La sobrepoblación penitenciaria ¿A quién le caerá la guillotina?

Escribe: Italo Sebastian Celi Romero

Sumario: 1. Introducción, 2. Normativa, 3. Contexto actual, 4. La guillotine, 5. Alternativas y soluciones, 6. Conclusión. 7. Referencias.


1. Introducción

En nuestro país, la sobrepoblación en las prisiones ha desencadenado una crisis que ha debilitado la capacidad del sistema penitenciario para ofrecer un entorno adecuado para la rehabilitación de los internos. Así mismo, este hacinamiento no solo deteriora las condiciones dentro de los penales, sino que también ha contribuido con el aumento de la delincuencia, ya que uno de los motivos por los cuales se liberan a delincuentes es la falta de espacio en los centros penitenciarios.

De esta forma, nace en mi la clara intención; no solo de señalar al responsable de la sobrepoblación carcelaria, sino también entender cómo y por qué llegamos a esta crisis. Esta metáfora de la “guillotina” refleja la búsqueda de respuestas en un tema que parece eludir soluciones y que muchos prefieren evitar.

Este artículo se propone analizar si el problema recae en una mala gestión administrativa, en políticas punitivas desbordadas, o en un entramado de leyes y prácticas que han terminado por saturar el sistema penitenciario. Es por ello que, al poner a cada posible culpable “bajo la guillotina”, nos aproximamos a la raíz de una crisis que, además de evidenciar fallas estructurales, desafía la justicia y el sentido mismo de la rehabilitación.

2. Normativa

Los diversos instrumentos normativos que regulan el sistema penitenciario peruano a nivel nacional incluyen los incisos 21 y 22 del Artículo 139° de la Constitución Política de 1993, el Código de Ejecución Penal y su Reglamento, y normas internas aprobadas por resoluciones del Instituto Nacional Penitenciario (INPE). De acuerdo con el artículo 133° del Código de Ejecución Penal, este organismo, que está subordinado al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, tiene plena autonomía funcional y administrativa.

Sin embargo, a pesar de esta regulación, la administración del INPE se encuentra sobrecargada por la situación de sobrepoblación en las cárceles, lo que indica que las regulaciones actuales no están siendo suficientes para prevenir o reducir las dificultades estructurales del sistema penitenciario.

3. Contexto actual

Es de decir que la sobrepoblación en las prisiones no es un problema reciente, sino una crisis que ha estado presente durante muchas décadas. Y no es de sorprender que este fenómeno ha aumentado con el pasar de los años, lo que ha tenido un impacto en la calidad de vida de los reclusos y en la capacidad del Estado para administrar adecuadamente sus instalaciones penitenciarias.

Muestra de ello, un estudio de Magán (2017) que afirmó;

«La población penitenciaria aumentó en casi 30,000 personas a nivel nacional entre agosto de 2011 y junio de 2016, lo que implica un aumento promedio anual de 6,000 internos y una proyección de desborde de hasta 46,000 internos para mediados del 2025. Es de esta forma que hasta la fecha las instituciones penitenciarias no tienen los recursos necesarios para cubrir las necesidades de la población en aumento, lo que hace que este ritmo de crecimiento sea insostenible desde el punto de vista presupuestario» (p. 2).

La proyección revelada muestra un problema estructural importante que puede ser desarrollada en tres partes: 1) el sistema penitenciario no solo tiene una capacidad excesiva, sino que también tiene un presupuesto y personal insuficientes. 2) Sin una inversión adecuada en infraestructura y personal, el aumento constante de internos provocará condiciones de vida deplorables para los internos. 3) La importancia de la rehabilitación y reinserción social en el sistema penitenciario se descuida debido a la urgencia de manejar un gran número de personas que excede las capacidades del sistema.

Sin embargo, la investigación hecha siete años después, por Gonzales (2024), menciona que; «actualmente (2023) según cifras del INPE, el sistema carcelario alberga un excedente de 53,892 internos» (p. 53). Es decir, que la proyección realizada en el 2017 no solo era correcta, sino que resultó insuficiente frente al deficiente desempeño de los funcionarios públicos de nuestro país, quienes, parecen haber superado sus propios niveles de incompetencia.

