001) [RA 000483-2025-CE-PJ]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/VIOLENCIA-CARCEL-MUJER-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Reajustan pensiones del régimen 20530 [Decreto Supremo 009-2026-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/06/senor-en-la-ventanilla-de-un-banco-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Club deberá indemnizar con S/200 000 por daño moral a padres de niño de 4 años que murió ahogado al caer en piscina para adultos (cifra se justifica en que el fallecimiento de un hijo es el máximo impacto para una familia, el club incumplió normas de seguridad y el propio padre intentó rescatar a su hijo ante la falta de atención del salvavidas) [Exp. 14598-2016-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/01/Menor-de-espaldas-en-una-piscina-LPDerecho-100x70.png)



![[Balotario notarial] Registros notariales: registro de testamentos, de protestos, de bienes muebles, de asuntos no contenciosos](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/REGISTROS-NOTARIALES-ESPECIALIZADOS-LPDERECHO-100x70.jpg)
![[Balotario notarial] Escritura pública, minuta y protocolización: concepto, estructura y formalidades esenciales](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/Escritura-Publica-en-el-Peru-100x70.jpeg)
![La falta de notificación al imputado del auto que concede el recurso de casación planteado por el fiscal lesiona su derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 8] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-100x70.jpg)
![A pesar de que no le corresponde a la Sala Penal de la Corte Suprema notificar el auto que concedió el recurso de casación, sí le es exigible verificar que ello se haya realizado, pues existe un especial deber de protección del derecho de defensa [Exp. 03341-2024-PHC/TC, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-100x70.jpg)


