Fundamento destacado: Acuerdo plenario.
PERSONALIDAD JURÍDICA DE LAS SOCIEDADES DE BENEFICENCIA
“Las Sociedades de Beneficencia conservan su personalidad jurídica de derecho público interno, aun cuando la ley que le atribuyó dicha condición haya sido derogada, siendo procedente la inscripción de la revocatoria y otorgamiento de poderes”.
XCV PLENO REGISTRAL
SESIÓN EXTRAORDINARIA – MODALIDAD NO PRESENCIAL
En la ciudad de Lima, siendo las 8:23 de la mañana del día lunes 20 de agosto de 2012, se reunión el Pleno Registral, bajo la modalidad no presencial, con la participación de 12 vocales: Luis Alberto Aliaga Huaripata, quien actúa como Vicepresidente, Pedro Álamo Hidalgo, quien actúa como Secretario Técnico. Rosario del Carmen Guerra Macedo, Andrea Paola Gotuzzo Vásquez (s), Nora Mariella Aldana Durán, Samuel Hernán Gálvez Troncos, Fredy Luis Silva Villajuán, Martha del Carmen Silva Díaz, Elena Rosa Vásquez Torres, Gustavo Rafael Zevallos Ruete (s). Raúl Jimmy Delgado Nieto y Sonia Florinda Campos Fernández (5) .
LUGAR:
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- Sede de la Primera, Segunda y Tercera Salas: Sede de la
SUNARP en Av. Arenales N° 1080, Tercer Piso, Jesús María. - Sede de la Cuarta Sala: Oficina Registral de Trujillo – Zona
Registral N° V – Sede Trujillo. - Sede de la Quinta Sala: Oficina Registral de Arequipa –
Zona Registral N° XII – Sede Arequipa.
- Sede de la Primera, Segunda y Tercera Salas: Sede de la
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Agenda:
El tema a tratar es el siguiente:
Personalidad Jurídica de la Sociedad de Beneficencia de Lima
- Criterio de la Quinta Sala del Tribunal Registral – Resolución N° 396-2011-SUNARP-TR-A:
«Las Sociedades de Beneficencia Publica si bien por el Decreto Legislativo 356 fueron consideradas como personas jurídicas de Derecho Público Interno, sin embargo, esta norma fue derogada por la Ley 29477, siendo en la actualidad organismos del Sistema Nacional para la Población en Riesgo creado por Ley 26918 del 23 de enero de 1998, siendo que su destino final será el señalado por Ley 27783.» - Criterio planteado por la Segunda y Tercera Salas del Tribunal Registral
«La Sociedad de Beneficencia de lima mantiene su personalidad jurídica de derecho público interno por cuanto si bien el D. Leg. 356 fue derogado por el D. Leg. 584, dicha norma se limitó a incorporar a las Sociedades de Beneficencia como componentes del Sistema Nacional de Salud, sin disponer su disolución, siendo que, adicionalmente, diversos dispositivos posteriores han reconocido su personalidad jurídica, por lo que procede admitir la inscripción de la revocatoria y otorgamiento de poderes solicitada.»
La programación es la siguiente:
8:15 a.m. INSTALACIÓN
8:30 a 11:00 a.m. DEBATE DEL TEMA
11:00 a 11:15 a.m. PLANTEAMIENTO DE POSICIONES FISCALES
11:15 a 11:30 a.m. VOTACIÓN
11:30 a 12:00 m. FIN DEL PLENO
INSTALACIÓN:
Con la presencia de 12 Vocales, el Vicepresidente del Tribunal Registral declaró instalado el Pleno convocado para el día de hoy.
Se deja constancia que la Presidenta del Tribunal Registral no participa en el Pleno por encontrarse en una reunión de la Comisión para la elaboración del Proyecto de modificación del Reglamento de Inscripciones del Registro de Personas Jurídicas No Societarias.
[Continúa…]
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![Sujeto que afirma tener la condición de fiscal mostrando un carnet no incurre en un delito de falsedad genérica ni en el de ostentación de distintivos de función pública, pues la resolución administrativa que lo nombra generó ipso iure dicha condición, sin que la juramentación posterior altere lo que ya había adquirido formalmente (acto jurídico constitutivo) [Exp. 06342-2023-4, ff. jj. 18-20]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-ABOGADO-BALANZA-DOCUMENTOS-LPDERECHO-218x150.jpg)
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![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)

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![Fundamento de voto: El art. VIII del NCPC ―sobre la interpretación conforme a las sentencias de los tribunales internacionales donde el Perú es parte― resulta inconstitucional, ya que contraviene la Cuarta D. F. T de la Constitución al reducir indebidamente el parámetro constitucional de interpretación del TC (caso cócteles) [Exp. 02109-2024-PHC/TC, ff. jj. 5-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/FUNDAMENTO-VOTO-ART-VIII-NCPC2-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Modifican Reglamento de empadronamiento y amnistía por tenencia de arma de fuego de uso civil [Decreto Supremo 013-2025-IN]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/05/tenencia-ilegal-armas-fuego-LPDerecho-218x150.png)
![Modifican Reglamento para fortalecer funciones de la Autoridad Marítima Nacional [Decreto Supremo 014-2025-DE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/AUTORIDAD-MARITIMA-DOC-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)







![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Lavado de activos por receptación patrimonial fue tipificado recién con el D. Leg. 1249 (26/11/2016); imputarlo a hechos anteriores supondría una aplicación retroactiva y contraria al principio de legalidad penal [Exp. 02109-2024-PHC/TC f. j. 31]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-324x160.jpg)

![Aprueban nueva escala remunerativa para los servidores de apoyo a la función fiscal y administrativo del Ministerio Público [DS 241-2025-EF]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2019/09/trabajador-ministerio-publico-fiscal-intervencion-LPDerecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)

![El privilegio deliberativo alcanza a los funcionarios de alta dirección y a las entidades del Estado con función jurisdiccional, otorgándoles un espacio reservado para discutir, debatir y formarse una opinión antes de tomar decisiones sobre materias de interés público (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 02506-2022-PHD/TC, ff. jj. 41-43]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/PRIVILEGIO-DIRECCION-ENTIDADES-JURISDICCIONAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![La prohibición del acceso a la conclusión y terminación anticipada en el delito de violación sexual quebranta el derecho a la igualdad ante la ley [Casación 4219-2024, La Libertad, f. j. 16]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-100x70.jpg)


![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