En resumen, el escenario actual no deja lugar a ninguna duda; la sobrepoblación carcelaria en el Perú ha alcanzado niveles alarmantes, que evidencian tanto la falta de previsión como la inacción por parte del Estado. Además, esta situación no solo perpetúa condiciones de vida indignas para los reclusos, sino que además compromete la seguridad pública y la posibilidad de rehabilitación social, haciendo evidente la urgente necesidad de una reforma integral en el sistema carcelario.

4. La guillotine

Al enfrentar la complejidad de la sobrepoblación penitenciaria en el Perú, la pregunta más obvia es: ¿quién tiene la culpa? ¿quién caerá bajo la guillotina? Para encontrar la respuesta, primero debemos analizar el rol de cada actor clave.

Comencemos con el INPE. Este organismo es el encargado de la administración de los centros penitenciarios, pero es importante entender que su responsabilidad tiene límites. ¿Es realmente su culpa que las cárceles estén sobrepobladas? El INPE se enfrenta a un sistema judicial que sigue enviando personas a prisión preventiva, muchas veces sin los recursos suficientes para gestionarlos. El problema no está en la gestión misma de las prisiones, sino en la presión externa de un sistema judicial que no coordina bien. Por lo tanto, no es el INPE quien debe cargar con toda la culpa.

Ahora, hablemos del Poder Judicial. En principio, este debería ser el encargado de garantizar un juicio rápido y justo, y usar la prisión preventiva solo cuando sea necesario. Sin embargo, la acumulación de casos, la lentitud en los juicios y la alta tasa de prisión preventiva son factores que contribuyen a la sobrepoblación. Pero aquí surge una pregunta importante: si el Poder Judicial acelera los procesos y utiliza más medidas alternativas de pena, ¿se aliviaría realmente el sistema penitenciario? La respuesta es que el Poder Judicial tiene parte de la culpa, pero no es el único responsable.

¿Y el Ministerio de Justicia? Su función es velar por el desarrollo de políticas públicas que promuevan la rehabilitación y reinserción social. Sin embargo, el Ministerio ha sido criticado por no haber implementado reformas eficaces para descomprimir las cárceles. ¿Por qué no se han fortalecido las alternativas a la prisión o mejorado los programas de rehabilitación? Este es un punto en el que el Ministerio de Justicia podría haber actuado con más proactividad. Aun así, no podemos atribuirle la culpa total, pues su capacidad de acción también está limitada por el marco legislativo y judicial.

Finalmente, ¿es el Congreso el principal responsable? Aquí encontramos una respuesta más directa. El Congreso ha sido responsable de la aprobación de leyes que, en lugar de enfocarse en soluciones a largo plazo, han contribuido a la sobrepoblación. Leyes que imponen penas más severas y refuerzan la prisión preventiva, sin considerar alternativas como el tratamiento rehabilitador o el fortalecimiento de medidas menos severas, han creado una presión excesiva sobre el sistema penitenciario. Es en este punto donde el Congreso ha fallado: al no revisar las implicancias de sus decisiones en el sistema penitenciario.

Y, en cuanto a los congresistas actuales o excongresistas, ¿quiénes tienen mayor responsabilidad? La responsabilidad no se limita a los congresistas actuales, sino que también recae en aquellos que han aprobado leyes punitivas en el pasado sin prever sus consecuencias. Las decisiones del pasado siguen afectando a la situación actual, y los congresistas de hoy tienen la oportunidad y la obligación de rectificar.

En conclusión, la sobrepoblación penitenciaria es el resultado de un sistema fallido en el que varios actores tienen responsabilidad. El Congreso, por su parte, ha jugado un rol crucial en crear un marco legal que favorece el encarcelamiento masivo sin una estrategia adecuada de rehabilitación. Por lo tanto, si bien no podemos señalar a un solo culpable, el Congreso tiene una responsabilidad central en la crisis del sistema penitenciario peruano.

