Los siete mejores civilistas de la historia ¿estás de acuerdo?

Su legado, repartido en escuelas y movimientos, seguirá vigente mientras exista una actitud histórico-crítica en las nuevas generaciones de civilistas

El derecho civil se encarga de regular las consecuencias jurídicas de las relaciones de unas personas con otras y con el Estado. El compendio normativo que se encarga de establecer estas relaciones jurídicas se denomina Código Civil. A lo largo de la historia, diversos estudiosos han tratado de sistematizar este ámbito del derecho privado.

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En esta lista, realizamos un recorrido histórico con juristas que marcaron una época, ya sea escribiendo brillantes líneas o participando activamente en la construcción de un sistema de derecho civil. Su legado, repartido en escuelas y movimientos, seguirá vigente mientras exista una actitud histórico-crítica en las nuevas generaciones de civilistas.


1. Jean-Étienne-Marie Portalis

Este reconocido jurista francés nacio un 1 de abril de 1746, y es considerado el «Padre del Código Civil francés». Estudió en la facultad de Derecho de Aix (donde su padre era profesor de derecho canónico). En 1770, publicó un dictamen a propósito de la eficacia de los matrimonios protestantes en Francia. El dictamen fue elogiado por Voltaire y sirvió de base para la promulgación de un edicto que les reconoció el estado civil de casados a los protestantes en Francia.

Por las grandes defensas que realizaba de sus argumentos, muchos lo señalaban como el orador más brillante de la época. Sin embargo, sus posiciones políticas lo obligaron a salir de Francia, exiliado en Alemania y Suiza, hasta su regreso en 1799. Al año siguiente, Napoleón lo nombró Comisario del Gobierno. Ese mismo año es designando miembro de la comisión de redacción del Código Civil. Esta comisión trabajará con una rapidez inusitada, y presentará el Proyecto de Código Civil en menos de 4 meses.

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2. Franz von Zeiller

Nació en Graz (Austria) en 1751. Se doctoró en filosofía en 1768 y no ingresó al mundo del derecho sino más tarde. Debido a sus carencias económicas, se veía imposibilitado de estudiar en una universidad. Sin embargo, el afamado jurista Karl Anton von Martini le acogería en su casa de Viena, tomándolo como discípulo. En 1782, se convirtió en el sucesor de von Martini en la cátedra de derecho romano en la Universidad de Viena. En ese intervalo, mientras se formaba como un gran jurisconsulto, también realizó prácticas en los tribunales y fue un codificador. Y aunque amaba el trabajo académico, se animó a formar parte de la judicatura de apelación. Tiempo después de haber ayudado a codificar el propio Código Penal, se anima a hacer lo propio con el Proyecto de Código Civil. Sin duda, su labor aquí fue sumamente destacada, realizando un gran exposición sobre la necesidad de codificar el derecho privado y a las condiciones que debería reunir. Finalmente, el emperador Francisco I de Austria lo promulgó en 1811.

3. Anton Friedrich Justus Thibaut

Aunque injustamente relegado por la historia jurídica oficial, en parte por su intensa rivalidad con Friedrich Karl von Savigny, quien mostró una actitud displicente con su obra. Nacido en el seno de una familia burguesa hugonote, se dedicó a la docencia universitaria casi íntegramente. Dirigió cátedras en las universidades de Kiel, Jena y Heidelberg; en esta última desarrollaría gran parte de su vida académica. Su obra maestra, el System des Pandektenrechts (Sistema de las Pandectas) fue publicada inicialmente en dos tomos, alcanzando hasta nueve póstumamente. Además de extraordinario jurista, tuvo conocimientos avanzados de música. Posteriormente fue elegido rector de la propia Universidad de Heidelberg, durante su proceso de refundación. En en aspecto político, fue diputado y consejero privado del Gran Duque. Su obra influiría decisivamente en los juristas que, en 1879, debieron a los métodos y clasificación propuestos por Thibaut la creación del flamante Código Civil alemán.