5. Alternativas y soluciones

La sobrepoblación carcelaria es un desafío crucial que requiere soluciones integrales. Es por ello que, conforme a lo desarrollado en este artículo, se proponen tres palabras claves que pueden contribuir a aliviar esta crisis silenciosa: reducir, aumentar y ampliar.

a. Reducir el ingreso de personas al sistema mediante la implementación de medidas alternativas al encarcelamiento

En primer lugar, este enfoque busca evitar la sobrepoblación penitenciaria al promover sanciones no privativas de libertad para delitos menores o no violentos. Entre estas medidas se incluyen la libertad condicional, los trabajos comunitarios, el uso de dispositivos de monitoreo electrónico y los programas de rehabilitación fuera del sistema penitenciario. Así, muchas personas pueden ser reinsertadas en la sociedad sin necesidad de ser privadas de su libertad.

Ejemplo: Un juez puede optar por imponer una pena de trabajo comunitario a una persona condenada por un delito menor, como el hurto sin violencia, en lugar de enviarla a prisión.

b. Aumentar las liberaciones de reclusos que cumplan con los requisitos

Por otro lado, la liberación anticipada de reclusos que hayan demostrado un comportamiento ejemplar durante su tiempo en prisión. Así mismo, los reclusos que hayan cumplido una parte significativa de su condena y que hayan participado activamente en programas de rehabilitación y reinserción social podrían ser considerados para su liberación anticipada.

Ejemplo: Un recluso que haya cumplido el 60% de su condena por un delito no violento y haya completado un programa de rehabilitación, podría ser considerado para una liberación anticipada bajo supervisión.

c. Ampliar la infraestructura penitenciaria de forma planificada

Por último, cuando las alternativas anteriores no son suficientes, ampliar la capacidad de las prisiones de manera planificada y eficiente puede ser necesario. Esto implica no solo construir más cárceles, sino también mejorar las condiciones de las existentes, garantizando que la infraestructura sea adecuada para el número de reclusos y que permita una mejor rehabilitación y reinserción social.

Ejemplo: Un proyecto que contemple la construcción de una nueva ala en una prisión existente, diseñada para albergar a reclusos de bajo riesgo, con un enfoque en la reinserción, educación y capacitación laboral.

6. Conclusión

El objetivo de este artículo ha sido el de desentrañar las fallas del sistema penitenciario peruano, poniendo en evidencia no solo a los responsables sino también las reformas urgentes que podrían aliviar una crisis que lleva años agravándose.

Además, lo que debe quedar claro, para toda aquella persona que pueda alcanzar a leer esta gacetilla, es que no basta con más cárceles; se requiere un cambio de enfoque legislativo, que contemple penas alternativas y programas sólidos de rehabilitación que descompriman el sistema sin comprometer la justicia ni la seguridad.

Es por ello que, para superar esta crisis, es fundamental que el Congreso, el Poder Judicial, el Ministerio de Justicia y el INPE trabajen de manera coordinada, impulsando reformas que realmente consideren la reinserción social como un eje central.

7. Referencias:

Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2020). Pandemia y Derechos Humanos en las Américas. https://www.oas.org/es/cidh/decisiones/pdf/Resolucion-1-20-es.pdf

Gestión, R. (2023, 30 agosto). Perú tiene una sobrepoblación carcelaria del 226,8 %. Gestión. https://gestion.pe/peru/peru-tiene-una-sobrepoblacion-carcelaria-del-2268-daniel-maurate-ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-noticia/?ref=gesr

Gonzales, M. A. (2024). Cárceles sobrepobladas en Perú: más de 52 mil presos exceden la capacidad, según cifras del INPE. Infobae. https://www.infobae.com/peru/2024/02/09/carceles-sobrepobladas-en-peru-mas-de-52- mil-presos-exceden-la-capacidad-segun-cifras-del- inpe/

Instituto Nacional Penitenciario (2024). En INFORME ESTADÍSTICO ENERO 2024. Oficina de Planeamiento y Presupuesto. https://siep.inpe.gob.pe/Archivos/2024/Informes%20estadisticos/informe_estadistico_enero_2024.pdf

Magán Zevallos, J. C. (2017). La sobrepoblación en el sistema penitenciario peruano. International Review Of The Red Cross, N.° 903.

Morales (2016). La incidencia de la gestión privada de los establecimientos penitenciarios en la resocialización de los sentenciados a pena privativa de libertad efectiva desde una óptica del penal San Joaquín de Quillabamba [Tesis, Universidad Andina del Cusco].

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