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4. Friedrich Karl von Savigny

Friedrich Karl von Savigny nació el 21 de febrero de 1779, en Franc­fort del Meno y murió a los 82 años, el 25 de octubre de 1861, en la ciudad de Berlín. En Marburgo, con la defensa de una tesis sobre derecho penal: “El concurso formal de los delitos” (De concursum delictorum formali) obtuvo el grado de doctor y empezó a dar clases a los 21 años de edad. Fue uno de los primeros miembros de la nobleza alemana en impartir clases en una uni­versidad. Derecho de la posesión, publicado en 1803, consagró al autor quien ese momento era todavía muy joven. En esta obra, que fue su tesis doctoral, creó la teoría subjetiva, afirmando que la condición para que se configure la posesión era la necesaria existencia de dos elementos: el corpus y el animus dominus. Es decir, el elemento material, el contacto de la persona con la cosa; y la voluntad de poseer el bien.

5. Vittorio Scialoja

Este político y jurisconsulto italiano fue el fundador de la moderna escuela romanista italiana. Nació en Turín el 24 de abril de 1856, ciudad en la que su padre se desempeñaba como catedrático de economía. Estudió derecho en la Universidad de Roma, licenciándose en 1878. Rápidamente obtuvo plaza como profesor suplente en la Universidad de Camerino. En 1883, conseguiría un plaza de profesor titular en la Universidad de Siena. Sin embargo, sería en la Universidad de Roma donde desarrollaría su actividad académica, enseñando derecho romano hasta su muerte. El gran jurista no estuvo al margen de la política, pues en 1904 obtuvo un escaño como senador de la república. También aceptó ser ministro de Justicia en 1909, ante la propuesta que le realizó el presidente Sonnino. Durante la Primera Guerra Mundial, estuvo al frente del Departamento de Propaganda. Ninguna de estas labores repercurtió en su labor académica. Entre sus principales obras están: Negocio jurídico (1909) y Derecho práctico y derecho teórico (1911).

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6. Federico de Castro y Bravo

Nació en Sevilla el 21 de octubre de 1903, fue en esta ciudad donde pasó gran parte de su vida, estudiando Filosofía y Derecho, doctorándose en las dos carreras. En la misma nació inició su actividad académica desde la docencia, logrando ocupar una plaza como catedrático de derecho civil en la Universidad de Sevilla (1933). Se desempeñó además como Consejero de número del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, miembro del comité permanente del Instituto Nacional de Estudios Jurídicos y académico de número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. Es reconocido, además, por su labor como juez en el Tribunal Europeo para la Energía Nuclear y en el Tribunal Internacional de Justicia de la ONU. Su teoría del negocio jurídico ha influido los ordenamientos civiles de España e Iberoamérica. Entre sus principales trabajos tenemos: Derecho Civil de España (1955), Compendio de Derecho Civil (1957) y El negocio jurídico (1967).

7. Carlos Fernández Sessarego

Qué duda cabe que el jurista Carlos Fernández Sessarego, es el más egregio representante de la juridicidad peruana. Nació en el Callao el 7 de marzo de 1926. Su reconocimiento nacional se basa en su decisiva contribución a la reforma del Código Civil peruano (se le considera el padre del Código Civil de 1984); y a nivel universal, su más grande aporte ha sido la brillante teoría tridimensional del derecho. Siendo un gran apasionado por la filosofía, él mismo señala que sin sus lecturas humanísticas no hubiera podido concebir una teoría jurídica tan avanzada. Otra gran influencia suya fue el imperecedero maestro José León Barandiarán, quien fue su docente cuando cursaba el pregrado de derecho en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Alguna vez también aceptó la cartera de Justicia del ejecutivo, a solicitud expresa del presidente de ese entonces, Fernando Belaunde Terry. Su profunda vocación por la justicia (para él, la libertad solo es posible si se asegura primero aquella) y su compromiso con la construcción doctrinaria de un nuevo derecho es reconocida por todas la generaciones de abogados de este país.

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